QUOTA Gestion Laboral

QUOTA Gestion Laboral PLA ASESORIA es, con más de sesenta años de experiencia, uno de los despachos de servicios de asesorí

El despacho se fundó en 1957 por Luis Pla Margarit, Graduado Social, también precursor del actual Colegio Oficial de Graduados Sociales de Baleares y destacado promotor de la Escuela Social en Palma, después Escuela Universitaria de Relaciones Laborales de la Universidad de las Islas Baleares. En 1979 se incorporó Luis Pla Cubí, Abogado y Graduado Social, especializado en derecho del trabajo y de

la seguridad social, que dirige el bufete desde 1987. La fluida convivencia profesional de dos generaciones uniendo inquietudes, conocimientos y experiencia, la formación específica y continuada de todos los miembros de la organización, junto con una inversión continuada en tecnología y medios, nos permiten ofrecer un buen servicio profesional en el ámbito de la asesoría y gestión empresarial, además de un trato personal que consideramos esencial.

Área Laboral y de Seguridad Social:

• Consultoría y asesoramiento en materia laboral y de seguridad social.
• Cumplimentación de recibos oficiales de salarios, liquidaciones y finiquitos.
• Tramitación de altas, bajas y variaciones de datos de empresas y trabajadores en todos los regímenes de la seguridad social.
• Confección de contratos de trabajo, prórrogas, novaciones y transformaciones.
• Cumplimentación ante el SEPE-SOIB de ofertas de empleo y registro de contratos realizados.
• Control y aviso de vencimientos de contratos de trabajo.
• Control de vencimientos de permisos de trabajo.
• Cálculo y tramitación de las liquidaciones de Seguros Sociales. Control de reducciones y bonificaciones.
• Declaración de situaciones familiares a efectos de retenciones.
• Tramitación y seguimiento de expedientes de incapacidad temporal y reembolso de pagos delegados.
• Formalización y tramitación de partes de Accidente de trabajo.
• Control de publicaciones de Convenios y sus revisiones.
• Cumplimentación de listados de costes laborales e información para control contable.
• Confección de escritos disciplinarios, excedencias, permisos y comunicaciones inherentes a la contratación laboral.
• Asistencia a reuniones en la sede de la empresa, a petición del cliente.
• Asistencia y representación ante Inspección de Trabajo y Seguridad Social, TAMIB, Juzgados de lo Social, etc.y Organismos Públicos.
• Estudio y asesoramiento en huelgas, conflictos colectivos, cierres de empresa, ERE´s.
• Estudio y formulación de recursos ante los Tribunales de Jurisdicción Social y Contencioso-Administrativa.

Área fiscal, mercantil y contable:

• Asesoramiento contable y fiscal a empresas y profesionales.
• Contabilidades.
• Revisiones periódicas y cierres anuales.
• Análisis de balances y comparativos con ejercicios precedentes.
• Legalización libros.
• Confección y depósito cuentas anuales.
• Confección y presentación de impuestos.
• Asistencia y representación ante Inspecciones.
• Diagnóstico económico-financiero y planificación fiscal.
• Declaraciones de Renta, de bienes en el extranjero y Patrimonio.
• Constitución puesta en marcha de sociedades mercantiles.

Área de Prevención de riesgos laborales:

• Definición del modelo de organización preventiva
• Estudio de las ofertas de externalización de los servicios de prevención
• Negociación con las empresas de prevención ajenas.
• Supervisión y control de la documentación relativa a los accidentes de trabajo / enfermedades profesionales y su investigación
• Comparecencia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y/o Autoridad Laboral en nombre de la empresa
• Confección y presentación de alegaciones y recursos en vía administrativa

21/04/2023

OFERTA DE EMPLEO

Quota Laboral, asesoría laboral sita Palma de Mallorca, se encuentra en un continuo proceso de expansión y crecimiento de su plantilla. Es por ello que actualmente quiere incorporar a profesionales (Graduado/a Social o similares) especializados en Gestión de Nóminas para unirse a su equipo.

Responsabilidades del puesto:

Elaboración y revisión de nóminas y seguros sociales
Gestión de altas, bajas y modificaciones en la Seguridad Social
Preparación y envío de contratos laborales
Asesoramiento en materia laboral y de Seguridad Social a clientes
Tramitación de bajas médicas y seguimiento de incapacidades temporales
Gestión de finiquitos y liquidaciones
Gestión de modelos 111 y 190 de la AEAT.

Requisitos:

Experiencia previa en gestión de nóminas, Tc's y contratos
Experiencia de uso con los programas de A3software.
Conocimientos en legislación laboral y Seguridad Social
Habilidades en el uso de herramientas ofimáticas, como Microsoft Office

Se valorará positivamente:

Titulación en Relaciones Laborales, ADE, Derecho.
Colegiación en el colegio de abogados o graduados sociales.
Experiencia en el uso de A3software para la gestión de nóminas y seguros sociales.
Nivel de inglés avanzado, tanto hablado como escrito.
Habilidades de comunicación y atención al cliente.
Capacidad para trabajar en equipo y de forma autónoma.
Orientación a resultados y habilidades de organización.
Conocimiento consolidado en gestión de nóminas, TC's, contratos y otras tareas relacionadas con el ámbito laboral.

