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🗣 ¿POR QUÉ EL CLIENTE DEBE CONTAR SIEMPRE TODA LA VERDAD A SU ABOGAD@? 🗣⛔️ Hay personas que creen que no deben contar la...
17/01/2022

🗣 ¿POR QUÉ EL CLIENTE DEBE CONTAR SIEMPRE TODA LA VERDAD A SU ABOGAD@? 🗣

⛔️ Hay personas que creen que no deben contar la verdad (ni siquiera a su propio abogado), ¡y no saben cuanto se equivocan con esta estrategia! 😱

📝 Como apunte: este consejo es aplicable para TODOS LOS ASUNTOS LEGALES, pero cobra todavía más relevancia en la jurisdicción penal, donde el cliente en no pocas ocasiones se juega ir a prisión… ¡cualquier detalle es importante para una buena defensa!

🔍 ¡CUALQUIER PRUEBA QUE LE COMPROMETA PODRÁ SER USADA EN SU CONTRA POR LA OTRA PARTE! ocultárselo al abogad@ no es una buena idea ya que no va a beneficiarle:
1️⃣ Si su abogado conoce los datos y la existencia de alguna prueba que le comprometa, preparará la defensa de forma adecuada para que ese hecho le afecte lo menos posible.
2️⃣ En cambio, si desconoce parte del caso, la defensa quedará seriamente comprometida en caso de que dicha prueba sea admitida en juicio.

⚠️ En algunas ocasiones se culpa al abogado de un resultado que podría haberse evitado si el cliente hubiese contado todos los hechos y pruebas existentes en su contra ‼️

👩🏻‍💼 LOS LETRADOS DEFIENDEN LOS INTERESES DE SUS CLIENTES:

⚖️ Su abogad@ es la persona encargada de defender sus intereses y para poder hacer su trabajo de forma diligente, debe conocer toda la información que posea, aunque le perjudique gravemente.

🤫 Los abogad@s están sujetos a secreto profesional según su Código Deontológico, por lo que todo cuanto les cuente será confidencial.

❌ Su abogad@ no va a juzgarle, todo lo contrario: va a defenderle o asesorarle, ofreciéndole opciones en función de su caso particular.

24/12/2021
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07/09/2021

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Soler & Filgueiras Abogadas | Lawyers | 2 followers on LinkedIn. Somos un despacho de abogadas multidisciplinar ubicado en la ciudad de Torrevieja. | Somos un despacho de abogadas multidisciplinar situado en el centro de Torrevieja, prestando nuestros servicios en la provincia de Alicante y Murcia.....

05/08/2021

IMPAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DURANTE LAS VACACIONES. ⁣

🏝 La mayoría de progenitores no custodios disfrutan en verano durante un mes de la compañía de sus hijos y a colación de ello, se plantean si están legitimados para dejar de pagar al otro progenitor la pensión alimenticia durante ese mes 🤔⁣

📖 Estudiemos el caso: ⁣

1️⃣ LA PENSIÓN DE ALIMENTOS contempla todos los gastos ordinarios relacionados con el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación e instrucción del alimentista (hijo/s). ⁣

💸 Recordemos que estos gastos no son fijos y varían durante el año. ⁣

2️⃣ EL PAGO DE LA PENSIÓN, ¿ES OBLIGATORIO? Si la pensión se ha acordado en Sentencia o en Convenio Regulador -aunque no esté ratificado-, sí. ⁣

🗓 Por norma general, el obligado a su pago deberá satisfacer dicha pensión cada mes hasta que el hijo finalice los estudios o alcance la mayoría de edad, salvo que se modifiquen las circunstancias. ⁣

3️⃣ Y SI EN VACACIONES DISFRUTA DE LA COMPAÑÍA DE SU HIJO DURANTE UN MES ENTERO, ¿DEBE PAGAR TAMBIÉN? Sí, salvo que la sentencia / convenio regulador estipule excepciones. ⁣

❓¿Por qué? A pesar de que pudiera parecer que con esta medida el otro progenitor está enriqueciéndose injustamente, los tribunales no lo entienden así. ⁣

❗️El pago de la pensión se establece con carácter mensual pero lo que realmente contempla son los gastos anuales generados por los hijos, que varían cada mes, de ahí que el pago de la pensión se mantenga durante todos los meses del año, incluido el mes en que el progenitor custodio no tiene a los hijos.⁣

👩🏻‍💻 ¿Tiene dudas sobre su situación? ¡Consúltenos sin compromiso!

