Fdez Criado Abogados

Fdez Criado Abogados Bienvenid@s a FC Abogados somos una Asesoría Jurídica que presta Servicios Jurídicos en materia d

Web: http://www.fdezcriado-abogados.es Asesoría Jurídica que presta Servicios Profesionales a Empresas-Autónomos y Particulares. Contamos con Abogados, y Técnicos en diferentes áreas de Gestión que velarán por el cumplimiento normativo en cada momento. Nuestro campo de especialización cubre tres materias: Protección de Datos Personales (RGPD / LOPDGDD / LSSICE), Prevención de Riesgos Penales y Blanqueo de Capitales.

02/09/2026

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30/08/2026

⚠️ ¿Llevas casi un año de baja médica? ¡Atento al hito de los 365 días porque todo cambia! ⚠️

Al cumplir un año en situación de Incapacidad Temporal, se produce un cambio legal automático y radical en la gestión de tu baja que debes conocer para no perder tus derechos:

🚫 El médico de cabecera y la Mutua pierden el control: A partir del día 365, ya no podrán emitir partes de confirmación ni darte el alta.

🏢 El INSS asume el control exclusivo: Es la inspección médica de la Seguridad Social la única que decidirá tu futuro inmediato bajo tres únicos escenarios posibles:

Prórroga expresa de hasta 180 días más (si estiman que te vas a curar en ese plazo, hasta el límite de los 545 días).

Inicio de un expediente de Incapacidad Permanente (si tus secuelas son crónicas).

Alta médica por curación o mejoría.

🚨 ¡EL MAYOR PELIGRO! El alta sorpresa y los 4 días de disconformidad Si el INSS te notifica el alta médica a los 12 meses pero tú sigues enfermo y sin poder trabajar, tienes un plazo estricto e improrrogable de solo 4 días naturales (¡computan sábados, domingos y festivos!) para presentar tu disconformidad. Hacerlo a tiempo suspende temporalmente los efectos del alta y te permite seguir cobrando la baja mientras se resuelve.

❌ Un error en este trámite o dejar pasar el plazo puede obligarte a reincorporarte de inmediato o perder tu subsidio.

Para afrontar este hito con total seguridad y garantías de éxito, te recomendamos contratar nuestro "Informe Jurídico de Planificación y Viabilidad ante el Tribunal Médico (EVI)" en FC ABOGADOS. Por una tarifa fija de 36,30 € (IVA incluido), nuestros expertos examinarán tus informes, calcularán tus bases de cotización y te guiarán paso a paso para proteger tu salud y tu dinero.

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30/08/2026

🔊 ¡HISTÓRICO! Entra en vigor la nueva Jubilación Flexible en España (Real Decreto 416/2026) 🇪🇸💼

¿Te gustaría seguir activo laboralmente o mantener tu negocio sin renunciar a tu pensión de jubilación? Desde el pasado 28 de agosto de 2026, el retiro ha dejado de ser un punto final para convertirse en una transición modular y a tu medida. Esta nueva regulación flexibiliza la compatibilidad entre trabajo y pensión con incentivos sin precedentes:

👥 Para Trabajadores por Cuenta Ajena:

Podrás compatibilizar tu pensión con una jornada a tiempo parcial de entre el 33% y el 80%.
¡Y atento a la gran novedad! Si inicias esta actividad compatible tras al menos seis meses retirado, tu pensión se incrementará de forma vitalicia con un plus adicional del 15% o del 25% sobre tu pensión original, dependiendo de tu jornada.
🚜 Para Autónomos (Una Novedad Histórica):

Por primera vez, se abre esta modalidad para el autoempleo, permitiéndote compaginar tu negocio con un 25% fijo de tu pensión.
Requisito clave: No debes haber estado dado de alta en el RETA durante los 3 años inmediatamente anteriores al cobro de tu jubilación.
⚠️ ¡CUIDADO CON EL MAYOR PELIGRO LEGAL! No informar previamente a la Seguridad Social sobre el inicio de tu actividad compatible convertirá automáticamente tu pensión en cobro indebido. Esto te obligará a devolver el 100% de todo lo percibido y te expondrá a graves sanciones.

❌ ¡No te la juegues con tu jubilación ni improvises ante el INSS!

Recomendamos firmemente contratar el "Informe Jurídico de Planificación de Jubilación Flexible" con nuestro equipo experto en FC ABOGADOS. Por una tarifa fija cerrada de 36,30 € (IVA incluido), analizaremos tus bases de cotización, calcularemos tus tramos de incentivo y diseñaremos la hoja de ruta administrativa perfecta para que maximices tus ingresos netos con total seguridad jurídica.

