Vallés Abogados Madrid

Vallés Abogados Madrid Despacho de abogados, Madrid. Desde 1940. Civil, Familia, Inmobiliario, Sucesiones, Penal, Accidentes tráfico, Laboral y Administrativo. Consulta gratuita

Somos un despacho que cuenta con la experiencia de tres generaciones dedicadas al ejercicio del Derecho. Atendemos las necesidades de nuestros clientes en diversas áreas del Derecho: Civil, Familia, Sucesiones, Inmobiliario, Penal, Laboral y Administrativo. Nuestra labor profesional se fundamenta en el trato personalizado y estudio detallado de los asuntos, lo que nos permite prestar un servicio d

e alta calidad y eficacia a todos nuestros clientes. En Vallés Abogados Madrid encontrará un servicio responsable y soluciones a sus problemas jurídicos, con la máxima garantía de seriedad y honestidad. En Vallés Abogados Madrid contamos con profesionales altamente cualificados y con gran experiencia en el ejercicio del Derecho. Puede conocer nuestros servicios en www.vallesabogadosmadrid.com

07/09/2017
26/05/2016
25/05/2016

ÁREA DE DERECHO CIVIL

Derecho de sucesiones

- Herencias


Nociones diversas. Remisión al Código Civil:


Según el artículo 657 del Código Civil, "los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte".

En virtud del artículo 658, podemos distinguir:

1- Sucesión testamentaria: se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento.

2- Sucesión legítima: a falta de testamento, la sucesión se defiere por disposición de la ley;

3- Sucesión, en una parte, por voluntad del hombre y, en otra, por disposición de la ley.

El artículo 659 establece que: “La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte”.

Se llama "heredero" al que sucede a título universal y "legatario" al que sucede a título particular.

Los herederos suceden al difunto por el hecho sólo de su muerte, en todos sus derechos y obligaciones.

Forma de los testamentos:

El testamento puede ser común o especial.

El común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.

Se consideran testamentos especiales el militar, el marítimo y el hecho en país extranjero.

En referencia al testamento común, aparece regulado en los artículos 678 y siguientes del Código Civil:

Se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo, en la forma y requisitos que determina el artículo 688. Sólo podrá otorgarse por personas mayores de edad. Para que sea válido debe estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión de año, mes y día en que se otorgue. Deberá protocolizarse.

En cuanto al testamento abierto, deberá ser otorgado ante Notario hábil para actuar en el lugar del otorgamiento. El testador expresará, oralmente o por escrito, su última voluntad al Notario.

Al acto de otorgamiento, deberán concurrir dos testigos idóneos. Si el testador se hallare en peligro inminente de muerte, puede otorgarse el testamento ante cinco testigos idóneos, sin necesidad de Notario.

El tercer testamento común es el testamento cerrado. Habrá de ser escrito. En el otorgamiento del testamento cerrado, se observarán determinadas solemnidades.

No pueden hacer testamento cerrado las personas invidentes y los que no sepan o no puedan leer.


Como puede observarse, existen varias clases de testamentos en nuestra legislación, en función de la manifestación de la voluntad del testador y, esencialmente, en función de las circunstancias en las que el testador se halle, como ocurre en los testamentos especiales.

En VALLÉS ABOGADOS MADRID, encontrará un servicio responsable y soluciones a sus problemas jurídicos, con la máxima garantía de seriedad y honestidad.

Nuestra labor profesional se fundamenta en el trato personalizado y estudio detallado de los asuntos, lo que nos permite prestar un servicio de alta calidad y eficacia a todos nuestros clientes.

PRIMERA CONSULTA GRATUITA.