⚠️ ¡Recuerde que trabajamos con cita previa! Puede contactarnos en:
📧 [email protected]
📱608916820 • 685063656
🖥 www.soleryfilgueiras.es
📍C/Ramón Gallud, 33, 03181, Torrevieja

Despacho de abogados multidisciplinar situado en el centro de Torrevieja.

📝QUERIDO CLIENTE, sabe de primera mano que...⁣✨Le hemos atendido por WhatsApp o por teléfono cada día que nos ha buscado...
22/07/2021

📝QUERIDO CLIENTE, sabe de primera mano que...⁣
✨Le hemos atendido por WhatsApp o por teléfono cada día que nos ha buscado, incluso durante el fin de semana. ⁣
✨Le hemos solventado dudas de forma constante y hemos pasado horas conversando en nuestro despacho.⁣
✨Hemos trabajado incansablemente en su caso. ⁣
✨Hemos elaborado multitud de escritos. ⁣
✨Hemos estudiado documentación copiosa y buscado precedentes en la jurisprudencia que avalasen nuestra posición. ⁣
✨Le hemos disuadido de iniciar un procedimiento costoso cuando sabíamos que no iba a obtener el resultado que buscaba. ⁣
✨Le hemos acompañado durante todo el proceso, ante instituciones oficiales o para solicitar información...⁣

🔁 Por todo esto, simplemente le pedimos que sea usted el que esta vez haga algo por nosotras: ¡es muy importante que nos apoye! ⁣

👩🏻‍⚖️ Sabemos lo difícil que es diferenciarse en los tiempos que corren, pero usted sabe que nos dejamos la piel en cada caso y con un simple gesto puede ayudarnos mucho: deje su experiencia positiva en google y Facebook, y recomiéndenos a sus conocidos cuando precisen servicios legales. ⁣

🙏🏻 Le estaremos eternamente agradecidas por ello. ¡Sin el apoyo de nuestros clientes este despacho no se sustentaría!

⚖️ Gracias infinitas por confiar en el equipo Soler & Filgueiras ⚖️

EL PROCEDIMIENTO DE MENORES⁣🖥 Puede encontrar el artículo completo en: https://www.soleryfilgueiras.es/el-procedimiento-...
12/07/2021

EL PROCEDIMIENTO DE MENORES⁣

🖥 Puede encontrar el artículo completo en: https://www.soleryfilgueiras.es/el-procedimiento-de-menores/

👥 No son pocos los hechos delictivos en los que podemos encontrar a varios autores como responsables penales de los hechos. ⁣

👉🏻 Resulta chocante cuando en un mismo hecho concurren mayores y menores de edad, ya que la edad puede determinar notables diferencias entre las p***s o medidas a aplicar a los autores, aún habiendo cometido los mismos hechos. ⁣

⚖️ ¿A qué obedece esta diferencia? A que a un menor de edad de entre 14 y 18 años no se le aplica el Código Penal sino la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal del Menor (LORPM). ⁣

📝 ¿Qué delitos es frecuente encontrar en este procedimiento? Los más comunes son el maltrato familiar, violencia de género, acoso escolar (bulling) y delitos contra la salud pública (tráfico de dr**as). ⁣

👩🏻‍⚖️ En cuanto al procedimiento: es un abreviado con especialidades en el que la instrucción le corresponde al Ministerio Fiscal (a diferencia del resto de procesos, que corresponden al Juez de instrucción) y el enjuiciamiento corresponde al Juez de Menores.

📖 La ley no les aplica “p***s” sino “medidas” y modifica la denominación de algunos trámites en el proceso (p.ej., escrito de alegaciones y no de “acusación”). Además, estas medidas son flexibles y pueden modificarse en cualquier momento.

📝 Los menores no tienen antecedentes penales. Las sentencias condenatorias firmes que se dictan contra ellos se inscriben en el registro central de responsabilidad penal de menores al que sólo tienen acceso el juez, el MF y el LAJ.