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26/08/2026

22/08/2026

⚖️ ¿TE HAN DESPEDIDO TRAS NEGARTE A HACER HORAS EXTRAORDINARIAS O A TRABAJAR EN SÁBADO? ⚖️

El Tribunal Supremo (Sentencia 562/2026, de 23 de junio de 2026) ha dictado una resolución ejemplar que protege de manera absoluta a los trabajadores frente a las represalias empresariales por defender sus condiciones de trabajo.

Para que conozcas cómo te ampara la ley frente a los abusos horarios, te explicamos los detalles clave de este caso real de forma totalmente anonimizada:

📌 El caso real: ¿Qué ocurrió?
Una empleada que trabajaba a jornada completa con un horario establecido de lunes a viernes fue presionada por su empleador para realizar horas extraordinarias los sábados, con la excusa de que debía "completar su jornada". La trabajadora manifestó verbalmente su rotunda disconformidad con esta imposición e incluso firmó un documento como "no conforme".

Tan solo seis días después de aquella conversación, la empresa le notificó un despido disciplinario. Intentando evitar consecuencias legales graves, la empresa reconoció de forma inmediata la improcedencia del despido y puso a su disposición la indemnización básica por despido injustificado.

⚖️ La decisión del Tribunal Supremo (STS 2919/2026)
El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de la empresa y ha ratificado la NULIDAD RADICAL DEL DESPIDO por vulnerar gravemente un derecho constitucional fundamental: la Garantía de Indemnidad (Art. 24 de la Constitución Española y Ley Orgánica 5/2024 de Derecho de Defensa). Las claves del fallo son determinantes:

El indicio temporal como prueba: Despedir a un empleado tan solo 6 días después de que este se oponga a una imposición unilateral constituye un indicio temporal abrumador de represalia directa.
Inversión de la carga de la prueba: Al existir este claro indicio, la ley obliga a la empresa a demostrar que el despido se debió a una causa real, seria y completamente ajena a la queja de la trabajadora.
Insuficiencia del despido improcedente: Como la empresa se limitó a admitir la improcedencia y pagar la indemnización sin probar una causa objetiva real, la declaración de nulidad es automática.
💰 Las consecuencias económicas para la empresa
La declaración de nulidad del despido impone un castigo severo al empleador abusivo:

Readmisión obligatoria e inmediata de la trabajadora en su puesto habitual.
Abono de todos los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido hasta su reincorporación efectiva.
Condena al pago de 6.251 euros de indemnización adicional por los daños morales causados al vulnerar sus derechos fundamentales.
⚠️ ¡NO TE QUEDES DE BRAZOS CRUZADOS ANTE LOS ABUSOS! ⚠️

Si en tu empresa te exigen echar horas de más unilateralmente, te modifican el horario sin acuerdo o te despiden tras reclamar tus derechos, no firmes ningún finiquito ni carta de despido sin antes buscar el asesoramiento de un experto.

En FC ABOGADOS somos especialistas en Derecho Laboral y defendemos con firmeza la salud, el tiempo y la dignidad de los trabajadores. Analizamos tu contrato, auditamos tus nóminas y diseñamos la estrategia jurídica ideal para que la ley sea tu mejor escudo.

📲 No dejes que vulneren tus derechos. Escríbenos directamente un WhatsApp Profesional al 635 987 933 para defender tu puesto con plenas garantías.

⚖️ FC ABOGADOS: Nuestro trabajo, su defensa.

21/08/2026
21/08/2026

⚖️ ¿TE HAN DESPEDIDO TRAS NEGARTE A HACER HORAS EXTRAORDINARIAS O A TRABAJAR EN SÁBADO? ⚖️

El Tribunal Supremo (Sentencia 562/2026, de 23 de junio de 2026) ha dictado una resolución ejemplar que protege de manera absoluta a los trabajadores frente a las represalias empresariales por defender sus condiciones de trabajo.

Para que conozcas cómo te ampara la ley frente a los abusos horarios, te explicamos los detalles clave de este caso real de forma totalmente anonimizada:

📌 El caso real: ¿Qué ocurrió?

Una empleada que trabajaba a jornada completa con un horario establecido de lunes a viernes fue presionada por su empleador para realizar horas extraordinarias los sábados, con la excusa de que debía "completar su jornada". La trabajadora manifestó verbalmente su rotunda disconformidad con esta imposición e incluso firmó un documento como "no conforme".

