13/07/2026
🚨 La ruptura de una pareja de hecho NO se resuelve como la de un matrimonio.
Esta es la regla general que ha vuelto a delimitar el Tribunal Supremo, confirmando que en las parejas de hecho no se aplica el régimen de gananciales y, por tanto, las reglas para liquidar el patrimonio común son totalmente distintas.
El Tribunal clarifica dos puntos clave que debes conocer si estás en esta situación:
Principio nominalista: A diferencia de un matrimonio, los créditos o aportaciones de dinero realizados durante la convivencia se valoran por su importe nominal (la cifra debida) y no mediante una "revalorización" o actualización valorista de las cantidades.
Rigidez procesal: La resolución resalta la importancia de la vía procesal elegida. Un error de forma en el juzgado al resolver las discrepancias del cuaderno particional puede provocar, como ocurrió en este caso, que el recurso de casación sea declarado inadmisible.
No saber cómo enfocar la liquidación de una comunidad de bienes tras una ruptura de convivencia, o cometer un fallo formal en el procedimiento, puede dejarte completamente desprotegido.
Si tienes bienes en común y estás afrontando una separación, no des pasos en falso.
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