26/07/2021
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo que interpuse frente a una Sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia, por vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Dice el TC que "ESTAMOS ANTE UN CASO DE MOTIVACIÓN CLARAMENTE ERRÓNEA".
El caso es el siguiente: padres divorciados con un hijo menor de edad que es condenado por el Juzgado de Menores como autor de un delito, y al pago de la responsabilidad civil junto con sus padres de manera conjunta y solidaria.
Mi cliente (padre del menor), solicita pagar la indemnización de manera fraccionada, a lo que el Juzgado de menores accede. Tras el pago de varias mensualidades, presentamos demanda reclamando a la madre del menor el 50% de los pagos, pues ella no ha pagado ninguna cantidad de la indemnización. -Juicio verbal de cuantía inferior a 3.000 euros.-
El Juzgado dicta Sentencia desestimando la demanda porque en el momento en que el menor cometió el delito, estaba bajo la guarda y custodia del padre y por lo tanto deberá asumir él la responsabilidad civil.
Frente a dicha Sentencia, contra la que no cabe recurso, presento escrito solicitando nulidad de actuaciones, por errónea valoración de la prueba, y en concreto de la prueba documental consistente en que hay una Sentencia firme que establece la obligación de ambos progenitores al pago de la responsabilidad Civil. El Juez responde mediante Auto que efectivamente hay un error en la valoración, pero que interponga el recurso oportuno.
Como no cabe recurso de apelación, no quedó otra que ir al Tribunal Constitucional, y este es el resultado: