Cobos Cardiel Abogados

Cobos Cardiel Abogados El principal objetivo de COBOS CARDIEL ABOGADOS es ofrecer soluciones inteligentes a los problemas d

Habiendo iniciado nuestra andadura en 1994, los distintos profesionales de COBOS CARDIEL ABOGADOS contamos con una gran experiencia, especialización y preparación en las diferentes áreas jurídicas del Derecho Penal, Civil, Familia, Empresa.

18/10/2017
01/09/2017

Me permito copiar un comentario, que no nada tiene que ver con el derecho pero si de este verano, Fuente El País:

Un estudio explica las razones por las que las mujeres en tacones lucen más seductoras para los hombres que aquellas que van en zapatos cómodos.

Una mujer con tacones tiene dos veces más probabilidades de persuadir a un hombre a que se detenga en la calle y le responda una encuesta. Requiere la mitad del tiempo que otra con zapatos bajos para que alguno se acerque
Y tiene 50 % más de probabilidades de que un hombre recoja un objeto que ella deja caer en la calle.

Tales conclusiones no hacen parte de una campaña de los abastecedores de calzado Christian Louboutin o Jimmy Choo. Las arrojaron recientes estudios realizados por científicos de la Universidad de Bretagne-Sud, y publicados en la edición digital de la revista Archivesd of Sexual Behaviour (Archivos del Comportamiento Sexual). Dice Nicolás Gueguen, autor del estudio e investigador del comportamiento, que �el tamaño de los tacones de una mujer ejerce un efecto poderoso en la forma de actuar masculina�.¿Cuál es la razón para que los hombres se rindan ante un par de tacones? Marilyn Monroe lo dijo: �una chica con los zapatos apropiados puede conquistar al mundo�.

La razón entra por los ojos y pasa por el cerebro. Un tacón alto aumenta el ángulo de las nalgas de una mujer entre 30 y 40 grados. Esto hace que se vea más joven y saludable, y más deseable como compañera. Hace que la pelvis y el trasero sobresalgan, lo cual es interpretado por el cerebro masculino como señal de buena salud y fertilidad. Estos accesorios crean una ilusión óptica que hace que las piernas se vean más largas -para que sean atractivas deben tener una longitud 5 % mayor que el torso, según una investigación de la Universidad de Wroclaw, en Portland.La uróloga italiana María Cerruto, quien estudió a 66 mujeres menores de 50 años, concluyó que quienes mantienen su talón a 15 grados del suelo -equivalente a un tacón de cinco centímetros- muestran menor actividad eléctrica en los músculos pélvicos, es decir, que están en una posición óptima, lo que mejora su fuerza y habilidad de contracción en la relación sexual.�
En una relación de seducción, los hombres se sienten muy atraídos por una mujer en tacones porque luce con más confianza, con una silueta más alta en que se le destacan los glúteos�, dice el sociólogo parisino Jean-Claude Kaufmann.Y no es que los tacones altos no entraron pisando fuerte en las pasarelas.

Los primeros en usarlos fueron los carniceros en Egipto, que se los ponían para caminar entre las vísceras en el suelo. Y en Roma, donde el comercio sexual era legal, ayudaban a los clientes a identificar prostitutas en la calle. Se convirtieron en símbolo de la feminidad inicialmente en la antigua Grecia y Roma, según Elizabeth Semmelhack, del Museo Bata de Calzado. Y durante siglos se usaron en el imperio otomano y persa para montar a caballo, pero tardaron hasta los años 1500 en llegar a Occidente, donde se les vinculó con el poder imperial y adquirieron su connotación erótica en los Siglos XIX y XX. �
Los tacones tienen más de 500 años de historia y han sido asociados por diferentes culturas como un símbolo erótico femenino. Su forma, el material y los colores -especialmente el rojo- llevan a los hombres a voltear su mirada ante una mujer subida encima de ellos�, dice el sexólogo Ezequiel López Peralta.