🫂 La mayor parte de los procesos contra menores (más de un 80%) finalizan por sentencia de conformidad. ⁣

📚 Y todos estos cambios en la jurisdicción de menores, ¿a qué se deben? A que la LORPM tiene carácter tuitivo, prevaleciendo en todo momento el interés superior del menor y siendo su finalidad última reeducar y reinsertar al menor. ⁣



✍🏻 CONTRATOS ✍🏻💡 ¿Conocía la existencia de esta cláusula? 👉🏻 A continuación, vamos a explicarle brevemente su signifi...
31/05/2021

✍🏻 CONTRATOS ✍🏻

💡 ¿Conocía la existencia de esta cláusula? 👉🏻 A continuación, vamos a explicarle brevemente su significado y su posible incidencia en la revisión de los contratos. ⁣⁣⁣
⁣⁣⁣
🔒Los contratos, una vez perfeccionados, son obligatorios para las partes, vinculando a las mismas en el cumplimiento de las prestaciones a las que éstas se hubieren obligado. ⁣⁣⁣
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🔗Por dicha razón, las partes NO pueden revocar unilateralmente o dejar sin efecto las declaraciones de voluntad emitidas al celebrar un contrato, entrando en juego el principio “pacta sunt servanda” o en castellano 👉🏻 los contratos están para cumplirse. ⁣⁣
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🔐La cláusula “rebus sic stantibus” es una creación jurisprudencial dirigida a modular la aplicación del principio anteriormente mencionado, y significa “mientras continúen así las cosas”. ⁣

🙌🏻 Se ha erigido como la clave en aquellos contratos en los que se produce una alteración excepcional de las condiciones inicialmente pactadas, en cuyo caso si se admitiera la aplicación de esta cláusula los contratos SÍ podrían ser revisados y actualizados por las partes, restableciendo el equilibrio entre ellas. ⁣⁣

➕Cuando los contratantes pactan el cumplimiento de ciertas prestaciones atendiendo a unas circunstancias concretas, el hecho de que éstas se modifiquen por hechos extraordinarios, no previsibles y no atribuibles a la parte perjudicada, alteraría el equilibrio entre ambas partes. ⁣⁣⁣
⁣⁣⁣
💥 Actualmente, dicha cláusula juega un papel fundamental en materia contractual y próximamente analizaremos en nuestro blog la jurisprudencia actualizada tras la pandemia y qué requisitos han de concurrir para que la parte en desequilibrio pueda solicitar su aplicación ante los tribunales.⁣⁣

Si necesita más información sobre cómo encontrarnos 👉🏻 deslice la imagen 😊

⚠️ ¿Es usted uno de los afectados por el cierre de las clínicas dentales de DENTIX? Si es así, ¡podemos ayudarle!📝 LA CL...
24/05/2021

⚠️ ¿Es usted uno de los afectados por el cierre de las clínicas dentales de DENTIX? Si es así, ¡podemos ayudarle!

📝 LA CLAVE DE SU CASO vendrá dada por la situación en la que se encuentre.

1️⃣ ¿Recibió todo o parte de su tratamiento dental?

2️⃣ ¿Pagó el tratamiento íntegro antes de comenzar a recibir la prestación de servicios por parte de la clínica o celebró un contrato de financiación a través de dentix?

3️⃣ En cualquier caso, debe recopilar cuantas pruebas obren en su poder por si fuera necesario iniciar un procedimiento judicial.
👉🏻 Por ejemplo: el contrato con la clínica, los presupuestos, el contrato de financiación, los recibos de pago a la entidad financiera, la historia clínica… e incluso, si económicamente puede permitírselo, un informe pericial.

⚖️ Existen distintas alternativas para reclamar (vía penal, civil o administrativa). No obstante, resolvemos algunas de las dudas más frecuentes.

❌ YA NO QUIERE SEGUIR RECIBIENDO TRATAMIENTO EN SU CLÍNICA DENTAL: usted deberá contactar con un abogad@ para que ponga fin al contrato de prestación de servicios y le gestione una reclamación frente a la clínica por incumplimiento contractual.

🚫¿QUÉ HACER SI TODAVÍA NO HA ABIERTO LA CLÍNICA EN LA QUE ESTABA RECIBIENDO EL TRATAMIENTO?
👉🏻Solicite una cita en alguna de las clínicas de dentix que estén abiertas, pida que le realicen una valoración y solicite su historia clínica así como sus presupuestos.
👉🏻Acuda lo antes posible a un abogad@ para que estudie su caso y le guíe sobre los trámites a seguir en función de su situación.
👉🏻No firme ningún documento que le proporcione la entidad financiera o la clínica dental sin el asesoramiento previo de su abogad@.

💰 ¿SU BANCO LE ESTÁN COBRANDO LAS CUOTAS PERO NO HA RECIBIDO TRATAMIENTO DENTAL DESDE EL AÑO PASADO? Deberá contactar con un abogad@ para reclamar a la entidad financiera que resuelva el contrato de financiación.

