11/01/2024
👉🏻Empezamos a ver la luz al final del túnel en los concursos de persona física con presentados antes de la entrada en vigor de la nueva , que limita el perdón de la deuda pública.
El , el pasado 29 de septiembre, dictó un auto por el que inadmitía un recurso de casación presentado por la Seguridad Social, en el que discutía que no podía el deudor exonerarse de toda la deuda pública (aunque fuese con plan de pagos o de forma directa), porque la nueva ley limitaba precisamente dicho perdón.
Pues bien, nuestro Alto Tribunal ha considerado que es plenamente aplicable
al caso la existente anterior a la reforma que entró en vigor
en septiembre de 2022, la cual permitía la exoneración de la deuda pública.
En este sentido, recalca que todos aquellos concursos declarados antes del
26 de septiembre de 2022, que aun estén en curso y que se hayan visto afectados por la entrada en vigor de dicha reforma, no pueden quedar perjudicados por la exclusión de la exoneración de la deuda pública y se les deberá aplicar el régimen anterior.
Esta noticia es verdaderamente importante, dado que hasta el momento se habían pronunciado algunas Audiencias Provinciales, pero con este fallo del TS, se sienta un precedente que se deberá respetar. Aun así, veremos qué sucede con aquellos concursos presentados antes de la entrada en vigor de la nueva ley, en los que el auto de declaración de concurso se haya dictado en fecha posterior a 26 de septiembre de 2023.
Deberemos estar muy atentos a todas las novedades, ya que en Bufet Tatché Advocats tenemos varios concursos que se encuentran en las situaciones explicadas.
Bufete de abogados en Sabadell y Terrassa fundado en 1989 por Xavier Tatché. Expertos en accidentes, divorcios, herencias, preferentes, derecho penal.