Para él lo que más influye es su efecto en el cuerpo femenino, lo moldea y hace que la mujer proyecte una imagen más sensual. �Las piernas estilizadas, los glúteos más firmes, el abdomen hacia adentro, el busto más expuesto, son algunos milagros estéticos que posibilitan los tacones�, dice.

Asímismo influye en la seguridad femenina, como explica Peralta, autor del libro �El Placer de Seducir�: �En la medida en que la mujer se siente más atractiva y percibe que captura las miradas del entorno, se afirma su �sex appeal� y se comporta de modo más seductor�.Pero mientras para muchos pueden parecer atractivos, para otros las mujeres ponen en riesgo su salud para verse mejor.

Las feministas van más allá. Y afirman que las mujeres son �controladas� a través de estos �zancos�, que las hacen menos capaces de huir del peligro. Así lo considera Yolanda Besteiro, presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, de España, quien piensa que el tacón es un objeto sexualizado. �Cuanto más alto sea, supuestamente, más experta eres en seducción y menos te puedes mover, te inmoviliza, te vulnerabiliza�, explica. Para ella no se trata más que de una �imposición estética� de la sociedad. No cree capaz a ninguna mujer de usarlos voluntariamente. Es �micromachismo, aplicable a los escotes o las faldas cortas y estrechas que apenas dejan mover las piernas�, señala. Con ella concuerda Patricia Soley-Beltrán, del departamento de Sociología de la Universidad de Edimburgo, quien trabajó como modelo. �Con los tacones muestras que estás dispuesta a sufrir, a ofrecerte al otro, a someterte al otro. Son símbolo de sexualización y fragilidad de la mujer, al usarlos la mujer considera que los tacones la capacitan como sujeto y le dan poder, pero en realidad la someten�.Soley-Beltrán, quien participó como experta en el documental �Deu centímetres més a prop del cel� (Diez centímetros más cerca del cielo), interrogó a parejas jóvenes sobre el uso del tacón. �La chica decía �es incomodísimo, me los pongo una hora y ya sufro�. Y el chico: �Pero a mí me gustan�. En vez de decir: �Mujer, pues no te los pongas que yo te quiero igual. ¡No sufras!��.Estética del sufrimiento La parte delantera del pie soporta el 57 por ciento del peso corporal con tacones de 4 centímetros. Dicho porcentaje aumenta hasta el 75 % si la altura de estos alcanza los 6 centímetros.Según un estudio liderado por Rubén Sánchez-Gómez, del Servicio de Podología de la Clínica Cemtro, detrás del hábito de usar tacones de más de tres centímetros se esconde la causa de muchas patologías, las cuales se incrementan si se trata de zapatos de punta estrecha. Los problemas van desde juanetes, lumbalgias, fascitis o tendinitis, daños en la columna, lumbalgias, alteración en los movimientos de la rodilla, lesiones en los tobillos y su uso prolongado puede afectar permanentemente los tendones de la pantorrilla. La desviación ósea y la pérdida de movilidad llevan a tener que recurrir al quirófano.

23/09/2016

Dedicado a una gran familia Barjau

El amor de madre es distinto a los otros amores: No conoce la traición y jamás lastima intencionalmente.

El amor de madre es universal e inalterable. Puede que haya alguna diferencia en la forma, pero la esencia se mantiene.

El amor de madre posee la facultad de multiplicarse sin perder fuerza. No baja con el número de hijos, sube, crece, se desparrama y se riega en cada uno de los vástagos.

El amor de madre no se agota. Puede que se canse de lidiar con la prepotencia infantil, pero el efecto no decae. El sentimiento parece interminable.

El amor de madre no mide consecuencias. Es incondicional por definición y no espera retribuciones. Darían la vida sin pestañear, y prefieren el dolor propio al de los hijos.

