Custodia compartida, lo natural

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Nosotros le entendemos.

El Tribunal Supremo no deja de sorprendernos, y sin duda ésta es una sentencia que nos acerca más a la igualdad. En algu...
03/12/2018

El Tribunal Supremo no deja de sorprendernos, y sin duda ésta es una sentencia que nos acerca más a la igualdad.
En alguna ocasión ya hemos dicho que la aplicación práctica de las leyes en los Juzgados y Tribunales es muchas veces desigual.
Las custodias compartidas no se otorgan con facilidad, la simple interposición de una denuncia ya otorga beneficios automáticos a una de las partes.
Y ahora llega el Supremo, una institución que sin duda ha visto comprometido su buen nombre en los últimos meses, pero que no se amedrenta ante temas delicados para la opinión pública.
La "vivienda familiar" debe sin duda atribuirse a los menores, pero cuando la familia cambia y se crea una nueva, cambian las circunstancias.
Pregunta la gente ahora si es que una mujer no tiene derecho a rehacer su vida. Pero lo cierto es que en muchísimos casos de los que pasan por nuestro despacho, el marido se ve obligado a abandonar el domicilio familiar tras la ruptura, a buscarse un nuevo sitio para vivir (no siempre teniendo capacidad económica para ello) y, por supuesto, a seguir abonando el 50% de la hipoteca. ¿Puede alguien rehacer su vida así? Muchos ni siquiera logran levantar cabeza.
Por eso hoy, chapó! Como decíamos, un paso más hacia la igualdad real.

Divorcio, custodia y uso de la vivienda familiar: ¿Puedo perderla si se muda mi nueva pareja? Consulta a nuestros abogados de Familia en Tenerife.

https://trib.al/J32ZIUC
23/11/2018

https://trib.al/J32ZIUC

El Tribunal Supremo ha establecido que el padre o la madre que vive con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva su nueva pareja a convivir con ello

25/01/2017
TRISTE NOTICIA LEER QUE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ACABA DE ANULAR LA LEY VALENCIANA DE CUSTODIA COMPARTIDA. Efectivamen...
04/12/2016

TRISTE NOTICIA LEER QUE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ACABA DE ANULAR LA LEY VALENCIANA DE CUSTODIA COMPARTIDA.
Efectivamente, desde un punto de vista estrictamente jurídico, esta Ley invadía las competencias exclusivas del Estado.
Pero no hay duda que se trataba de una norma absolutamente pionera, que imponía la custodia compartida como regla general.
Sin duda, el punto lógico y sensato hacia el que debería avanzar nuestra legislación estatal.
Recientemente, el Ministro de Justicia, Rafael Catalá ha hablado de su intención de reformar el Código Civil para implantar de una vez por todas la custodia compartida. Esperemos que sea cierto.
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2016/11/28/583c3be746163fd04b8b45d1.html

El Tribunal Constitucional ha anulado, por invadir competencias estatales, la ley valenciana "de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven", conocid

18/05/2016

¿Por qué deberíamos empezar a hablar de "planes de coparentalidad"? El objetivo último que busca la implantación de la custodia compartida es que el menor tenga en su vida tanto a su padre como a su madre, a ambos en la misma medida, para que pueda desarrollar con los dos una relación sana y afectiv...

17/05/2016

Si en nuestro último post hablábamos sobre el estado en que se encuentra la
custodia compartida en España, esta vez nos hacemos eco de una interesante
sentencia que acaba de dictar la Sala Primera del Tribunal Supremo. En ella
se analiza un caso delicado: ¿qué ocurre cuando el padre ha sido ac...

LA IMPORTANCIA DE TENER UN BUEN CONVENIO REGULADOR. En el momento del divorcio, muchas veces no se le da la importancia ...
16/05/2016

LA IMPORTANCIA DE TENER UN BUEN CONVENIO REGULADOR.
En el momento del divorcio, muchas veces no se le da la importancia debida al convenio regulador. Cuando el divorcio se produce de mutuo acuerdo, muchas veces las partes se contentan con que en el convenio aparezca regulado quién se queda con la vivienda y cómo será el régimen de visitas de los hijos.

