Insuris Correduría de Seguros. Gestoría Administrativa

Insuris Correduría de Seguros. Gestoría Administrativa Asesoramiento imparcial, integral y personalizado en seguros. Gestoría administrativa. Tráfico.

Asesoramiento integral, personalizado e imparcial en la contratación de seguros. La atención y seguimiento que proporcionamos a los clientes es siempre constante y nuestra disponibilidad de atención se extiende más allá del horario meramente comercial, a través del teléfono móvil, whatsapp (Tel. 653 972 594), mail ([email protected]) o por privado en Facebook. Trabajamos con más de 20 asegura

doras, para proporcionar un amplio portfolio y poder ser competitivos en todo tipo de seguros generales, autos, moto, hogar, comunidades, pymes, responsabilidad civil, comercio, explotaciones agrícolas, tractores, maquinaria, decesos, asistencia sanitaria planes de pensiones, seguros de ahorro, etc.

Consulta condiciones sin compromiso. Este seguro no lo vas a encontrar en ningún sitio.Si eres fontanero, electricista, ...
29/04/2026

Consulta condiciones sin compromiso. Este seguro no lo vas a encontrar en ningún sitio.

Si eres fontanero, electricista, pintor, albañil, montador de ascensores... guardas herramienta en tu vehículo y temes que ocurra algo

[email protected] - 653 97 25 94

18/04/2026
02/02/2026
Hoy cumplimos diez años como corredores... y nos parece que fue ayer.Gracias a todos los que día a día habéis hecho esto...
01/02/2026

Hoy cumplimos diez años como corredores... y nos parece que fue ayer.

Gracias a todos los que día a día habéis hecho esto posible. Vamos a por muchos más!!

GE ERRE A CE I A ESE

19/01/2026

📌 Información importante a tener en cuenta:

🔹 Seguro de responsabilidad civil para VMP
La Ley 5/2025, de 24 de julio, establece la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil para los vehículos de movilidad personal.

➡️ No obstante, según ha comunicado la Dirección General de Tráfico (DGT), esta obligación no será exigible de forma general hasta que esté operativo el Registro de Vehículos de Movilidad Personal, actualmente pendiente de regulación mediante Real Decreto.

🔸 Excepción importante
Los VMP con un peso superior a 25 kg y una velocidad superior a 14 km/h sí deben disponer de seguro, incluso sin inscripción previa en el registro.

El periodo transitorio para su aseguramiento finaliza el 26 de enero de 2026.

🔹 Registro de VMP
Una vez aprobado el Real Decreto correspondiente, todos los VMP deberán inscribirse en el Registro de Vehículos de la DGT, mediante un procedimiento telemático sencillo. La DGT informará detalladamente cuando el sistema esté operativo.

🔹 Uso del casco
Obligatorio en bicicleta según la edad y el tipo de vía.
Recomendado en patinetes eléctricos.

🔹 Velocidad máxima en VMP
Entre 6 y 25 km/h.

🔹 Una sola persona por patinete
No está permitido circular con acompañante.

🔹 Zonas prohibidas para VMP
No se puede circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autovías, vías interurbanas ni túneles urbanos.

🔹 Uso de móviles y auriculares
Está prohibido mientras se circula con bicicleta o patinete.

🔹 Certificado de circulación
Será obligatorio para los VMP a partir de 2027, conforme a la normativa estatal.

👉 Apostamos por una movilidad sostenible, segura y ordenada, basada en la responsabilidad, el respeto y la convivencia.
Entre todos hacemos de Tordesillas un municipio más seguro.

ConvivenciaVial SeguridadCiudadana DGT

ÚLTIMA HORA!!DE MOMENTO SE PARALIZA LA OBLIGACIÓN DE ASEGURAR LOS PATINETES ELÉCTRICOS (VMP)... aunque no será por mucho...
24/12/2025

ÚLTIMA HORA!!
DE MOMENTO SE PARALIZA LA OBLIGACIÓN DE ASEGURAR LOS PATINETES ELÉCTRICOS (VMP)... aunque no será por mucho tiempo

Noticias, Notas prensa, Información Tráfico, Campañas - DGT

17/11/2025

Si en tu empresa tienes maquinaria a motor, aunque no tenga matrícula ni circule fuera de un recinto privado es muy probable que a partir de ahora necesites un SEGURO para su uso. No solo afecta a tu empresa… también te afecta como particular si tienes un buggy de golf, un patinete…

Los principales cambios son:
- Aumentos en las cuantías indemnizatorias por accidentes de Tráfico.
- La ampliación del concepto “vehículo a motor” y seguro obligatorio: la definición legal de vehículo a motor se amplía para incluir medios de transporte de movilidad personal como patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas de alta potencia. En concreto, se consideran vehículos a motor (a efectos de seguro obligatorio) los vehículos personales ligeros de una plaza con motor eléctrico, que puedan superar 25 km/h o cuya potencia exceda 250 W. También se incluyen vehículos que, aun sin autorización para circular por vía pública, se utilicen en desplazamientos en fincas particulares, zonas industriales o agrícolas. En consecuencia, estos vehículos deberán contratar un seguro de responsabilidad civil al igual que los automóviles.

La nueva Ley 5/25 así lo indica; y así nos lo resume Muñoz Arribas Abogados (www.munoz-arribas.com) Resumen de modificaciones de la Ley 5/2025 | Muñoz Arribas

LLÁMANOS Y TE INFORMAREMOS SIN COMPROMISO

Boutique legal especializada en Derecho de Seguros con más de 45 años de historia. Abogados expertos en gestión y asesoramiento de seguros.

17/11/2025

Si en tu empresa tienes maquinaria a motor, aunque no tenga matrícula ni circule fuera de un recinto privado es muy probable que a partir de ahora necesites un seguro para su uso. No solo afecta a tu empresa… también te afecta como particular si tienes un buggy de golf, un patinete…

Los principales cambios son:
- Aumentos en las cuantías indemnizatorias por accidentes de Tráfico.
- La ampliación del concepto “vehículo a motor” y seguro obligatorio: la definición legal de vehículo a motor se amplía para incluir medios de transporte de movilidad personal como patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas de alta potencia. En concreto, se consideran vehículos a motor (a efectos de seguro obligatorio) los vehículos personales ligeros de una plaza con motor eléctrico, que puedan superar 25 km/h o cuya potencia exceda 250 W. También se incluyen vehículos que, aun sin autorización para circular por vía pública, se utilicen en desplazamientos en fincas particulares, zonas industriales o agrícolas. En consecuencia, estos vehículos deberán contratar un seguro de responsabilidad civil al igual que los automóviles.

La nueva Ley 5/25 así lo indica; y así nos lo resume Muñoz Arribas Abogados (www.munoz-arribas.com) Resumen de modificaciones de la Ley 5/2025 | Muñoz Arribas

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