23/09/2016

ABOGADO DEL DIABLO

Se dice de todo aquel que discute, pelea o arenga sosteniendo conceptos, ideas o frases a las que tal vez no adhiere pero que le resultan útiles, eficaces u oportunas para salir victorioso de la contienda oral o legal en la que se inmiscuyó. A veces se acude a esta postura al sólo efecto de marcar contradicciones o falencias en el pensamiento o en la ideología de otro, para hacer notar su puntos flojos. Se conocía como Abogado del Diablo (también denominado Promotor de la Fe) al sacerdote doctorado en Derecho Canónigo que intervenía en los procesos de canonización de la Iglesia Católica y que se encargaba de exigir la comprobación de datos fidedignos que pudiesen llevar a una persona a convertirse en santo o en beato. El novelista australiano Morris West (1916-1999) escribió un libro llamado El Abogado del Diablo en 1945. El personaje protagonista es un sacerdote de El Vaticano que fiscaliza un proceso de canonización. Tiempo más tarde, en 1997, la frase también sirvió para titular una película. Los argumentos del libro aquel y del filme son muy disímiles. El personaje del cura, defendiendo aspectos en contra de su creencia se ajusta fielmente al espíritu de la frase popular, en tanto que en la película, Keanu Reeves (1964) es un joven leguleyo que, por azar, se ve enredado en negocios con el mismísimo diablo, interpretado por Al Pacino (1940).

23/07/2016

Divorcio: todo por la pasta

Fotograma de 'La Guerra de los Rose'.
TwitterFacebookEnviar

BEATRIZ GARCÍA MANSO
23/07/2016 15:34The End (el fin). Esas dos palabras rotundas e irrefutables en enormes caracteres góticos The End (el fin). Esas dos palabras rotundas e irrefutables en enormes caracteres góticos presiden el despacho de una de las abogadas especializadas en divorcios más famosas y cotizadas del mundo. A Laura Wasser las estrellas de Hollywood no le pagan 750 euros la hora por andarse con romanticismos ni paños calientes, sino por poner un punto y final, en condiciones ventajosas, a aquello que alguna vez fue un matrimonio con ínfulas de eternidad. No tiene fama de despiadada, pero sí de ser una negociadora implacable a la hora de conseguir el mejor acuerdo para su cliente en el reparto de todo lo salvable de las ruinas del amor: custodias, cuentas, propiedades, negocios, 'royalties'... "En un divorcio nadie gana. Solo puedes pretender alcanzar un buen acuerdo", asegura en su libro 'It Doesn't Have to Be That Way: How to Divorce Without Destroying Your Family or Bankrupting Yourself' ('No tiene por qué ser así: cómo divorciarse sin destruir tu familia y sin arruinarte'). Y por nadie se refiere, suponemos, a ninguno de los miembros de la pareja. Porque a buen recaudo de los vaivenes emocionales, el divorcio en carnes ajenas es un lucrativo negocio para muchos, tal vez incluso mayor que la muy rentable industria de las bodas. En Estados Unidos, donde más del 50% de los matrimonios termina en ruptura, ya se han echado cuentas y se ha vislumbrado el filón. Las estimaciones más conservadoras consideran que es un negocio en torno al cual se mueven unos 50.000 millones de dólares al año; las más optimistas dicen que incluso alcanza los 175.000 millones. En España, el divorcio celebra este verano su 35 aniversario con, a juzgar por las cifras, una salud de hierro. La tasa supera a la americana y se sitúa en torno al 60%: cada cinco minutos se rompe un matrimonio en algún punto de nuestro país, lo que nos coloca como quinta nación del mundo con mayor índice de divorcios. Unas cifras que crecen, además, en cualquier rango de edad; las que se refieren a los mayores de 65 años, por ejemplo, se han duplicado en la última década. Ahí están los casos de Mario Vargas Llosa o Manuel Benítez El Cordobés haciendo borrón y cuenta nueva a los 80. Sin embargo, los números aquí son escurridizos. "Es prácticamente imposible saber lo que mueve el sector", asegura Luis Zarraluqui, que dirige desde hace 30 años Zarraluqui Abogados de Familia, uno de los despachos más prestigiosos y con mayor trayectoria de España. Imposible hacer un recuento de los profesionales especializados porque no existe un registro nacional; inviable también concretar a cuánto asciende la minuta por poner fin al matrimonio, porque los profesionales tienen libertad para establecer las tarifas por sus servicios, que varían en función de cada caso concreto y sus circunstancias. Todo depende de si se hace de mutuo acuerdo o hay que emprender procedimiento contencioso, de si se tramita por internet o de manera presencial, de si se involucra a procuradores o notarios, de si se tienen hijos o no; de si además de la redacción del convenio regulador hay que añadir su negociación y de si hay que proceder a la liquidación del régimen económico matrimonial. Depende, también, del volumen del patrimonio que haya que saldar.