🦷 ¿PODRÍA DEMANDAR JUNTO A OTROS AFECTADOS? No es recomendable efectuar una demanda conjunta ya que cada caso contiene particularidades que hacen muy difícil que se puedan agrupar las pretensiones de los afectados.

💸 LA CONDENA EN COSTAS EN EL PROCESO CIVIL ⚖️⁣¿Sabía que existen supuestos en los que como demandante, el Tribunal puede...
30/04/2021

💸 LA CONDENA EN COSTAS EN EL PROCESO CIVIL ⚖️

¿Sabía que existen supuestos en los que como demandante, el Tribunal puede no solo NO reconocer sus pretensiones sino que TAMBIÉN le puede condenar en costas? ⁣

💡 ¿QUÉ SON LAS COSTAS? son los gastos que tienen su origen directo e inmediato en el proceso: los honorarios de abogados y procuradores, la inserción de anuncios o edictos, depósitos necesarios para la presentación de recursos, los honorarios de peritos y/o personas que intervengan en el proceso, obtención de copias, pago de aranceles… (ART. 241.1 LEC). ⁣

📌¿A QUIEN CORRESPONDE PAGARLAS? Art. 241.1 LEC “Salvo lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (LAJG), cada parte pagará los gastos y costas del proceso causados a su instancia a medida que se vayan produciendo”. ⁣

📝 Sin embargo, debemos tener en cuenta: ⁣
1️⃣DURANTE EL PROCESO: salvo contadas excepciones, usted pagará los honorarios de sus abogados y procuradores. ⁣

2️⃣TRAS EL PROCESO: ⁣
▪️Si ha perdido todas sus pretensiones 👉🏻 deberá satisfacer las costas de su defensa y representación y si hay expresa condena en costas, también las derivadas por la defensa y representación del contrario. (394LEC).⁣
▪️Si le han reconocido algunas pretensiones 👉🏻 cada parte abona las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. ⁣
▪️Si ha ganado todas sus pretensiones 👉🏻 si hay condena en costas, deberá satisfacerlas el litigante vencido con ciertos límites establecidos en el 394LEC. ⁣

⚠️PERO: ⁣
〰️El tribunal puede no efectuar pronunciamiento en costas.⁣
〰️Si el demandado se allana en la contestación, generalmente no procede la condena en costas -salvo mala fe-. ⁣
〰️Si el demandante desiste del proceso y el demandado se opone, se condenará en costas al primero. Si demandado consiente, ninguno será condenado. ⁣
〰️Cuando el condenado en costas sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita, solo estará obligado a pagar las costas en los casos señalados en la LAJG.⁣
〰️El tribunal puede apreciar temeridad en el litigante condenado en costas y éste satisfará las costas sin las limitaciones del 394LEC. ⁣
〰️El Ministerio Fiscal nunca puede ser condenado en costas.

✨LAS COLABORACIONES Y SUS BENEFICIOS⁣✨⁣▪️En Soler&Filgueiras tenemos una máxima: hay que tener una red de colaboradores ...
27/04/2021

✨LAS COLABORACIONES Y SUS BENEFICIOS⁣✨

▪️En Soler&Filgueiras tenemos una máxima: hay que tener una red de colaboradores de confianza conformada por abogados y profesionales expertos para dar el mejor servicio a nuestros clientes. ⁣

▪️Por ello, estamos siempre en constante búsqueda de profesionales cualificados para cubrir todas las áreas. ⁣

☑️ VENTAJAS:⁣

💼 PROFESIONALIDAD. Es imposible abarcar absolutamente todas las ramas jurídicas, por lo que resulta de utilidad tener a nuestra disposición a profesionales de confianza (abogados especialistas, economistas, asesores fiscales...) para dar un asesoramiento integral. ⁣

⚖️ PRESTAR SERVICIO. Nuestros clientes son lo primero, por ello, cuando nos contactan por un asunto les ayudamos hasta dar respuesta a su problema, ya sea solventándolo nosotras mismas o proporcionándoles el servicio de otro compañero. ⁣

✔️COMODIDAD. Muchos clientes confían en nuestro criterio, por lo que les resulta más sencillo que seamos nosotras quienes les pongamos en contacto con el profesional adecuado para su asunto. ⁣

📚 ➕TRABAJO. Ceder clientes recíprocamente reportará éxito a ambas partes, que se beneficiarán de prestar asesoramiento a quienes el otro profesional no puede atender. ⁣

🤝 COMPAÑERISMO. Aún cuando se trate de abogados que trabajen en las mismas áreas, es probable que en algún momento de nuestra vida nos encontremos ante una incompatibilidad, precisemos una sustitución en un juicio o incluso, recurrir a una segunda opinión profesional en asuntos de gran envergadura. ⁣

💭 ¡Para nosotras todo son ventajas, pero nos encantaría conocer la opinión de otros profesionales en comentarios! ⁣

22/04/2021

Hace unos días compartíamos en nuestro blog un post sobre los delitos de injurias y calumnias.