Muchas veces, más de las que nos gustaría, esto se debe a que el padre tiene miedo a que la madre se arrepienta de los términos del acuerdo, y por ello no quiere "importunarla" con la inclusión de más detalles. Otras veces, los padres creen que es suficiente con tener un esbozo general en el convenio, y que los detalles del día a día los podrán ir puliendo de mutuo acuerdo. ERROR.

Que la relación entre los progenitores sea cordial e incluso buena en el momento de firmar el divorcio, no significa que lo vaya a ser siempre. Por delante quedan más de 18 años de aplicación del convenio regulador, en los que muchas cosas pueden cambiar.
Entonces ¿Por qué arriesgarse a tener que llegar a acuerdos, si podemos tenerlo casi todo atado en el convenio? No olvidemos que el convenio regulador es de aplicación subsidiaria al acuerdo de las partes. Lo ideal es tener un convenio muy detallado ya que siempre podemos llegar a pactos o acuerdos que se ajusten a las necesidades de ambos en el día a día, pero que nos sirva de punto de partida en el caso de desavenencia.

Por ello, debería incluir nuestro convenio, además de los días y horas de las visitas, los siguientes extremos:

Lugares de recogida y entrega
Personas autorizadas para la recogida y entrega
Custodia de los menores en días especiales como: día del padre, día de la madre, cumpleaños del menor, día de Reyes, días festivos y puentes.
Comunicaciones telefónicas: cómo hacerlas, horarios, etc
Comunicación y visitas con abuelos y otros familiares
Comunicación con los menores y visitas en caso de enfermedad
Autorizaciones para viajes
Pactos sobre cambios de centro educativo, actividades extraescolares, etc
Tengamos o no la custodia compartida, el convenio será un acuerdo de voluntades que regirá muchos años, y lo mejor es tenerlo lo más detallado posible.
http://custodiacompartidacanaria.blogspot.com.es/2016/05/la-importancia-de-tener-un-buen.html

Hoy felicitamos a las mamás de verdad, a las que no tienen miedo a la IGUALDAD. A las que no usan el chantaje emocional,...
01/05/2016

Hoy felicitamos a las mamás de verdad, a las que no tienen miedo a la IGUALDAD.
A las que no usan el chantaje emocional,
A las que no manipulan a los niños,
A las que no limitan las visitas a su antojo,
A las que no se aprovechan del sistema,

A todas ellas

Basta ya del chantaje emocional. Papá y mamá al 50%.
27/04/2016

Basta ya del chantaje emocional. Papá y mamá al 50%.

El Tribunal Supremo da un tirón de orejas a la Audiencia Provincial de Madrid por no aplicar su criterio. Desde este blo...
27/04/2016

El Tribunal Supremo da un tirón de orejas a la Audiencia Provincial de Madrid por no aplicar su criterio.
Desde este blog llevamos tiempo diciéndolo: la doctrina del Tribunal Supremo sobre la custodia compartida NO SE APLICA a pie de calle.
Una situación vivida hace poco lo demuestra:
Una jueza de primera instancia, en un intento de conciliación, nos dice (por supuesto fuera de la grabación de la vista, para que no quede recogido en ninguna parte) literalmente: Letrada, concilie porque yo en primera instancia no se lo voy a conceder; si Ud. quiere pleitear 5 años hasta llegar al Supremo y que allí se la den, me parece bien, pero aquí no.
Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales han venido ignorando el criterio de nuestro Alto Tribunal, manteniendo el obsoleto sistema de guarda y custodia a favor de la madre automáticamente y por defecto. Esto crea una gravísima inseguridad jurídica, ya que a veces nos resulta imposible explicarle a los padres por qué tienen que pleitear durante años y gastar una fortuna, además de pasar por innumerables situaciones desagradables en juicios, reuniones, etc si en la prensa no hacemos más que leer que el Tribunal Supremo se encuentra a favor de la custodia compartida.
Pues bien, el TS ha dictado recientemente una sentencia en la que da una llamada de atención a la Audiencia Provincial de Madrid por no seguir sus criterios.
http://custodiacompartidacanaria.blogspot.com.es/2016/04/el-tribunal-supremo-le-da-un-tiron-de.html

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