Carmen Martinez DENIA

Carmen Martinez DENIA Abogados Derecho Familia

Cerrado permanentemente.
24/10/2020

Absuelto de pagar alimentos a hijo mayor de edad ante inexistencia de relación

La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a un padre de prestar alimentos a un hijo mayor edad con el que no ha existido relación ni comunicación. Lo ha hecho en la sentencia de 22 julio de 2020, con referencia 238/2020. Concluye que existe una ausencia continuada de relación familiar, con una evidente situación de desapego o desafección no imputable al padre. Desaparece por tanto el principio de solidaridad y la vinculación familiar en el que se fundamenta el derecho a los alimentos. De acuerdo con esta jurisprudencia, para decidir si la ausencia de relación entre el alimentista y sus hijos puede integrarse en el art. 853.2ª CC, por vía de interpretación flexible de esta causa de desheredación, ha de acudirse a la doctrina sobre el fundamento del derecho a los alimentos de los hijos mayores de edad. Esta radica en la solidaridad familiar e intergeneracional, la cual a su vez debe ponerse en relación con la actitud personal de quien se considera necesitado, de modo que si esa solidaridad desaparece por haber incurrido el hijo en alguna de las conductas reprobables previstas en la ley es lícita la extinción, porque no es equitativo que quien renuncia a la relación familiar se beneficie de una institución jurídica que se funda, precisamente, en los vínculos familiares.

29/04/2020

NUEVO procedimiento especial y sumario en materia de familia.
Durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización,
se decidirán a través del procedimiento especial y sumario regulado en los artículos 3 a 5
del presente real decreto-ley las siguientes demandas:
a) Las que versen sobre pretensiones relativas al restablecimiento del equilibrio en el
régimen de visitas o custodia compartida cuando uno de los progenitores no haya podido
atender en sus estrictos términos el régimen establecido y, en su caso, custodia compartida
vigente, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno y las demás
autoridades sanitarias con el objeto de evitar la propagación del COVID-19.
b) Las que tengan por objeto solicitar la revisión de las medidas definitivas sobre
cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a
los hijos, adoptadas en aplicación de lo dispuesto en el artículo 774 de la Ley 1/2000, de 7
de enero, de Enjuiciamiento Civil, cuando la revisión tenga como fundamento haber
variado sustancialmente las circunstancias económicas de cónyuges y progenitores como
consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.
c) Las que pretendan el establecimiento o la revisión de la obligación de prestar
alimentos, cuando dichas pretensiones tengan como fundamento haber variado
sustancialmente las circunstancias económicas del pariente obligado a dicha prestación
alimenticia como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

19/03/2020

Como consecuencia de la situación excepcional que estamos viviendo, derivada del estado de alarma declarado por el RD 463/2020, de 14 de Marzo y, ante la avalancha de consultas que se están generando en relación al cumplimiento de los regímenes de guarda, custodia y visitas fijados en resoluciones judiciales, desde la Sección de Derecho de Familia y Sucesiones del ICAV, queremos haceros llegar las siguientes observaciones:



1º.- El principio de legalidad obliga a todos los progenitores a cumplir el tenor literal de las resoluciones judiciales, así como a ajustarse exactamente a las declaraciones que estas contengan, cumpliéndolas puntualmente en toda su integridad, sin que el ejercicio de la patria potestad compartido, permita ampliar, ni reducir el contenido de las mismas.



2º.- El RD 463/2020 de 14 de Mayo, establece en su artículo 7, apartado e), que, “Durante la vigencia del Estado de Alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público, para la realización de las siguientes actividades: e) la asistencia y cuidado de mayores, menores, personas dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables”, lo que implica que está autorizada por el Estado, tanto la entrega como recogida de menores a fin de dar cumplimiento a la resolución judicial. Los progenitores deberían llevar consigo las resoluciones judiciales, a fin de justificar su permanencia en la vía pública para la recogida de los menores.



3º.- Ante la imposibilidad de conocer el tiempo que durará la grave situación que estamos atravesando, os recordamos que los Juzgados no tienen suspendidas las actuaciones procesales para la adopción de medidas de protección de los menores previstas en el artículo 158 del Código Civil, que pueden ser interesadas a fin de evitar a los hijos perturbaciones dañosas en los casos de cambio de titular de la potestad de guarda, y/o apartarlos de cualquier peligro o perjuicios en su entorno familiar, o frente a terceras personas.



4º.- Desde este Sección tan solo podemos trasladar un criterio basado en lo hasta ahora publicado por el Gobierno y, a esta hora, en vigor. Y es que la solución a todas las cuestiones que vayan a plantearnos los justiciables, dependerá del caso concreto a resolver, y, a falta de nueva norma, y de acuerdo entre los progenitores, no hay más soporte que la resolución judicial vigente, ya que ninguna disposición normativa actual ha dejado en suspenso la eficacia de la misma.



Apelamos a la serenidad, a la colaboración, a la actuación responsable y positiva por el bien de los hijos, a fin de que, a través de vuestra mediación, se pueda ejercer de forma adecuada y saludable la patria potestad que se comparte.

16/03/2020

COMUNICADO SOBRE ACTIVIDAD DEL DESPACHO DURANTE
EL ESTADO DE ALARMA
Muy Sr./a Mío/a:

A la vista del Estado de Alerta decretado el 14 de marzo de 2020, y con el fin de adecuar la actividad del despacho a la situación actual que se vive en nuestro país, y así contribuir a reducir la expansión del coronavirus, el despacho de esta letrada, les comunica lo siguiente:

1) La oficina sita Valencia, en calle Colon 14, escalera B, planta 2, pta 1, se cierra al público hasta el lunes 30 de marzo.

2) Se suspende la actividad presencial en la oficina, manteniéndose la actividad a través de teléfono y el email: [email protected]

A tal fin, el personal de la empresa seguirá
trabajando desde su domicilio por medios telemáticos, por lo que el correo
electrónico será contestado con normalidad.

3) En caso de necesitar asistencia por parte de nuestro personal por algún motivo de urgencia, se ha habilitado el siguiente teléfono de contacto: +34619991560.
Se
atenderán tanto llamadas como mensajes de Whatsapp dentro del horario laboral (9.30 a 18.00)

4) Tal como ha comunicado el CGPJ, todos los señalamientos y plazos judiciales, así como los plazos administrativos, han sido suspendidos hasta el 30 de marzo. En caso de tener un señalamiento dentro de estas fechas, tan pronto como se
reanude la actividad judicial y nos notifiquen la nueva fecha del señalamiento, se le comunicará.

5) La fecha indicada anteriormente queda sujeta a modificaciones por parte de las autoridades competentes, adaptándonos a las variaciones que los distintos
organismos puedan decretar.

Es responsabilidad de todos reducir el riesgo de contagio y expansión del coronavirus con el fin de revertir la situación lo antes posible, y esperamos contar con su colaboración y comprensión en estos momentos difíciles para todos.
Quedamos a su atención para cualquier duda o cuestión.

Carmen Martínez Denia. Letrada

14/03/2020

Abogados de familia piden "sensatez" a progenitores divorciados con hijos ante el cierre de colegios

La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) recomienda "sensatez" a los padres y madres divorciados con hijos menores, así como "reparto de cargas" a la hora de quedarse a cargo de los hijos, después de que varias comunidades autónomas hayan decretado el cierre de colegios por el coronavirus. En cualquier caso, aconsejan a los progenitores que tengan en cuenta el interés del menor. Así lo ha manifestado la asociación en un comunicado ante las "numerosas" preguntas recibid ...

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