📍Estos delitos tienen como bien jurídico protegido el derecho fundamental al honor (artículo 18.1 CE) y se regulan en los artículos 205 a 215 del Código Penal.

📝 Se configuran como “delitos privados” en cuanto que se exige querella para la incoación del procedimiento -con excepciones, cuando se trata de funcionarios públicos y de hechos concerniente al ejercicio de sus cargos-.

❗️Aunque es un tema que a priori resulta sencillo, existe muchísima jurisprudencia sobre los límites al derecho al honor, sobre el derecho al honor de las personas jurídicas o la tendencia jurisprudencial imperante cuando las injurias o calumnias se manifiestan en el ámbito político.

👉🏻 Todo esto y mucho más será objeto de análisis en otras entradas en el blog. Mientras tanto, vamos a comentar los conceptos más básicos para comprender por qué ciertas conductas están inmersas en estos tipos delictivos, cuál ha sido su evolución histórica y qué se persigue con su tipificación.

Si quiere contactar con Soler & Filgueiras le recordamos que:
📍Nuestro despacho se encuentra en C/ Ramón Gallud, 33, bajo, Torrevieja.
⚠️ ¡Trabajamos con cita previa!
📱 Puede coger cita en los teléfonos: 608916820 (María) / 685063656 (Bárbara)
📧 También puede escribirnos al correo electrónico [email protected].

Si quiere leer el artículo al completo, le dejamos el enlace aquí:

https://www.soleryfilgueiras.es/los-delitos-de-injurias-y-calumnias/

⁣LAS FUENTES DEL DERECHO⁣⁣💡Son los actos o hechos a los cuales se les atribuye la capacidad de crear normas jurídicas. ⁣...
16/04/2021

⁣LAS FUENTES DEL DERECHO⁣

💡Son los actos o hechos a los cuales se les atribuye la capacidad de crear normas jurídicas. ⁣

✅ El art. 1.1 del Código Civil dice que son fuentes del ordenamiento jurídico español “las leyes, las costumbres y los principios generales del derecho”. ⁣

⚠️ En algunas CCAA se han regulado sus propias fuentes del derecho en los Estatutos de Autonomía, PERO sólo prevalece en algunas parcelas del derecho privado, no así en otras materias como penal o procesal, donde las normas son de naturaleza estatal. ⁣

🔍ANÁLISIS: ⁣

1️⃣ LA LEY 👉🏻 es la más conocida. Existen muchos tipos de leyes y podemos distinguir entre: ⁣
✔️leyes orgánicas y leyes ordinarias;⁣
✔️disposiciones con fuerza de ley: decretos-leyes y decretos legislativos;⁣
✔️ normas estatales -aplicables en todo el territorio nacional-, normas autonómicas -cuya vigencia se circunscribe al ámbito de la comunidad- y normas locales -aplicables en la localidad-.⁣

2️⃣ LA COSTUMBRE: es la norma jurídica creada e impuesta por el uso social. ⁣

📌art. 1.3CC: “La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.” ⁣

🖇 ‼️PERO La Ley 2 de la Compilación de NAVARRA, Comunidad Foral establece en primer lugar como fuente de su ordenamiento la costumbre. Según la Ley 3, la costumbre puede ser “contra legem” -contraria a la ley-, y prevalecerá frente a la Ley Navarra.

3️⃣ LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: son principios que dan sentido a una pluralidad de normas, y sirven a los operadores jurídicos para informar el ordenamiento jurídico y para interpretar la ley. ⁣

📌art. 1.4CC “Los PGD se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”.⁣

🖇 P.ej, hace poco estudiábamos la presunción de inocencia, pero existen más principios: la igualdad ante la ley, la libertad contractual,…⁣

Dirección

Calle Ramón Gallud, 33, Torrevieja (Alicante)
Torrevieja
03181

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Lunes 10:00 - 14:00
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Martes 10:00 - 14:00
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Miércoles 10:00 - 14:00
16:00 - 20:00
Jueves 10:00 - 14:00
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