Abogado Yaniert M. F.

Abogado Yaniert M. F. DESPACHO DE ABOGADO en calle San Juan Bautista Nº. 44 Edificio Alisandra A Bajo izquierda CP: 38001

Abogado con sede en Santa Cruz de Tenerife, Zona Centro, y jurisdicción en la Unión Europea, que se encarga de la tramitación de procesos, demandas o reclamaciones en varias ramas del ordenamiento jurídico.

- Civil
- Extranjería
- Administrativo y Contencioso-Administrativo
- Penal
- Laboral

Con posibilidades reales de pago, discreción, atención personalizada y rapidez en sus asuntos.

30/07/2019

SI DESEA APRESURAR LA RESOLUCIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA MEDIANTE RECURSO A LA AUDIENCIA NACIONAL LLAME AL 678176771

10/11/2018

DESDE MAYO DE ESTE AÑO 2018, EL COLEGIO DE ABOGADOS A QUE PERTENEZCO, SE HA ADSCRITO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.

DE LA MISMA MANERA LOS LETRADOS INTERESADOS EN VIABILIZAR ESTE TRÁMITE SE HAN ADSCRITO A SU VEZ A ESTE CONVENIO DE COLABORACIÓN (ENTRE ELLOS UN SERVIDOR).

LES SIMPLIFICO COMO FUNCIONA AHORA EL PROCEDIMIENTO:

- SE HACE UN APODERAMIENTO SIMPLE AL ABOGADO (NO HACE FALTA NOTARIO)
- EL LETRADO DIGITALIZA TODA LA DOCUMENTACIÓN Y LA FIRMA, SUBIÉNDOLA A LA PLATAFORMA DEL COLEGIO DE ABOGADOS A QUE PERTENECE
- EL COLEGIO LE DA CITA AL LETRADO PARA QUE LLEVE LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL EN PAPEL (LA CITA ES NORMALMENTE EN UNA SEMANA, O A VECES MENOS)
- EL COLEGIO COMPULSA TODA LA DOCUMENTACIÓN Y ENVÍA DIRECTAMENTE EL EXPEDIENTE AL MINISTERIO DE JUSTICIA, OBTENIENDO EL ABOGADO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE DE MADRID PARA HACER EL SEGUIMIENTO Y EL RESGUARDO DE TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑÓ CON EL EXPEDIENTE.

DE ESTA MANERA EL TRÁMITE ES MUY SIMPLE Y VA TODA LA DOCUMENTACIÓN COMPULSADA POR EL COLEGIO DE ABOGADOS, DANDO FE DE QUE HA VERIFICADO LOS ORIGINALES Y QUE SON COPIA FIEL LOS DOCUMENTOS APORTADOS DIGITALMENTE. SE PUEDE HACER CON CUALQUIER SOLICITUD DE CUALQUIER RESIDENTE EN TODA ESPAÑA.

LA ORIENTACIÓN QUE HAY ES QUE DEBERÍA LLEGAR APROBADA LA SOLICITUD DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA DENTRO DE LOS SIGUIENTES 6 A 8 MESES.

CUALQUIER INTERESADO NO DUDE EN CONSULTARME A TRAVÉS DEL 678176771 O DEL EMAIL [email protected]

UN ABRAZO

YANIERT MARTÍNEZ FIGUEREDO
ABOGADO

29/07/2017

Mi más sincero agradecimiento a todos por los comentarios y por los LIKE!!! , ya la página ha superado los 400 seguidores. A los amigos, a los clientes, a los contactos, a todos en general gracias por la confianza, seguimos "equilibrando la balanza"...

