24/09/2026
Cortar la luz o el agua a un Okupa no es lo mismo que cortar la luz o el agua a un ejecutado hipotecario, pendiente del lanzamiento, pudiendo este último caso constituir un delito.
No es posible deducir que la reciente Sentencia del Tribunal Supremo equipara a un okupa con una persona embargada que tiene que abandonar su casa por no pagar la hipoteca.
El inquilino que deja pagar la renta y la persona que ha perdido la propiedad de la vivienda por no haber podido hacer frente a su hipoteca y que está pendiente de lanzamiento es diferente a un Okupa que entra por la fuerza en una propiedad ajena sin ningún tipo de derecho. Tribunal de Instancia Plaza 5 de Roquetas de Mar