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¿Sabes realmente cuánto tienes que cobrar, qué horario pueden exigirte o qué convenio te están aplicando?Con la nueva re...
14/10/2026

¿Sabes realmente cuánto tienes que cobrar, qué horario pueden exigirte o qué convenio te están aplicando?
Con la nueva regulación sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, las empresas tienen que facilitar mucha más información por escrito sobre las condiciones de trabajo.
Y atención:
YA NO VALE LA TÍPICA FRASE “SEGÚN CONVENIO”.
La empresa debe concretar mucho mejor cuáles son las condiciones que afectan al trabajador.
¿Qué puede conocer o reclamar ahora un trabajador?
1. Su salario real y cómo se calcula
Salario base, complementos, variables y requisitos para cobrarlos.
2. Su jornada y horarios
Turnos, trabajo nocturno, distribución irregular y posibles cambios.
3. Sus vacaciones
No solo cuántos días tiene, sino también cómo se determina su disfrute.
4. El convenio colectivo que realmente se le aplica
Fundamental para comprobar salarios, pluses, jornada, permisos y demás derechos laborales.
5. Las condiciones del periodo de prueba
Duración y reglas aplicables.
6. Si un algoritmo toma decisiones sobre su trabajo
Por ejemplo, para asignar horarios, tareas, salario, promociones o determinadas decisiones laborales.
7. Sus derechos de conciliación, igualdad y protección dentro de la empresa.
8. Cualquier cambio en sus condiciones laborales
La empresa deberá comunicarlo por escrito.
Y esto no afecta solo a los nuevos contratos.
Si ya llevas tiempo trabajando y no dispones de esta información, puedes solicitarla a tu empresa, que dispone, con carácter general, de 30 días hábiles para facilitártela.
Desde mi punto de vista, esta medida puede ayudar a muchos trabajadores a descubrir complementos mal calculados, jornadas incorrectas, convenios mal aplicados o derechos que desconocían.
Pedir esta información no supone automáticamente una subida salarial o una mejora del contrato, pero sí permite comprobar si realmente te están aplicando las condiciones que te corresponden.
¿Tú sabes exactamente qué convenio te aplican y cómo calculan todos los conceptos de tu nómina?

Nuevos cambios en vivienda: desahucios, alquileres y fondos de inversiónEl Gobierno ha aprobado este 29 de septiembre do...
29/09/2026

Nuevos cambios en vivienda: desahucios, alquileres y fondos de inversión

El Gobierno ha aprobado este 29 de septiembre dos nuevos reales decretos ley que introducen cambios relevantes para propietarios e inquilinos.

Entre las medidas anunciadas se encuentran:

🔹 Ampliación hasta 2030 de la protección frente a determinados desahucios en situaciones de vulnerabilidad.

🔹 Prohibición hasta 2028 de determinadas compras de vivienda por los denominados “fondos buitre”.

🔹 Prórroga de dos años de determinados contratos de alquiler en vigor que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028.

🔹 Nueva regulación para los alquileres de temporada y por habitaciones.

🔹 El Gobierno también ha acordado incluir en un segundo decreto la renovación automática de determinados contratos de alquiler.

Pero hay un detalle que conviene tener muy presente: que el Consejo de Ministros haya aprobado estas medidas no significa que su tramitación haya terminado.

Los reales decretos ley deberán ser convalidados por el Congreso de los Diputados, y el Gobierno ha solicitado la celebración de un pleno extraordinario para este viernes.

Desde nuestro punto de vista, propietarios e inquilinos deberán prestar especial atención a la redacción definitiva de estas normas, porque pueden tener consecuencias directas en procedimientos de desahucio, finalización de contratos y prórrogas de alquiler.

En GL Abogados estaremos pendientes de su aprobación definitiva y de cómo se aplican estas medidas en la práctica.

Si tienes un contrato de alquiler que está próximo a finalizar, un procedimiento de desahucio o dudas sobre tus derechos como propietario o inquilino, conviene estudiar cada situación de forma individual.

¿Eres propietario o inquilino? ¿Sabías que se estaban preparando estos cambios?

Se acabaron las vacaciones… ¡GL Abogados vuelve a estar al 100 %!Después de unos días para descansar, ya estamos de vuel...
01/09/2026

Se acabaron las vacaciones… ¡GL Abogados vuelve a estar al 100 %!