Puede encontrarnos en Fernando el Católico nº 11, 3º A Derecha. Madrid, 28015. TLF 91 4453431 (mañanas); 91 1896132 (tardes); 615098447

01/05/2016

ÁREA DE DERECHO CIVIL

Derecho de familia

- Custodia de los hijos

Remisión a Jurisprudencia

EL TRIBUNAL SUPREMO SEÑALA, EN SU SENTENCIA 359/2016, QUE LA CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS NO EXIME DEL PAGO DE UNA PENSIÓN DE ALIMENTOS, SI EXISTE DESPROPORCIÓN ENTRE LOS INGRESOS DE LOS PADRES

La Sala Primera ha revisado el caso de una pareja divorciada y obliga al padre a pasar una pensión a su ex-mujer para la manutención de sus dos hijas menores, pues la progenitora no percibe salario ni rendimiento económico alguno. Además, rechaza que esa pensión pueda limitarse temporalmente debido a que “los menores no pueden quedar al socaire de que la madre pueda o no encontrar trabajo”.

El Tribunal Supremo señala que ambos padres tienen capacidad para educar a sus hijos y que, con la custodia compartida, se fomenta la integración de los menores con sus progenitores y se evita el sentimiento de pérdida.

En la sentencia, el Alto Tribunal establece que los alimentos se mantienen sin limitación temporal, pues estima que una limitación temporal tiene sentido en una pensión compensatoria como estímulo en la búsqueda de ocupación laboral, pero no tiene cabida en los alimentos a los hijos.

Resolución de 11 de febrero de 2016.

01/05/2016

¿QUÉ PUEDE HACER SI SUFRE UN ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN?

Si tiene un accidente y queda inhabilitado, ya sea unos días o de por vida, tiene derecho a percibir una INDEMNIZACIÓN, que variará en función de si la incapacidad es temporal o permanente.

Con el nuevo baremo de indemnizaciones por accidente de tráfico, se pretende conseguir que las indemnizaciones sean más acordes a la situación particular de la víctima.

VALLÉS ABOGADOS MADRID brinda la ayuda necesaria para obtener la reparación o resarcimiento del daño, sin perjuicio alguno para el accidentado, ya que el profesional, en esta materia, siempre cobra sus honorarios al final, cuando el accidentado ha sido indemnizado.

En VALLÉS ABOGADOS MADRID encontrará un servicio responsable y soluciones a sus problemas jurídicos, con la máxima garantía de seriedad y honestidad.

Puede encontrarnos en Fernando el Católico 11, 3º A Derecha. Madrid, 28015. 914453431 (mañanas); 911896132 (tardes); 615098447; [email protected]

26/04/2016

ÁREAS DE ACTUACIÓN DE VALLÉS ABOGADOS MADRID:

CIVIL

- Obligaciones y contratos.
- Reclamaciones de cantidad.
- Indemnizaciones por daños y perjuicios.
- Procesos civiles, declarativos y ejecutivos.
- Responsabilidad contractual y extracontractual.
- Acuerdos extrajudiciales, transacciones y compromisos.
- Participaciones preferentes.

Derecho de Familia

- Separaciones y divorcios (mutuo acuerdo y contenciosos).
- Liquidación del régimen económico matrimonial.
- Custodia de los hijos
- Reclamación de pensión de alimentos y compensatoria.
- Reclamación de filiación.
- Modificación de medidas.
- Ejecución de Sentencias.
- Defensa del menor (tutela y curatela)
- Incapacitación civil.

Derecho de Sucesiones

- Herencias (declaración de herederos, adjudicación y partición de herencia).

Derecho Inmobiliario

- Contratos (arras, compraventa, arrendamiento, fianza…)
- Arrendamientos urbanos.
- Desahucios por falta de pago o expiración del plazo.
- Reclamación de rentas.
- Responsabilidad por defectos de construcción.
- Procedimientos judiciales sobre propiedad.

PENAL

- Negligencias médicas.
- Imprudencias profesionales.
- Delitos patrimoniales: robo, hurto, estafa, apropiación indebida, alzamiento de bienes e insolvencias punibles.
- Delitos contra el honor: injurias y calumnias.
- Falsedad documental. Suplantación de identidad.
- Denuncias y querellas.
- Accidentes de tráfico.