La abogada Laura Wasser tiene un anecdotario con las ruindades de algunos millonarios.

Por establecer la horquilla más amplia posible, podría ir desde unos 400 euros o 500 aproximadamente si se tramita a través de internet y de forma amistosa (el supuesto más económico) hasta varios (incluso muchos) miles de euros cuando el proceso es contencioso y las negociaciones prolongadas y complicadas. "Por eso mismo es muy recomendable que la gente solicite presupuesto (hoja de encargo profesional) previo", recomienda Luis Zarraluqui. Para evitar sorpresas. A la actriz Kelly Rutherford (la madre pija de la serie 'Gossip Girl') la batalla judicial por la custodia de sus hijos tras el divorcio le ha costado, según sus propias palabras, un millón y medio de dólares y la ha sumido en una auténtica crisis financiera. El músico británico Liam Gallagher no reparó en gastos al negociar su divorcio de Nicole Appleton: fichó a la muy reputada y temida baronesa Fiona Shackleton, apodada Magnolia de acero, que factura a mil euros la hora (también representó al príncipe Carlos en su divorcio de Diana y a Madonna cuando se separó de Guy Ritchie) y tanto se enzarzaron las negociaciones que acabó gastando un millón de euros en abogados. Una suma que escandalizó al propio juez, que le reprendió por el gasto "manifiestamente excesivo". Y todo para acabar repartiendo la fortuna de 15 millones a partes iguales. En cualquier caso, los honorarios de abogados, notarios y procuradores no son el único dinero que se mueve en torno a una familia rota. Las separaciones inciden de forma directa en el mercado inmobiliario, por ejemplo, y requieren con frecuencia de otros servicios profesionales como mudanzas, asesores fiscales y contables, consejeros, psicólogos, terapeutas... Empiezan a no ser raras las empresas que ofrecen servicios integrales e incluso 'apps' que facilitan la organización de los gastos y la logística familiar después de la separación. La suma de todo esto es el precio de reconstruir una vida, y no sale barato. De hecho, en Estados Unidos el divorcio ya es la tercera causa de la quiebra de las familias en el país. Otros negocios más frívolos florecen también a imagen y semejanza de la prolífica industria de las bodas: ofertas turísticas específicamente pensadas para divorciados, hoteles donde el todo incluido significa algo así como "entre usted casado un viernes y salga divorciado (y relajado) el domingo", empresas que organizan despedidas de casados al más puro estilo Las Vegas... El filón de la cara B del amor es prometedor porque cada vez nos casamos menos y nos divorciamos más: por cada 10 matrimonios que se celebran en España, se producen siete divorcios. Luis Zarraluqui, que ha sido testigo de muchos, ha llegado a algunas conclusiones. Primera: "Si lo que queremos saber es si los matrimonios (y las parejas) duran ahora más o menos que antes, la respuesta es clara: cada vez menos y a medida que sube el nivel económico de la familia, menos aún. Y eso es válido tanto para España como para la mayor parte del mundo occidental", asegura. La estadística le da la razón, el 52% no supera los cinco años. La segunda conclusión es que los asuntos económicos suelen ser el punto más árido de las negociaciones. "Generalizar es siempre un error pero hay mucha gente que por dinero es capaz de hacer cosas tremendas y que, desde luego, sus parejas no podían llegar a imaginar. Alguien dijo alguna vez que realmente no conoces a tu cónyuge hasta que no te divorcias de él". La cita a la que alude el abogado es de Zsa Zsa Gabor, la actriz casi centenaria a quien, con nueve matrimonios y ocho divorcios, nadie ha conseguido arrebatar el récord. Algo de ello sabrá. Mucho sabe también Laura Wasser, que ha negociado las condiciones de divorcios tan millonarios y mediáticos como los de tres de las hermanas Kardashian, Angelina Jolie, Demi Moore, Melanie Griffith, Maria Shriver o Heidi Klum. Y que, aunque ha hecho de su discreción el sello y la razón de su éxito y no da nombres, recopila en un libro un jugoso anecdotario de ruindades humanas, como la de aquella mujer que el día de San Valentín recibió un ramo de rosas marchitas con la demanda de divorcio clavada en una de sus espinas; o la de una pareja que emprendió toda una cruzada judicial por la custodia de su loro.Cosas de Hollywood y del despecho. Y que nadie piense que los abogados son unos escépticos insensibles. Zarraluqui -que ondea la misma bandera de la discreción, tampoco suelta prenda de sus clientes más célebres de la aristocracia y el papel cuché- asegura creer en el amor, en la confianza ciega... y en los contratos prematrimoniales. "Las primeras por convencimiento y la tercera por lo mucho que aportan a las otras dos. Los recomiendo en todos los casos; al fin y al cabo de lo que se trata es de llegar a acuerdos en relación con un proyecto de vida. Lo sorprendente es que haya muchas parejas que inicien una vida en común, tengan hijos, compren inmuebles, adquieran deudas, dejen trabajos... sin firmarlos".