DESPACHO DE ABOGADO en calle San Juan Bautista Nº. 44 Edificio Alisandra A Bajo izquierda CP: 38001

27/07/2017

Los expedientes de nacionalidad por residencia se podrán presentar telemáticamente por los abogados

El convenio firmado entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española pretende agilizar estos trámites

Los abogados agilizarán los expedientes de nacionalidad por residencia al tramitar telemáticamente las solicitudes
Redacción Abogacía Española

La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, firman el Convenio de habilitación
La tramitación por los letrados con su certificado ACA y la colaboración de los Colegios de Abogados permitirán reducir los plazos de resolución
La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, han firmado el martes 25 de julio el Convenio suscrito entre ambas instituciones para habilitar que los abogados puedan presentar electrónicamente las solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados.

Para permitir la remisión telemática de la documentación de los expedientes, debidamente indexada y metadatada, el Consejo General de la Abogacía ha desarrollado una plataforma técnica que permite al abogado tramitar con su carné ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía) las solicitudes de expedientes de nacionalidad y subir a la web del Ministerio de Justicia la documentación preceptiva en formato telemático.

Los Colegios de Abogados adheridos al Convenio extenderán un Certificado de Revisión Colegial que acompañará a cada solicitud indicando que concurren todos los requisitos exigidos por la Dirección General de los Registros y del Notariado para obtener la adquisición de nacionalidad por residencia.

Los abogados adheridos a este Convenio y que tramiten con su carné ACA estos expedientes podrán gestionarlos a través de la plataforma del Consejo General de la Abogacía Española. Los Colegios de Abogados revisarán y cotejarán la documentación que el abogado gestione telemáticamente en representación de sus clientes.

Gracias a este Convenio se agilizarán y reducirán los plazos de las gestiones encomendadas por los ciudadanos a sus abogados para gestionar sus expedientes de adquisición de nacionalidad. Recientemente la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés, ha reconocido en el Congreso de los Diputados que en España se tramitan anualmente unos 150.000 expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia.

06/03/2017
22/02/2017

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Para todos aquellos que me han pedido que publique el "Manual" donde aparece el contenido a examinar en  la "Prueba de C...
10/11/2015

Para todos aquellos que me han pedido que publique el "Manual" donde aparece el contenido a examinar en la "Prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE)" y que supervisará el "Instituto Cervantes" previo a la concesión de la nacionalidad española, lo he subido a la nube y ahora se los comparto. Aquí les dejo un Link desde Dropbox. Así que a estudiar

https://www.dropbox.com/s/4r3uev957f3wnqj/manual_ccse.pdf?dl=0

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13/08/2015

El próximo mes de octubre entrará en vigor un nuevo proceso de nacionalidad por residencia

A partir del mes de octubre (fecha en la que se presupone que entrará en vigor) las solicitudes de nacionalidad española no se realizarán en los registros civiles. Es decir, ya no tendremos que solicitar cita previa en el Registro Civil de nuestra localidad para presentar el expediente, ni tendremos que, posteriormente, realizar la entrevista de integración ante el personal autorizado del Registro Civil, sino que se implementará un sistema de solicitud de cita telemático a través de una página web habilitada especialmente para ello. De esta forma se agilizará la asignación de cita para la presentación de la solicitud de nacionalidad española.

Una vez tengamos nuestra cita asignada, deberemos presentar los documentos en un organismo aún por determinar, pero que no será el Registro Civil. Lo normal sería que el Ministerio de Justicia firme una encomienda de gestión con algún organismo para que se encargue de recoger estos documentos, digitalizarlos y enviarlos a la Dirección General de los Registros y del Notariado para su resolución. De esta forma, podrían encargarse los registradores de la propiedad, los notarios o incluso los abogados, o las oficinas de extranjería. Desde nuestro punto de vista sería una buena opción que fueran las oficinas de extranjeros los organismos administrativos perfectos para realizar este proceso de tramitación de procedimientos por la familiaridad que ya tienen con procesos similares en el desempeño de sus funciones propias.