Tan solo seis días después de aquella conversación, la empresa le notificó un despido disciplinario. Intentando evitar consecuencias legales graves, la empresa reconoció de forma inmediata la improcedencia del despido y puso a su disposición la indemnización básica por despido injustificado.

⚖️ La decisión del Tribunal Supremo (STS 2919/2026)

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de la empresa y ha ratificado la NULIDAD RADICAL DEL DESPIDO por vulnerar gravemente un derecho constitucional fundamental: la Garantía de Indemnidad (Art. 24 de la Constitución Española y Ley Orgánica 5/2024 de Derecho de Defensa). Las claves del fallo son determinantes:

El indicio temporal como prueba: Despedir a un empleado tan solo 6 días después de que este se oponga a una imposición unilateral constituye un indicio temporal abrumador de represalia directa.

20/08/2026

⚖️ ¿TE HAN DESPEDIDO TRAS NEGARTE A HACER HORAS EXTRAORDINARIAS O A TRABAJAR EN SÁBADO? ⚖️

El Tribunal Supremo (Sentencia 562/2026, de 23 de junio de 2026) ha dictado una resolución ejemplar que protege de manera absoluta a los trabajadores frente a las represalias empresariales por defender sus condiciones de trabajo.

Para que conozcas cómo te ampara la ley frente a los abusos horarios, te explicamos los detalles clave de este caso real de forma totalmente anonimizada:

📌 El caso real: ¿Qué ocurrió?

Una empleada que trabajaba a jornada completa con un horario establecido de lunes a viernes fue presionada por su empleador para realizar horas extraordinarias los sábados, con la excusa de que debía "completar su jornada". La trabajadora manifestó verbalmente su rotunda disconformidad con esta imposición e incluso firmó un documento como "no conforme".

Tan solo seis días después de aquella conversación, la empresa le notificó un despido disciplinario. Intentando evitar consecuencias legales graves, la empresa reconoció de forma inmediata la improcedencia del despido y puso a su disposición la indemnización básica por despido injustificado.

⚖️ La decisión del Tribunal Supremo (STS 2919/2026)

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de la empresa y ha ratificado la NULIDAD RADICAL DEL DESPIDO por vulnerar gravemente un derecho constitucional fundamental: la Garantía de Indemnidad (Art. 24 de la Constitución Española y Ley Orgánica 5/2024 de Derecho de Defensa). Las claves del fallo son determinantes:

El indicio temporal como prueba: Despedir a un empleado tan solo 6 días después de que este se oponga a una imposición unilateral constituye un indicio temporal abrumador de represalia directa.

Inversión de la carga de la prueba: Al existir este claro indicio, la ley obliga a la empresa a demostrar que el despido se debió a una causa real, seria y comple

19/08/2026

🚛 ¿ERES CONDUCTOR PROFESIONAL? ¡TU JUBILACIÓN ANTICIPADA ESTÁ MÁS CERCA! 🚛

Ya tienes a tu disposición nuestra nueva Guía de Novedades Legales: Jubilación Anticipada en el Transporte Pesado (RD 402/2025), un documento técnico imprescindible para entender cómo afectarán los futuros coeficientes reductores a tu retiro.

Aquí te resumimos los puntos clave que analizamos a fondo en la guía:

1️⃣ Los Coeficientes Reductores sobre la mesa:

Coeficiente del 0,3125 (Camión Pesado): Diseñado para conductores asalariados de vehículos de mercancías de más de 3.500 kg de P.M.A. Te permite adelantar 3,125 años de jubilación por cada 10 años en activo al volante.

Coeficiente del 0,1500 (Transporte Ligero, Viajeros y Autónomos): Aplicable de forma unificada a conductores de autobús, taxistas, repartidores de paquetería ligera y transportistas autónomos. Supone 1,5 años de adelanto por cada 10 años cotizados. (Recuerda que el suelo mínimo de jubilación por esta vía queda fijado por ley en los 52 años).

2️⃣ Calendario e inminentes fases de aprobación: El procedimiento bajo el RD 402/2025 avanza con paso firme tras contar con informes técnicos muy favorables (como el dictamen de la Inspección de Trabajo emitido el 10 de agosto de 2026). Las próximas fechas clave estimadas son:

Septiembre de 2026: Convocatoria de la Comisión de Evaluación para el dictamen final.

Octubre de 2026: Propuesta de resolución oficial de la DGOSS.

Finales de 2026 - Primer Semestre de 2027: Solicitud del Dictamen preceptivo del Consejo de Estado y aprobación definitiva en el Consejo de Ministros para su publicación en el BOE, con una aplicación práctica y cotización efectiva fijada de cara a 2027.