La abogada Fiona Shackleton con Paul McCartney, quien fue su cliente en 2008.
Aunque rubricar uno de esos contratos es algo frecuente entre las celebrities (y cada vez más entre los de a pie), todavía hay quien prefiere lanzarse al vacío sin paracaídas en pos de la confianza. Cuando los asistentes de Britney Spears se enteraron de que iba a casarse con Kevin Federline no tardaron en concertarle una cita con un organizador de bodas, un joyero y con Laura Wasser que, por supuesto, le recomendó un convenio prenupcial. Spears se negó, tenía 23 años, estaba enamorada y creía que el divorcio era algo que jamás le pasaría a ella. Pero le sucedió, y al cabo de solo dos años. Tampoco quiso ni oír hablar de contratos Paul McCartney, que lo rechazó antes de su boda con la modelo Mills porque le pareció "poco romántico". Acabó pagándole 30 millones de libras, una minucia si se considera que la fortuna del músico está estimada en unos 800. En una de las negociaciones más peliculeras que han llegado a oídos públicos, Heather Mills arrojó un vaso de agua a la cara de la abogada Fiona Shackleton, que defendía los derechos de su ex, encolerizada por lo mucho que había logrado mermar sus ambiciones. Y es así como suele llegar el final del amor. Como un jarro de agua fría.
Los divorcios más caros de España

Hasta la fecha, el récord lo tienen Amancio Ortega y Rosalía Mera, fundadores de Inditex. Se estima que ella, ya fallecida, recibió más de 1.500 millones de euros en 2007. En 1990, Manuel de la Co**ha, responsable de la Bolsa de Madrid y vicepresidente de Ibercorp, se separó de Paloma Altolaguirre, a la que pagó 7,2 millones de euros. Alicia y Esther Koplowitz se casaron con pocos meses de diferencia y se divorciaron el mismo año, 1990. Aunque nunca se publicaron las cifras exactas, se estima que Los Albertos (Alberto Cortina y Alberto Alcocer) recibieron 12 millones de euros y un porcentaje de acciones. Alberto Cortina se casó poco después, en 1991, con Marta Chávarri. Se divorciaron cuatro años más tarde y esta vez le costó a Cortina más de 9 millones de euros y una pensión mensual de 9.000 euros. En 1997, Fernando Fernández Tapias, en pleno romance con Mar Flores, puso fin a su matrimonio con Juana García-Courel desembolsando 12 millones de euros.