Después de unos días para descansar, ya estamos de vuelta en el despacho y preparados para afrontar septiembre con energía, nuevos asuntos y muchas ganas de seguir defendiendo los intereses de nuestros clientes.

Retomamos procedimientos y asuntos pendientes.
Volvemos a atender nuevas consultas.
Y seguimos trabajando para buscar la mejor solución para cada caso.

Además, durante los próximos meses seguiremos compartiendo por aquí sentencias, novedades legales y casos interesantes, explicados de una forma sencilla para que puedas conocer mejor tus derechos.

Las vacaciones terminan, pero los problemas legales no siempre esperan… y para eso ya estamos de vuelta.

Si tienes algún asunto que has ido dejando para después del verano, quizá este sea un buen momento para resolverlo.

Nos vemos en GL Abogados.

VÍCTIMAS DE TRATA CUANDO LA  JUSTICIA DEBE PROTEGER ANTES QUE INVESTIGAR:                                               ...
25/06/2026

VÍCTIMAS DE TRATA CUANDO LA JUSTICIA DEBE PROTEGER ANTES QUE INVESTIGAR: La trata y la explotación siguen siendo una de las vulneraciones más graves de los derechos humanos. Aunque las actuaciones policiales aumentan y se liberan más víctimas, el verdadero desafío jurídico está en garantizar que esas personas reciban protección real desde el primer momento.

Muchas mujeres explotadas no se identifican como víctimas. El miedo, las amenazas, la dependencia económica, la situación administrativa o la manipulación sufrida dificultan que puedan denunciar o colaborar con la justicia.

Por eso, desde una perspectiva jurídica, la protección no debería depender de la utilidad de la víctima para un procedimiento penal. Una persona debe ser protegida porque ha sufrido una grave vulneración de derechos, no porque pueda aportar pruebas contra una red criminal.

España necesita avanzar hacia una Ley Integral contra la Trata que incorpore plenamente un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y reparación integral. La identificación temprana, el acceso a vivienda, asistencia psicológica, atención sanitaria, formación, empleo y regularización administrativa son elementos esenciales para una recuperación real.

La lucha contra la trata no termina con la liberación de la víctima. Termina cuando esa persona puede reconstruir su vida con dignidad, seguridad y derechos.

El sistema debe dejar de mirar a la víctima principalmente como medio probatorio y empezar a reconocerla como titular de derechos. Ese es el verdadero cambio pendiente.

¿Qué ocurre cuando un festivo cae en sábado? La Audiencia Nacional lo aclara.Una reciente sentencia de la Audiencia Naci...
21/06/2026

¿Qué ocurre cuando un festivo cae en sábado? La Audiencia Nacional lo aclara.

Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional ha establecido que, cuando un festivo coincide con un sábado y ese día ya es no laborable para el trabajador, la empresa debe compensarlo para evitar que se pierda ese día de descanso reconocido legalmente.

La resolución afecta especialmente a empresas y autónomos con trabajadores sujetos a convenios que reconocen un número determinado de festivos al año.

¿Qué significa esto en la práctica?

Los trabajadores no deben ver reducido su número de días festivos por una simple coincidencia en el calendario.

Si un festivo cae en un día que ya no se trabaja habitualmente, puede surgir el derecho a disfrutarlo en otro momento, según el convenio aplicable.

Las empresas deben revisar cómo gestionan estos supuestos para evitar conflictos laborales o futuras reclamaciones.

Desde nuestro punto de vista, esta sentencia refuerza una idea básica: los derechos de descanso de los trabajadores no deberían depender de cómo caigan los días en el calendario.

Cada caso debe analizarse según el convenio colectivo aplicable, ya que no todas las situaciones son iguales y la compensación puede variar en función de la regulación existente.

Si tienes dudas sobre vacaciones, festivos, jornada laboral o derechos laborales, conviene revisar tu situación concreta antes de tomar decisiones.

¿Crees que debería compensarse siempre cuando un festivo coincide con un sábado o domingo?

¿Te baja la nómina cuando estás de vacaciones o de baja médica?Muchos trabajadores cobran habitualmente pluses como noct...
26/05/2026

¿Te baja la nómina cuando estás de vacaciones o de baja médica?