Si estás interesado/a en formar parte de nuestro equipo y cumples con los requisitos mencionados, te invitamos a enviar tu currículum vitae y carta de presentación a [email protected]

Quota Laboral, es una empresa comprometida con la igualdad de oportunidades y fomentamos la diversidad y la inclusión en nuestro equipo. La jornada laboral es de Lunes a Viernes de 8.00h a 16.00h.

Esperamos recibir tu solicitud y conocerte en una posible entrevista.

20/12/2021
03/11/2020

Precisamos administrativo/a con experiencia demostrable en ASESORIA LABORAL (NO fiscal) y que haya trabajado con el programa A3NOM.

Por favor, abstenerse de enviar CV si no tienen experiencia en ASESORIA LABORAL.

Jornada completa.

Incorporación inmediata.

Interesados remitir CV a [email protected]

16/04/2020

TABLA SALARIAL 04-2020 COMERCIO Y HOSTELERIA CAIB

El Govern, patronal y sindicatos acordaron ayer 15/04/2020 un acuerdo marco para mantener el empleo en Balears, en el que se incluye la congelación salarial durante un año (01/04/2021) en los convenios de Hostelería y Comercio, medida que afecta a unos 200.000 trabajadores en todas las Islas.

La presidenta del Govern Balear detalló ayer que ese aplazamiento sería de un año en los plazos que fija cada uno de los tres convenios, en una rueda de prensa telemática tras una reunión de la mesa de diálogo social para hacer un seguimiento de las medidas adoptadas para afrontar las consecuencias de la COVID-19.

El otro punto importante del acuerdo entre Govern, sindicatos y patronales consiste en pedir al Gobierno central que se puedan prolongar durante seis meses los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y permitir que las empresas puedan pasar de causa mayor a motivos de bajada de la producción. Los ERTEs de causa mayor concluyen al finalizar el estado de alarma, mientras que los de descenso productivo se pueden alargar durante seis meses más.

09/03/2020

Las pymes ya están obligadas a tener un plan de igualdad.

El Real Decreto-ley 6/2019, por el que se introdujo la obligación de elaborar y aplicar planes de igualdad en empresas de más de 50 empleados, entra hoy en vigor. Desde el sábado 7 de marzo, aquellas compañías con más de 150 trabajadores deberán tener implementado un plan de igualdad. Las empresas de entre 100 y 150 empleados tendrán un año más de plazo para hacerlo, mientras que las que tengan entre 50 y 100 estarán obligadas a partir de marzo de 2022.
El incumplimiento de esta norma supondrá sanciones graves para las empresas, pudiendo dar lugar a sanciones económicas con multas entre 626 euros y 6.250 euros. Además, aquellas empresas que participen en procesos de contratación con las administraciones públicas deberán prestar especial atención, puesto que el incumplimiento de esta obligación por aquellas empresas sujetas a la misma, puede afectar negativamente a su capacidad para concurrir a dichos concursos públicos.
Hasta ahora, solo las empresas de más de 250 trabajadores tenían obligación de tener estos planes
Sin embargo, fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que la Inspección dará un margen de adaptación a las empresas y que, como es habitual, las sanciones no comenzarán durante estas próximas semanas. Como es habitual en estas situaciones, la Inspección de Trabajo informará a las empresas si detecta que no están cumpliendo con la normativa durante las primeras semanas, pero no sancionará.
Hasta ahora, solo las empresas de más de 250 trabajadores tenían obligación de tener estos planes. Con el nuevo ámbito de aplicación de la norma, a partir de marzo de 2022 el número de empresas con obligación de implementarlo -todas aquellas que cuenten con entre 50 y 249 empleados- habrá ascendido en más de 24.000 empresas, según los datos del Ministerio de Industria.

24/04/2019

A partir del 12 de mayo de 2019 será obligatorio el registro de la jornada laboral., de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
La nueva norma (adjunta) establece que las empresas han de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo de sus trabajadores, registros que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada realizada de persona trabajadora.

No se establece un sistema determinado de registro, sino que la norma remite a lo que se pacte en Convenio colectivo o en Acuerdo colectivo de Empresa y, en defecto de esos pactos, a lo que decida el empleador unilateralmente, previa consulta en su caso con la representación legal de los trabajadores.

En todo caso, cualquiera que sea el sistema de registro establecido, a través de las vías anteriores, la norma requiere que la empresa conserve los datos consignados en los registros durante 4 años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La norma tipifica como infracción grave el incumplimiento en materia de registro de jornada, con multas que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros, según la calificación de su grado infractor, mínimo medio o máximo.