24/06/2016

Mandar “a la mierda” por whastapp a tu pareja sentimental, constituye delito leve de injurias en el ámbito familiar

La acción de enviar a tu pareja sentimental un mensaje de Whatsapp con el texto “Vete a la mierda”, constituye un delito leve de injurias/vejaciones del art. 173.4 del Código Penal.
Así lo ha fallado el Juzgado de la Violencia sobre la Mujer número 1 de Granada en una sentencia de fecha 20 de junio de 2016 (sentencia número 50/16, Magistrada señora Cueto Moreno), dada a conocer ayer por Granada Digital.
La sentencia considera acreditado que el acusado, con intención de ofender a su pareja sentimental, le envió a su móvil un mensaje vía Whatsapp en el que le decía “vete a la mierda”.
En el juicio rápido por delito leve abierto por estos hechos, el denunciado reconoció los hechos por lo que la magistrada dictó sentencia de conformidad de las partes con la calificación del Ministerio Fiscal, sin necesidad de celebrar juicio.
Concurrencia de los elementos del delito leve de injurias
La sentencia estima que la conducta del acusado integra el tipo penal del delito leve de injurias/vejaciones previsto en el art. 173.4 CP:
“Tanto la doctrina como la jurisprudencia vienen entendiendo que para la perfección del tipo de injurias/vejaciones han de concurrir los siguientes elementos:
a) Uno de carácter objetivo, comprensivo de las acciones o expresiones que lesionan la dignidad de la persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
b) Otro de índole subjetiva, acusadamente intencional, en cuanto que aquellas frases o actitudes han de responder al propósito específico de ofender, vilipendiar, desacreditar, vejar, menospreciar, escarnecer, etc. a la persona destinataria de ellas o a la que vienen referidas, animus iniuriandi, en suma, que representa el elemento subjetivo del injusto y que soporta la infracción injuriosa.
c) El tercer elemento, complejo y circunstancial, aglutina cuantos factores o datos personales, de ocasión, lugar, tiempo, forma, etc., (la naturaleza, efectos y circunstancias a que hace referencia nuestro Código) que valorativamente apreciados contribuyan, de una parte, a esclarecer la verdadera intención o propósito que animaba al sujeto proferidor de la ofensa, y, de otra, coadyuven a determinar la importancia y magnitud de la misma.”
Condena al mínimo legalmente previsto
La sentencia concluye que, atendiendo a las circunstancias en las que se produce el delito, el contexto en que tuvieron lugar los hechos, y que la víctima se haya comprendida entre las personas a las que hace referencia el artículo 173.2 del Código Penal (cónyuge o persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia), se considera adecuada una pena de localización permanente de cinco días en domicilio alejado y diferente del de la víctima, que es la mínima prevista para este delito leve

02/05/2016

Querido compañero nunca te olvidaremos:

LA DESESPERACIÓN.

Me gusta ver el cielo
con negros nubarrones
y oír los aquilones
horrísonos bramar,
me gusta ver la noche
sin luna y sin estrellas,
y sólo las centellas la tierra iluminar.

Me agrada un cementerio
de mu***os bien relleno,
manando sangre y cieno
que impida el respirar,
y allí un sepulturero
de tétrica mirada
con mano despiadada
los cráneos machacar.

Me alegra ver la bomba
caer mansa del cielo,
e inmóvil en el suelo,
sin mecha al parecer,
y luego embravecida
que estalla y que se agita
y rayos mil vomita
y mu***os por doquier.