Muchos trabajadores cobran habitualmente pluses como nocturnidad, festividad, turnicidad, disponibilidad, productividad o determinados complementos de puesto. Sin embargo, cuando llegan las vacaciones o una incapacidad temporal, esos conceptos desaparecen de la nómina.

Y eso no siempre es correcto.

La regla general es clara: si un complemento salarial se cobra de forma habitual y forma parte de tu retribución ordinaria, debe tenerse en cuenta. Las vacaciones no pueden suponer una pérdida económica injustificada para el trabajador, y en determinados casos la incapacidad temporal también debe calcularse incluyendo esos conceptos salariales habituales.

Ejemplo sencillo:

Si todos los meses cobras un plus de nocturnidad o penosidad porque tu jornada incluye esos turnos, la empresa no puede eliminarlo sin más cuando estás de vacaciones o de baja. Habrá que analizar el convenio, la nómina y la habitualidad del complemento.

En nuestra opinión, este es uno de los errores más frecuentes en las nóminas: cantidades pequeñas cada mes que, sumadas durante años, pueden convertirse en una reclamación relevante.

Si al estar de vacaciones o de baja tu salario baja de forma llamativa, revisa tus nóminas. Puede que la empresa no esté incluyendo complementos que sí deberían pagarse.

¿Has notado que tu nómina baja cuando estás de baja o de vacaciones?

💥 Recuperamos más de 11.600€ para nuestro cliente tras un fraude bancarioUna entidad bancaria se negaba a devolver el di...
30/04/2026

💥 Recuperamos más de 11.600€ para nuestro cliente tras un fraude bancario

Una entidad bancaria se negaba a devolver el dinero tras varias transferencias fraudulentas realizadas en la cuenta de nuestro cliente.

📞 Todo empezó con una estafa muy habitual hoy en día:
una llamada suplantando al banco, acceso remoto y movimientos en cuestión de minutos.

El banco alegaba lo de siempre:
👉 “ha sido culpa del cliente”

⚖️ Pero llevamos el caso a los tribunales… y ganamos.

La Audiencia Provincial ha confirmado la condena al banco, obligándole a:

Devolver todo el dinero sustraído
Pagar intereses
Asumir las costas del procedimiento

📌 Lo más importante:

El tribunal deja claro que
👉 no basta con decir que el cliente facilitó sus datos
👉 si no hay negligencia grave, el banco responde

💡 Desde nuestro punto de vista, este tipo de sentencias marcan un antes y un después:
muchos clientes dan por perdido su dinero cuando el banco dice que no… pero la realidad es otra.

Si has sufrido un fraude similar (phishing, llamadas falsas, transferencias no autorizadas),
es muy probable que puedas reclamar y recuperar tu dinero.

🗣️ ¿Te ha pasado algo parecido o conoces a alguien en esta situación?

El Tribunal Supremo ha dicho que las hipotecas con IRPH no se anulan automáticamente, pero eso no significa que estén bi...
16/04/2026

El Tribunal Supremo ha dicho que las hipotecas con IRPH no se anulan automáticamente, pero eso no significa que estén bien aplicadas.

La realidad es que muchas hipotecas con IRPH deben revisarse con detalle, porque en la práctica gran parte de ellas se comercializaron sin la transparencia necesaria. Y cuando el banco no explicó bien al cliente qué estaba firmando, podemos estar ante una cláusula abusiva.

¿Qué tenía que explicar el banco?

qué era el IRPH,
cómo funcionaba,
en qué se diferenciaba del Euríbor,
y cómo podía afectar al importe de la cuota.

Si esa información no se dio de forma clara y comprensible, hay motivos para reclamar.

Desde mi punto de vista, esta decisión del Supremo no cierra el problema del IRPH. Al contrario: deja claro que hay que revisar cada hipoteca con lupa, porque en muchos casos el consumidor firmó sin entender realmente el alcance económico de esa cláusula.

Por eso, si tienes o tuviste una hipoteca con IRPH, conviene estudiarla. Una revisión jurídica puede determinar si estás ante una cláusula abusiva y si puedes reclamar.

¿Firmaste tu hipoteca sin que te explicaran bien cómo funcionaba el IRPH?

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