Penalba Abogados

Penalba Abogados Despacho de abogados fundado en Tarragona en 1973.

Penalba Abogados precisa administrativo/-a con conocimientos contables con horario de media jornada. Las personas que es...
18/01/2023

Penalba Abogados precisa administrativo/-a con conocimientos contables con horario de media jornada.
Las personas que estén interesadas pueden enviar su cv a: [email protected]

10/11/2020

Si eres autónomo puedes tener derecho a la ayuda de 2000 euros para hacer frente a las consecuencias de la Covid. Tienes dudas? Te ayudamos y/o cursamos tu solicitud.

22/10/2020

¿QUE HAY DE NUEVO para los locales de negocio arrendados en Cataluña?
Desde que entrara en vigor el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, (que recogía la moratoria del pago de la renta para Pymes durante el estado de alarma y sus prórrogas y hasta como máximo durante cuatro meses después si se daban ciertos requisitos), ninguna otra medida se había adoptado para resolver la problemática de los arrendamientos de locales de negocio.
La moratoria, ha supuesto una medida poco útil por insuficiente, pues si bien trasladaba la agonía no resolvió el problema, debiendo abonarse las rentas aplazadas desde noviembre de 2020 y en un plazo máximo de dos años. Por otra parte la medida dejaba fuera a las grandes empresas.
Hoy se ha publicado en el DOGC el Decreto Ley aprobado por el Govern de la Generalitat de Catalunya 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de soporte a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados.
La norma faculta a los titulares de los negocios para iniciar una negociación con los propietarios de los inmuebles y establecer, de mutuo acuerdo, una reducción del importe de la renta. A falta de acuerdo se aplicará:
 Reducción del 50% en los establecimientos cerrados.
Con las restricciones en vigor, esta medida afecta bares, restaurantes, gimnasios, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego y ludotecas.
 Reducción de la renta de los locales de negocios en funcionamiento parcial: la reducción será del 50% de la parte desaprovechada, de modo que si el aforo está limitado a la mitad, el titular deberá pagar el 75 % de la cuota.
Actualmente, entre los negocios con el aforo o los horarios parcialmente afectados hay teatros, comercios, tiendas de 24 horas y hoteles.
La reducción será efectiva a partir de la fecha del requerimiento del arrendatario.
Además, el inquilino puede exigir que el arrendador impute las garantías prestadas (excepto fianza y otras garantías depositadas en el organismo oficial competente) al pago de las rentas vencidas, debiendo reponer la garantía en un año desde el requerimiento.
Tres conclusiones, a mi parecer relevantes, que pueden extraerse del contenido de la norma son:
1.-El evidente respaldo a la acción rebus sic stantibus (para reestablecer el equilibrio contractual en supuestos de cambio imprevisible y grave de circunstancias). A su vez supondrá un mecanismo para moderar la litigiosidad al disminuir las demandas instando dicha acción.
2.-La norma podría o debería ser un trampolín para la aprobación de medidas similares desde las demás Comunidades Autónomas y Gobierno central.
1. 3.- La posibilidad de evitar la acción de resolución contractual por impago (o incluso oponerse a la acción ya instada, con ciertas garantías) a través de la imputación de la garantía prestada a las rentas vencidas (aval, fianzas no obligatorias), si no se instó a tiempo, una medida cautelar y la correspondiente acción para modificación de las condiciones contractuales.
Como contrapartida, la obligatoriedad de las reducciones previstas por la norma a falta de acuerdo, pueden suponer que las negociaciones y pactos sean sólo una ilusión, abocando a todos los contratos a la misma solución e impidiendo una casuística heterogénea más adaptada y justa en función de cada relación arrendaticia.

Estimada la medida cautelar instada por el equipo procesal de PENALBA ABOGADOS para un importante grupo hotelero. El aut...
02/07/2020

Estimada la medida cautelar instada por el equipo procesal de PENALBA ABOGADOS para un importante grupo hotelero. El auto, que estima el aplazamiento del pago de la rentas hasta, cuanto menos, el inicio de la temporada turística de 2021, tiene en cuenta los graves efectos de la pandemia por el COVID-19, las medidas administrativas de cierre de fronteras y establecimientos, la caída de la facturación, así como el cumplimiento de los demás requisitos propios de toda medida cautelar. Nuevo éxito en los Tribunales para los hoteleros en particular y el sector turístico en general, tan necesitado hoy de ayuda y protección.
La resolución ha sido noticia en el periódico valenciano El Mercantil Valenciano.

La pionera sentencia judicial acepta la moratoria en el pago del alquiler de un establecimiento de Ibersol frente a la socimi Atom Hoteles

Cuando una norma no soluciona un problema lo empeora. Y eso es lo que ha ocurrido con la que regula la moratoria del alq...
11/06/2020

Cuando una norma no soluciona un problema lo empeora. Y eso es lo que ha ocurrido con la que regula la moratoria del alquiler de locales. Sienta la base para inundar los juzgados de demandas debido a su mala redacción e inadecuadas e insuficientes soluciones.

Diferentes voces del mundo jurídico vaticinan que se producirá un aluvión de problemas procesales por el enfrentamiento entre inquilinos y pequeños propietarios de locales y otros inmuebles ligados a la actividad económica una vez que termine el estado de alarma. Aseguran que la moratoria aprob...

26/05/2020

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, que prorroga por quinta vez el estado de alarma,

15/05/2020

El tribunal aplica el criterio establecido por la sentencia del TSJUE de 3 de marzo

13/04/2020

La Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, incorpora al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 un n

Estos momentos de dificultad extrema que nos está tocando vivir, nos obligan a reinventarnos y a pensar en el futuro per...
10/04/2020

Estos momentos de dificultad extrema que nos está tocando vivir, nos obligan a reinventarnos y a pensar en el futuro pero también y sobretodo a poner de nuestra parte para ayudarnos en una sociedad en la que la solidaridad estaba quedando de lado. Desde nuestro despacho de abogados, fundado en Tarragona en 1973, queremos hacer ahora también un esfuerzo, como lo están haciendo muchos desde su respectivo ámbito. Y queremos dedicarlo especialmente a nuestra ciudad, a nuestra gente, a nuestro ocio, a nuestros restaurantes. Por eso queremos ofrecer un servicio puntual de asesoramiento en materia civil y contractual (problemáticas en relación con el arrendamiento de local de negocio, renta, obligaciones con proveedores y clientes, etc). Puedes enviarnos un email a [email protected]
y/o [email protected] e intentaremos responderte lo antes posible y sin compromiso alguno. Puedes facilitar esta información a pequeñas empresas o profesionales que puedan estar pasando por situaciones en las que necesiten asesoramiento jurídico.

Alejandro Penalba Sánchez
Cristina Penalba Sánchez

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Telef.: 977234053
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CRITERIOS PARA EL APLAZAMIENTO/ CONDONACION DE LA RENTA EN ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL. COVID-19.
02/04/2020

CRITERIOS PARA EL APLAZAMIENTO/ CONDONACION DE LA RENTA EN ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL. COVID-19.

El RDL 11/2020 establece un sistema para el aplazamiento, o incluso condonación, del alquiler de vivienda habitual, con el fin de ayudar a los inquilinos que se vean en situación de vulnerabilidad debido al coronavirus, garantizando, al mismo tiempo un equilibrio entre las partes que impida que la

29/03/2020

España registra 6.737 mu***os y más de 79.950 contagiados, según las comunidades | Italia suma 756 muertes y reduce por segundo día consecutivo los fallecidos tras alcanzar su máximo | Se han contagiado en el mundo más de 688.900 personas y hay 32.851 víctimas mortales

29/03/2020

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