06/04/2020
EL ALQUILER DE VIVIENDA Y EL COVID-19
Las normas establecen la posibilidad de solicitar un aplazamiento temporal de la renta de la vivienda habitual ante situaciones de vulnerabilidad económica, cuando se trate de grandes arrendadores ( más de 8 inmuebles) o empresas públicas pudiendo optar entre la reducción de renta en un 50% o una moratoria en el pago mientras que dure el estado de alarma o retrasar el pago de la renta fraccionándolo durante 3 años sin intereses, siendo en ambos casos el importe máximo de cuatro mensualidades de renta. En otro caso si arrendador e inquilino no llegan a ningún acuerdo, el arrendatario en situación de vulnerabilidad podría acudir al programa de ayudas del RDL 11/2020 art.9.