07/01/2019

Novedades en materia de Seguridad pensiones Social, laboral y de seguridad social

Por el Real Decreto-ley 28/2018, publicado en el BOE en fecha 29 de diciembre de 2018, incluye importantes modificaciones en la cotización a la Seguridad Social, en materia laboral y de contratación, así como en la regulación de los trabajadores autónomos.
A continuación se resumen algunas las principales novedades de la norma.
1. Novedades en materia de cotización a la Seguridad Social
En materia de cotización a la Seguridad Social, las principales novedades son las siguientes:
• La base máxima de cotización para 2019, para todos los regímenes que la tengan establecida, queda fijada en 4.070,10 euros mensuales, lo que implica un incremento del 7% del tope máximo de 2018. Por su parte, la base mínima se incrementa en el entorno de un 22% y queda fijada en 1.050 euros mensuales.
• Se establece una nueva tabla de tarifas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, siendo destacable que el porcentaje aplicable al personal de oficina pasa del 1% al 1,5%.
• Se suspende el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, hasta que el Gobierno proceda a la modificación del Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, lo cual deberá producirse durante 2019.
• Se reconoce la protección por desempleo para determinados contratos para la formación y el aprendizaje.
• Para los contratos temporales de duración efectiva igual o inferior a 5 días, la cuota empresarial correspondiente a la cotización por contingencias comunes se incrementa en un 40. Asimismo, para este tipo de contratos celebrados a tiempo completo, por cada día de trabajo se considerará como 1,4 días de cotización.
2. Derogación de determinadas modalidades de contratación.

Como consecuencia de haberse situado la tasa de paro por debajo del 15% en el tercer trimestre de 2018, se procede a la derogación desde el 1 de Enero de 2019 de todas aquellas modalidades de contratación e incentivos a la contratación cuya vigencia se había previsto para mientras la tasa de paro superase el 15% de la población activa.

En este sentido, se deroga:

– El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
– La posibilidad de celebrar contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años.
– Los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
– La contratación indefinida bonificada de un joven por microempresas y empresarios autónomos.
– Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
– El contrato al primer empleo joven.
– Los incentivos a los contratos en prácticas.

3. Novedades respecto de los trabajadores autónomos

La principal novedad es la obligatoriedad de la cobertura de todas las contingencias de la cotización por contingencias profesionales y por cese de actividad.

En relación a las aportaciones de los autónomos, para 2019 se establece un incremento del 1,25% en la base mínima de cotización, que se fija en 944,40 euros.

No obstante, advierte la norma que este incremento tiene carácter provisional, previéndose que durante 2019 se sustituirá el actual sistema de elección de bases, vinculándose la cotización a los ingresos reales.

Se modifica la llamada “tarifa plana”. Durante los primeros 12 meses: si se cotiza por base mínima, 60 euros y si se cotiza por encima de base mínima, se reduce la cuota por contingencia común un 80%.

Puesto que la base mínima de cotización al RETA (944,40 euros) es menor que el SMI (1050 € en 12 pagas), la norma instaura un nuevo tipo de infracción laboral grave para prevenir la posible utilización de la figura del falso autónomo conducta que se sanciona entre 3.126 y 10.000 euros.
4. Incremento de las pensiones públicas
Las pensiones contributivas experimentarán en 2019 un incremento del 1,6% , quedando las cuantías conforme cuadro de ver en el Anexo I, del Real Decreto Ley 28/2018:
https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/29/pdfs/BOE-A-2018-17992.pdf

6. Seguridad Social en caso de contratos en prácticas
Quienes participen en programas de formación, prácticas no laborales o prácticas académicas externas quedarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social , aunque no tengan el carácter de remuneradas., previéndose el desarrollo reglamentario y entrada en vigor de esta cuestión en el plazo de 3 meses.

7. Recargo en los contratos temporales de corta duración
En los contratos de duración igual o inferior a 5 días, el recargo sobre la cuota empresarial pasa del 36 al 40 por ciento.

8. Salario Mínimo Interprofesional- SMI
Por el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, se incrementa el SMI con efectos desde el 1 de Enero de 2019 un 22,3 %, quedando establecido en las siguientes cuantías:

• Salario Mínimo diario: 30,00€
• Salario Mínimo mensual: 900,00€
• Salario Mínimo anual: 12.600,00€ (14 pagas)
• SMI Empleados de Hogar: 7,04€ por hora
• SMI eventuales y temporeros: 42,62€ diarios

El salario de los trabajadores que en cómputo anual no alcancen la cuantía de 12.600€ deberán incrementarse hasta el citado importe, remitiendo en el corriente mes de Enero a las empresas afectadas las nóminas revisadas de los trabajadores/as afectados.
Se trata pues de modificaciones de gran calado y trascendencia para autónomos y empresarios, que a buen seguro se comentara en múltiples ámbitos.

17/12/2018

Pla Asesoria y Gestion os desea Felices Fiestas y próspero año nuevo 2019

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07/11/2018

Publicados los Festivos y Domingos con apertura comercial autorizada para 2019:

13 de enero, domingo
18 de abril, Jueves Santo
7 de julio, domingo
15 de agosto, jueves, Asunción de María
8 de septiembre, domingo
12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional
27 de octubre, domingo
1 de diciembre, domingo
8 de diciembre, domingo
22 de diciembre, domingo

Dirección

Carrer Can Macanet, 1 2º C
Palma De Mallorca
07003

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 16:00
Martes 08:00 - 16:00
Miércoles 08:00 - 16:00
Jueves 08:00 - 16:00
Viernes 08:00 - 16:00

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+34971713244

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