⚠️ ¿Por qué debes actuar hoy mismo de forma preventiva? Una vez aprobado el Real Decreto, la Seguridad Social se volverá sumamente estricta. Errores históricos en tu Vida Laboral (como cotizar en el Grupo 10 de peonaje en lugar del Grupo 08 o 09 de conductor profesional) te dejarán fuera del adelanto. Además, si trabajaste para empresas que ya han cerrado, necesitarás recopilar de forma guiada pruebas alternativas para c

18/08/2026

¡HISTÓRICA OPORTUNIDAD PARA EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN! 🚧🏗️

¿Trabajas en la obra y sueñas con jubilarte antes de tiempo sin perder un solo euro de tu pensión? La nueva Guía Legal sobre Coeficientes Reductores en el Sector de la Construcción (RD 402/2025) detalla el camino para que los profesionales del tajo puedan adelantar su jubilación de forma regulada, reconociendo el desgaste físico excepcional de sus profesiones.

Aquí te resumimos las claves más importantes que debes conocer ya mismo:

1️⃣ ¿A quiénes beneficia esta propuesta? La propuesta actual se dirige al "corazón" de la obra: los Grupos Profesionales del I al IV del Convenio General del Sector de la Construcción (albañiles, encofradores, ferrallistas, peones y operarios de maquinaria pesada). ¡Atención! También se exige la inclusión de trabajadores autónomos a pie de obra, desempleados y personas en Incapacidad Temporal cuyo último puesto de actividad fuera de riesgo. El objetivo final es alcanzar la jubilación a los 60 años con el 100% de la pensión.

2️⃣ Propuesta de Coeficientes Reductores: Cada año que trabajes en la construcción sumará un valor extra para adelantar tu edad de jubilación. Los coeficientes propuestos son:

Coeficiente del 0,15 (Riesgo Máximo): Para encofradores, ferrallistas, operarios de asfalto y demolición. Ejemplo práctico: Un encofrador con 25 años de actividad efectiva consigue 3,75 años de adelanto directo.
Coeficiente del 0,10 (Riesgo Medio): Para albañiles, operarios de maquinaria pesada y canteros. Ejemplo práctico: Un maquinista con 30 años de actividad logra 3 años de adelanto.
Coeficiente del 0,05 (Riesgo Bajo/Apoyo): Para capataces y personal de apoyo directo en obra. (Recuerda que la ley general fija el suelo mínimo de jubilación anticipada por esta vía en los 52 años).
3️⃣ Fases y Fecha de Aprobación Estimada: El proceso administrativo bajo el RD 402/2025 exige rigurosas fases (estudio de morbilidad del grupo de trabajo de sílice cristalina, informes de Inspección de Trabajo e INSST, audiencia pública y dictamen del Consejo de Estado). La aprobación definitiva se espera entre finales de 2026 y el primer semestre de 2027, con una aplicación efectiva en las cotizaciones fijada para 2027.

⚠️ ¿Por qué necesitas actuar YA de forma preventiva? Cuando la ley entre en vigor, la Seguridad Social exigirá un expediente impecable. Un error común de las empresas es encuadrar a oficiales de obra bajo el grupo de cotización de peonaje, lo que podría arruinar por completo tu derecho a los coeficientes. Además, si las empresas para las que trabajaste en el pasado cerraron, necesitarás recopilar de forma guiada tus contratos, nóminas e informes para preparar un dosier de pruebas sólido de forma anticipada.

Por ello, te recomendamos encarecidamente contratar la Auditoría Preventiva de la Planificación de Jubilación de FC ABOGADOS. Su equipo de expertos analizará al detalle tu vida laboral, revisará tus bases de cotización y te ayudará a preparar tus certificados de funciones para que no pierdas ni un solo día de tu merecido descanso.

💼 Tarifa cerrada: Solo 36,30 € (IVA incluido). 📲 Contacto directo: Escríbeles por WhatsApp al 635 987 933.

⚖️ FC ABOGADOS: Nuestro trabajo es tu defensa.



📋 ¿Te gustaría que hagamos una simulación aplicando estas escalas directamente a tus años cotizados en la construcción para ver a qué edad te correspondería retirarte?

Dirección

Rotonda Santa Eufemia, Edificio Mediodía Bloque 3, 2° B
Tomares
41940

Horario de Apertura

Lunes 10:00 - 14:00
17:00 - 20:00
Martes 10:00 - 14:00
17:00 - 20:00
Miércoles 10:00 - 14:00
17:00 - 20:00
Jueves 10:00 - 14:00
17:00 - 20:00
Viernes 10:00 - 14:00

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