Otra de las novedades del nuevo procedimiento es que los registros civiles ya no realizarán el examen de integración, sino que será el Instituto Cervantes. De esta forma, la valoración del grado de integración del solicitante ya no estará condicionada a la interpretación subjetiva del funcionario, sino que se basará en hechos totalmente objetivos. Así, se prevé la realización de dos pruebas: una prueba de idioma (en principio únicamente para quienes no sean hispanohablantes) y una segunda prueba sobre Constitución, historia y costumbres españolas. Esta segunda prueba consistirá en la contestación de 25 preguntas elegidas de un total de 250; para su aprobación bastará con contestar 13 preguntas de forma correcta.

La resolución será emitida por la Dirección General de los Registros y del Notariado y el proceso finalizará con el acto de jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y demás leyes españolas y la posterior inscripción del certificado de nacimiento, que se realizará en el Registro Civil.

Como veis y aunque ya está perfilando cómo será el nuevo proceso de solicitud de nacionalidad española aún quedan aspectos por definir más concretamente.

El proceso de nacionalidad española por residencia ya no será gratuito como hasta ahora, sino que a partir del mes de octubre de 2015 será necesario pagar por el comienzo del expediente y por la realización de los test de español y conocimientos culturales.

En primer lugar, para poder iniciar la solicitud de nacionalidad española por residencia habrá que abonar una tasa administrativa por un importe de 100 euros, independientemente de cuál sea la resolución. Es decir, si queremos solicitar la nacionalidad por residencia, al igual que cuando solicitamos una autorización de residencia, será obligatorio pagar previamente una tasa de 100 euros. De lo contrario, no se tramitará nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia. Sin embargo, este pago no implica que nos vayan a conceder la nacionalidad. Aunque posteriormente nos la denieguen, tendremos que haber pagado el trámite, y no podremos reclamar su devolución.

Además, a este gasto inicial de 100 euros tendremos que sumar los de los “exámenes” que habrá que realizar bajo el nuevo proceso de solicitud de nacionalidad por residencia a partir del mes de octubre de 2015.

Como ya sabéis, cuando solicitamos la nacionalidad española en el registro civil de nuestra localidad el funcionario encargado del registro civil nos realiza una serie de preguntas o “examen” para valorar el grado de integración en España. Algunos registros civiles realizan preguntas realmente simples (o directamente no hacen ninguna) y otros, por el contrario, nos hacen un auténtico examen de historia y cultura españolas con preguntas bastante difíciles de contestar.

Para unificar este criterio sobre la valoración del grado de integración, a partir de octubre los solicitantes de nacionalidad tendrán que realizar dos exámenes en el Instituto Cervantes: el primero de ellos será de idioma y el segundo sobre constitucionalismo, historia y cultura españolas.

Para poder realizar estos exámenes también habrá que pagar, una vez por cada examen.

El examen de idioma (que en principio realizarían únicamente los nacionales de países donde el castellano no sea idioma oficial) tendrá un coste de 80 euros.

Para realizar la segunda prueba, la referente a conocimientos de aspectos constitucionales y socioculturales de España, habrá que abonar 120 euros.

Así, la solicitud de nacionalidad española por residencia tendrá un coste de entre 220 euros (para quienes no hagan la prueba de idioma) y 300 euros para el resto.

Al coste oficial del proceso habrá que añadir el relativo a obtención de documentos, legalización y traducción en us caso, más los costes de abogados o gestores administrativos si se opta por contar con un profesional experto.

08/04/2015

Aprobado el Plan Intensivo de Nacionalidad 2015 (PIN 2015)

Resolución de 6 de abril de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Justicia al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España para la tramitación de expedientes de nacionalidad por residencia. Desde la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2015, el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España realizará la tramitación de los expedientes de nacionalidad por residencia que hayan entrado en el Ministerio de Justicia entre el día 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.

NO están incluidos, por tanto, los expedientes de 2015.

http://www.boe.es/boe/dias/2015/04/07/pdfs/BOE-A-2015-3723.pdf

Dirección

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