Que el trueno me despierte
con su ronco estampido,
y al mundo adormecido
le haga estremecer,
que rayos cada instante
caigan sobre él sin cuento,
que se hunda el firmamento
me agrada mucho ver.

La llama de un incendio
que corra devorando
y mu***os apilando
quisiera yo encender;
tostarse allí un anciano,
volverse todo tea,
y oír como chirrea
¡qué gusto!, ¡qué placer!

Me gusta una campiña
de nieve tapizada,
de flores despojada,
sin fruto, sin verdor,
ni pájaros que canten,
ni sol haya que alumbre
y sólo se vislumbre
la muerte en derredor.

Allá, en sombrío monte,
solar desmantelado,
me place en sumo grado
la luna al reflejar,
moverse las veletas
con áspero chirrido
igual al alarido
que anuncia el expirar.

Me gusta que al Averno
lleven a los mortales
y allí todos los males
les hagan padecer;
les abran las entrañas,
les rasguen los tendones,
rompan los corazones
sin de ayes caso hacer.

Insólita avenida
que inunda fértil vega,
de cumbre en cumbre llega,
y arrasa por doquier;
se lleva los ganados
y las vides sin pausa,
y estragos miles causa,
¡qué gusto!, ¡qué placer!

Las voces y las risas,
el juego, las botellas,
en torno de las bellas
alegres apurar;
y en sus lascivas bocas,
con voluptuoso halago,
un beso a cada trago
alegres estampar.

Romper después las copas,
los platos, las barajas,
y abiertas las navajas,
buscando el corazón;
oír luego los brindis
mezclados con quejidos
que lanzan los heridos
en llanto y confusión.

Me alegra oír al uno
pedir a voces vino,
mientras que su vecino
se cae en un rincón;
y que otros ya borrachos,
en trino desusado,
cantan al dios vendado
impúdica canción.

Me agradan las queridas
tendidas en los lechos,
sin chales en los pechos
y flojo el cinturón,
mostrando sus encantos,
sin orden el cabello,
al aire el muslo bello...
¡Qué gozo!, ¡qué ilusión!

14/01/2016

Un Juzgado no aprecia la eximente de estado de necesidad por intentar robar una gallina para comer


433041
El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a nueve meses de prisión a un hombre de 37 años y natural de Senegal por un delito de robo con intimidación en grado de tentativa después de que entrara en un corral y matara con una navaja a una gallina, según él, para comérsela; momento en el que fue sorprendido por el hijo del dueño a quien apuntó con el arma antes de huir del lugar sin llevarse el animal.

Los hechos
Según indica la sentencia, sobre la que cabe recurso de reforma ante la Audiencia Provincial, los hechos tuvieron lugar en Vícar el 9 de diciembre, cuando el acusado saltó una valla para acceder al corral donde se encontraban las aves. Una vez dentro, cogió una gallina y la mató con una navaja, si bien fue sorprendido por el hijo del propietario, quien le recriminó su acción.

En este sentido, el acusado "señaló" con la navaja a la víctima, quien esgrimió un palo para defenderse ante un posible ataque del invasor, quien finalmente soltó el pollo y huyó de allí por el mismo lugar por el que había llegado.

La víctima declaró en sala que vio como el hombre entró el corral, cogió una gallina y se agachó para ocultarse, de forma que en el momento en el que le reclamó el animal al acusado, éste le señaló con la navaja y solo le dijo "mía". Así, tras coger un palo e instarle a que depusiera su actitud, el acusado dejó la gallina ya mu**ta y se fue.

El hombre, que fue arrestado posteriormente por la Policía Local de Vícar y estuvo dos días detenido por estos hechos, no compareció en el juicio, aunque sí declaró ante el juez instructor que se introdujo en la finca y mató a la gallina "para comer", a la vez que negó haber amenazado a la víctima con el arma.

Escasa intimidación ejercida
No obstante, el juez destaca la versión "creíble" y "persistente" del perjudicado en cuanto a que el acusado le señaló con la navaja, que fue hallada en posesión del mismo cuando fue detenido por el agente de policía, para calificar los hechos como de un robo con intimidación en grado de tentativa.

