29/04/2024
✨RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXEPCIONALES - ARRAIGO SOCIAL -SIN CONTRATO DE TRABAJO✨
La residencia por arraigo social se puede presentar con exención de contrato de trabajo, siempre que se acredite medios económico de:
✅ Familiares: En el caso de que sea el cónyuge quien cuente con los medios económicos, se deberá aportar contrato de trabajo y nóminas, resto de recursos, incluido saldos bancarios, declaración de la renta, propiedades que garanticen al menos el 100% de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital = para el 2024 unos 604,21€/mes = 7250,52€ anuales.
✅ O por contar con recursos propios, el informe de arraigo se emitirá teniendo en cuenta la duración del permiso, se deberá cubrir renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital = para el 2024 unos 6604,21€/mes = 7250,52€ anuales, por ejemplo se puede aportar saldo de cuenta bancaria, o propiedades en alquiler.
En ambos casos previamente se realizará el informe de arraigo social
Más información:
📲 656 79 89 70
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📍 Calle mayor, Madrid