ACCIDENTES DE TRÁFICO

- Alcoholemias, desobediencia, denegación de auxilio.
- Daños materiales.
- Lesiones, secuelas y fallecimiento.
- Reclamación de indemnizaciones.

LABORAL

- Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
- Despidos.
- Reclamaciones de cantidad: salarios, complementos, horas extra, determinación de las condiciones de trabajo, clasificación profesional y finiquito. Contratos en fraude de ley.

- Accidentes de trabajo y reconocimiento de incapacidad laboral.
- Acoso laboral ("mobbing").
- Jubilación e invalidez.
- Derechos y obligaciones en materia laboral y Seguridad Social.

ADMINISTRATIVO

- Recursos administrativos y contencioso-administrativos.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
- Reclamaciones Económico-Administrativas.
- Recursos en el ámbito Autonómico y Local.
- Sanciones y multas.
- Prestaciones de jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad y desempleo.

25/04/2016

ÁREAS DE ACTUACIÓN DE VALLÉS ABOGADOS MADRID:

CIVIL

- Obligaciones y contratos.
- Reclamaciones de cantidad.
- Indemnizaciones por daños y perjuicios.
- Procesos civiles, declarativos y ejecutivos.
- Responsabilidad contractual y extracontractual.
- Acuerdos extrajudiciales, transacciones y compromisos.
- Participaciones preferentes.

Derecho de Familia

- Separaciones y divorcios (mutuo acuerdo y contenciosos).
- Liquidación del régimen económico matrimonial.
- Custodia de los hijos
- Reclamación de pensión de alimentos y compensatoria.
- Reclamación de filiación.
- Modificación de medidas.
- Ejecución de Sentencias.
- Defensa del menor (tutela y curatela)
- Incapacitación civil.

Derecho de Sucesiones

- Herencias (declaración de herederos, adjudicación y partición de herencia).

Derecho Inmobiliario

- Contratos (arras, compraventa, arrendamiento, fianza…)
- Arrendamientos urbanos.
- Desahucios por falta de pago o expiración del plazo.
- Reclamación de rentas.
- Responsabilidad por defectos de construcción.
- Procedimientos judiciales sobre propiedad.

PENAL

- Negligencias médicas.
- Imprudencias profesionales.
- Delitos patrimoniales: robo, hurto, estafa, apropiación indebida, alzamiento de bienes e insolvencias punibles.
- Delitos contra el honor: injurias y calumnias.
- Falsedad documental. Suplantación de identidad.
- Denuncias y querellas.
- Accidentes de tráfico.

ACCIDENTES DE TRÁFICO

- Alcoholemias, desobediencia, denegación de auxilio.
- Daños materiales.
- Lesiones, secuelas y fallecimiento.
- Reclamación de indemnizaciones.

LABORAL

- Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
- Despidos.
- Reclamaciones de cantidad: salarios, complementos, horas extra, determinación de las condiciones de trabajo, clasificación profesional y finiquito. Contratos en fraude de ley.
- Accidentes de trabajo y reconocimiento de incapacidad laboral.
- Acoso laboral (mobbing).
- Jubilación e invalidez.
- Derechos y obligaciones en materia laboral y Seguridad Social.

ADMINISTRATIVO

- Recursos administrativos y contencioso-administrativos.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.
- Reclamaciones Económico-Administrativas.
- Recursos en el ámbito Autonómico y Local.
- Sanciones y multas.
- Prestaciones de jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad y desempleo.

Dirección

Calle Fernando El Católico, 11. 3ºA Derecha
Madrid
28015

Horario de Apertura

Lunes 10:00 - 21:00
Martes 10:00 - 21:00
Miércoles 10:00 - 21:00
Jueves 10:00 - 21:00
Viernes 10:00 - 21:00

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