Aunque el magistrado Manuel José Rey rebaja la pena inicial de un año y tres meses solicitada por la Fiscalía por la "escasa intimidación ejercida" por el acusado, no aprecia la eximente de estado de necesidad que argumentó la defensa al ver insuficiente la versión prestada en la fase de instrucción, que no pudo ratificarse durante la vista oral ya que el acusado no se presentó.

El juez condena también al acusado al pago de 12 euros por el valor del animal y de otros 70 euros más por los daños ocasionados en la valla que atravesó para llegar al corral.

Cuándo se aplica la eximente de estado de necesidad
No disponemos del texto de la sentencia, por lo que desconocemos las circunstancias que valora el tribunal para rechazar la aplicación de la eximente de estado de necesidad, aunque, en definitiva, el juez condena al acusado, que no se presentó en la vista oral, al no otorgar verosimilitud a su versión de los hechos.

Dicho estado de necesidad ha sido definido por la doctrina como un estado de peligro actual para los intereses legítimos que solo puede ser conjurado mediante la lesión de intereses legítimos de otro. Necesidad que ha de estar presidida por los principios de "necesidad, proporcionalidad o idoneidad y subsidiariedad".

El llamado “hurto o robo famélico”, se produce cuando el autor del hecho punible actúa impulsado por un estado de necesidad, pues el CP le exime de responsabilidad criminal en su art. 20.5, siempre que el mal causado no sea mayor del que se trata evitar (proporcionalidad), que el sujeto que obre en ese estado de necesidad no haya provocado intencionadamente tal situación, y que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.

En ampliación de los requisitos jurídicos antes dichos y refiriéndose a las situaciones de estrechez económica la jurisprudencia viene exigiendo “no sólo acreditar cumplidamente la situación de necesidad sino justificar que se ha acudido a las instituciones de protección social y que no existe otro modo menos lesivo para hacer frente a una situación de necesidad angustiosa” (AP de Madrid, Sección 1ª, Sentencia 440/2015 de 5 Nov. 2015, Rec. 1237/2015).

Que no se trate de mera estrechez económica, más o menos agobiante; que se prevé que se han agotado todos los recursos que la esfera personal, profesional y familiar podido utilizar (AP de Madrid, Sección 2ª, Sentencia 466/2015 de 27 May. 2015, Rec. 615/2015)

Con ese mismo argumento, no agotar todas las vías o medidas sociales previstas, rechaza también la AP de Madrid (Sección 23ª, Sentencia 697/2015 de 20 Oct. 2015, Rec. 1489/2015) la apreciación de la eximente en un supuesto ocupación de inmueble y de defraudación de fluido eléctrico por una familia con cuatro hijos que no tienen dónde vivir y que aportan un informe de los Servicios Sociales, que intervienen porque no tienen ingresos para poder sobrevivir.

Argumenta la AP en la sentencia: «No existe ninguna prueba documental de este hecho, sino que, al parecer, los acusados junto con sus hijos menores se instalaron en la finca para poder vivir en la misma, sin la autorización correspondiente del dueño y, como decimos, sin que hubiera agotado anteriormente todas las posibilidades de conseguir una vivienda por los cauces legales adecuados para ello, de tal forma que no podemos afirmar que se hubiera llegado a la existencia de un verdadero conflicto de intereses, en el que ciertamente podría caber la posibilidad de que el mismo se resolviera en favor de una determinada conducta, incluso de carácter delictivo. Simplemente, los acusados tomaron la iniciativa desde el primer momento de ocupar ilegalmente la finca sin pedir permiso a su dueño y eso constituye el delito previsto y penado en el artículo 245.2 del Código Penal».

-EUROPA PRESS

Dirección

Madrid
28008

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Cobos Cardiel Abogados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Cobos Cardiel Abogados:

Compartir