Sayar & Asociados

Sayar & Asociados Asesoría integral a empresas y particulares para las áreas del tráfico jurídico, mercantil, fiscal, contable y laboral.

Desde 1985 Sayar & Asociados viene prestando servicios de asesoramiento integral a empresas y particulares desde su equipo de profesionales del Derecho y la Economía con sólida formación en las áreas del tráfico jurídico, mercantil, fiscal, contable y laboral.

16/02/2016

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo permitirá reducir la cuantía de los impuestos que pagan los contribuyentes por la ganancia patrimonial...

10/02/2016

La guarda y custodia queda en manos de la madre, en contra de lo establecido por la Audiencia de Vizcaya. La sentencia dice que para que haya custodia compartida debe existir "una relación de mutuo respeto". El padre fue condenado por amenazas y violencia de género.

10/02/2016

El proyecto para obligar a las grandes empresas a informar de todas sus facturas emitidas y recibidas en tiempo real ha quedado paralizado. Estaba previsto poner en marcha un plan piloto este año y que la medida entrara en vigor en enero de 2017.

26/01/2016

Casi el 40% de las empresas tiene en la nube entre el 5% y el 19% de su tecnología, y un 28,9% solo el 5%, según un informe de Penteo, que apunta que menos del 19% tiene definida y aplica una estrategia en este campo.

26/01/2016

El Tribunal Supremo considera abusivas 32 cláusulas de contratos hipotecartios de BBVA y Banco Popular, tras una acción colectiva interpuesta por la OCU. La sentencia exige modular, en función de la duración y cuantía de una hipoteca, las cláusulas de vencimiento anticipado, que facultan a la entida…

19/01/2016

La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra España por el régimen sancionador y la imprescriptiblidad que contempla a la obligación de declarar los bienes en el extranjero.

18/01/2016

INSTRUCCIONES EN RELACION CON LAS SOCIEDADES CIVILES COMO CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Dichas Instrucciones las podemos resumir en lo siguiente:

Primero.- En este tema lo verdaderamente importante es la personalidad jurídica.

Segundo.- Si una entidad manifiesta que es sociedad civil ante la AEAT cuando va a solicitar el NIF, se considera que sus pactos no son secretos, por lo que tendrá a estos efectos personalidad jurídica y, si tiene objeto mercantil, será un contribuyente del Impuesto sobre Sociedades y se le otorgará un NIF “J”, de sociedad civil.

Tercero.- Si no se manifiesta como sociedad civil, esto es, se manifiesta por ejemplo como herencia yacente, comunidad de bienes u otra entidad sin personalidad jurídica del artículo 35.4 de la LGT, se considera que tienen voluntad de mantener los pactos secretos, no tendrá personalidad jurídica, no será contribuyente del Impuesto sobre Sociedades (tributará en régimen de atribución de rentas y se le otorgará un NIF “E”, cualquiera que sea su denominación (comunidad de bienes, herencia yacente u otro).

Cuarto.- Se entiende que una sociedad civil no tiene objeto mercantil, y por lo tanto no será contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, cuando realice actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y profesionales, entendiendo por profesionales las realizadas por entidades constituidas al amparo de la ley 2/2007 de Sociedades Profesionales.

Quinto.- Se va a proceder a modificar la Orden Ministerial de composición del NIF, Orden EHA/451/2008, dejando la clave “E” para herencias yacentes, comunidades de bienes y otros entes sin personalidad jurídica, y la clave “J” para todas las sociedades civiles.

Desde luego tenemos que felicitarnos de que este confuso asunto se haya encauzado tal y como propusimos desde el Consejo General de Economistas a través del REAF-REGAF.

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