07/05/2019
Nuevo derecho del trabajador: derecho a la adaptación de la jornada para conciliar la vida laboral y familiar.
Desde el 9 de marzo de 2019 está en vigor el derecho de los trabajadores a solicitar a la empresa una adaptación del horario de trabajo para poder conciliar la vida laboral con la familiar.
Se ha modificado el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, con las siguientes novedades:
1-Los trabajadores pueden solicitar a la empresa distintas adaptaciones de la jornada de trabajo para la conciliación, como la reordenación del tiempo de trabajo, adaptación del horario, aplicación del horario flexible, trabajo a distancia, etc.
2-Las medidas de conciliación se pueden pedir hasta que los hijos cumplan 12 años de edad.
3-El ejercicio de este derecho estará regulado en la negociación colectiva, sin que pueda haber distinciones por razón del género entre hombres y mujeres.
4-Existe un procedimiento judicial especial y urgente para el caso de que el trabajador y empresa no hayan llegado a un acuerdo.
Este derecho es independiente del derecho a solicitar una reducción de jornada para cuidado del menor. En este caso no se trata de pedir una reducción de jornada (con reducción de sueldo), sino seguir trabajando las mismas horas, pero con otra distribución que sea más compatible con el cuidado del menor; por ejemplo haciendo jornada intensiva, fijando turnos de mañana o tarde, o la posibilidad de trabajar parte de la jornada a distancia desde casa, etc.
Send a message to learn more