12/09/2025
Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal número 3650/2025 de 31 de julio de 2025
Principales argumentos acerca de una organización criminal que se dedicaba a introducir co***na en España, camuflada entre fruta importada de Costa Rica, con posterior transporte hasta la provincia de Málaga para distribuirla a terceros, y a la fabricación, distribución y venta de dr**as sintéticas, para lo que utilizaban productos que importaban de China que almacenaban hasta la fabricación de la droga, concretamente M**A y MDA, con el fin último de proceder a su distribución y venta a terceros.
La ponente establece, entre otras, las siguientes conclusiones:
▶️ Que los investigadores viertan sus opiniones en los documentos que elaboran o en las declaraciones que efectúen no los convierten en nulos.
▶️ No se aprecia indefensión en la fase de instrucción. Dice la Sentencia que "es preciso que haya repercutido en el correcto y adecuado ejercicio del derecho de defensa de la persona concernida, lo que no ocurre en este caso".
▶️ El valor como prueba de cargo de las declaraciones de los agentes policiales que intervienen en las investigaciones.
▶️ Grabación de las comunicaciones orales "que los investigados fueron realizadas con las debidas garantías".
▶️ Entradas y registros domiciliarios con las debidas garantías.
▶️Delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño, concurriendo la agravante de notoria importancia, cometido en el seno de una organización criminal.
▶️ Falsedad en documento oficial.
▶️ Validez del análisis de la sustancia aprehendida. "Además de que la cadena de custodia en la que no hubo ruptura"
▶️ Sin embargo, se procede a aplicar la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.