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Eban Abogados EXTRANJERIA, RECURSOS CONTENCIOSOS
FAMILIA, DIVORCIOS, LABORAL, CIVIL, HIPOTECARIO, BANCA, EMPRESAS, CONSUMO, TRAFICO, PENAL. PRIMERA CONSULTA GRATUITA.

Despacho de abogados con 15 años de experincia en EXTRANJERIA, Derecho laboral, matrimonial, familia, sucesiones, empresas, comercio internacional, tráfico, Derecho Administrtivo. La PRIMERA CONSULTA es GRATUITA (free first advise), y nuestras tarifas son LOW COST. Damos SOLUCIONES INMEDIATAS, a tus problemas de una manera eficaz.

2025 Cierra.2026 Abre.Que lo que empiece ahoratenga fuerza para sostenerse.What begins now must be strong enough to last...
27/12/2025

2025 Cierra.
2026 Abre.
Que lo que empiece ahora
tenga fuerza para sostenerse.
What begins now must be strong enough to last.

En estas fechas,El trabajo serio continúa.At this time of year,Serious work continues.
23/12/2025

En estas fechas,
El trabajo serio continúa.
At this time of year,
Serious work continues.

No esperamos premios.Construimos resultados.
22/12/2025

No esperamos premios.
Construimos resultados.

Mientras otros celebranaquí seguimos trabajando con normalidad.La ética no entiende de fechas.
21/12/2025

Mientras otros celebran
aquí seguimos trabajando
con normalidad.
La ética no entiende de fechas.

No Presume. Funciona.No show. It works.
15/12/2025

No Presume. Funciona.
No show. It works.

17/01/2017

http://blog.ebanabogados.com/gastos-formalizacion-hipoteca

No regales a tu Banco los gastos de formalización de tu hipoteca. ¡Reclámalos! La mayoría de las entidades financieras han obtenido retornos o rapeles de las tasadoras y gestorías. Ello supone un sobrecoste que se ha repercutido al cliente, agravando el carácter abusivo de esta práctica.Al firmar tu...

SOLICITUD DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA ELECTRÓNICA.El Ministerio de Justicia ha suscrito un convenio con el Consejo Ge...
20/07/2016

SOLICITUD DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA ELECTRÓNICA.

El Ministerio de Justicia ha suscrito un convenio con el Consejo General de Gestores Administrativos, para que a partir de ahora se pueda tramitar la nacionalidad por residencia utilizando solicitudes electrónicas, mediadas por los Gestores Administrativos competentes para el caso.

Se procederá a poner en disposición de los colegios profesionales los medios informáticos necesarios para llevar a cabo dicha tarea. Será labor del Consejo, a través de sus colegiados profesionales, comprobar la adecuación de las solicitudes, de los archivos adjuntos, así como, de su autenticidad.

Por lo que ahora respecta, los ciudadanos pueden optar por presentar la solicitud de forma física en los Registros Civiles y las Oficinas de la Administración General del Estado, o bien, realizar la solicitud online en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Desde nuestro despacho te recordamos, que no es necesario realizarlo exclusivamente por el interesado, sino que también puedes contar con tu representante legal para la tramitación de la nacionalidad por residencia.

Se trata pues en este caso de un avance en la modernización de los procedimientos y agilización de los trámites,ya que era un problema del que acusaban reiteradamente los ciudadanos que se encuentran incursos o se encontraron incursos en este trámite en algún momento.

La implantación de este convenio no supondrá ningún cargo extra para el Ministerio de Justicia ni para el ciudadano.

Si deseas más información puedes acudir a:

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/nacionalidad-residencia

Trámites y gestiones personales Nacionalidad por residencia

LA IGNORANCIA DE LA LEY, ¿ME EXIME DE SU CUMPLIMIENTO?Puesto revuelo mediático acontecido estos pasados días por la sent...
12/07/2016

LA IGNORANCIA DE LA LEY, ¿ME EXIME DE SU CUMPLIMIENTO?

Puesto revuelo mediático acontecido estos pasados días por la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, en la que se condena al astro argentino Lionel Messi a 21 meses de prisión más una multa de carácter dineraria por sus delitos contra la Hacienda Pública, concretamente tres delitos de fraude fiscal. Vamos a proceder a tratar el caso Messi y los problemas relacionados con el desconocimiento de la ley.

El argumento de Messi ante los hechos, ha sido de manera reiterada que este contrató a unos abogados y estos, junto con su padre, eran los encargados de la gestión de sus obligaciones económicas. Por lo que en ningún momento fue conocedor de los hechos que acontecían.

Sin embargo, el jugador de fútbol se encontraba en una posición preferente para conocer los hechos, y su firma aparece en todos los documentos relacionados con el fraude. Por lo que el Tribunal recuerda que "la persona que no quiere conocer voluntariamente el origen de los efectos sobre los que actúa, puede afirmarse que conoce [su] origen delictivo, pues con su acto de negar las fuentes de conocimiento se está representando la posibilidad de ilegalidad de su actuación.”

Lionel, a su vez disponía de medios rápidos, fiables y ordinarios para conocer la gestión de sus derechos de publicidad e imagen (motivo del fraude), y bastaba con preguntar a sus abogados acerca de la gestión para conocerlos. Por lo que el Tribunal concluye que aquel que trata de eludir la norma acusando de una ignorancia "deliberada", no puede resultar beneficiado por ello.

Extrapolando el caso a un ciudadano cualquiera, concretar que es importante saber que "la ignorancia de la ley, no exime de su cumplimiento". Tanto si nuestras gestiones económicas son tramitadas a través de terceros o bien somos nosotros mismos los encargados de ello, nuestra labor es saber qué consecuencias legales tendrán nuestros actos, por ejemplo, la firma de un documento tributario sin conocer su contenido o similar (como alegaba Messi). Finalmente, somos los responsables principales y obligados tributarios ante Hacienda.

Desde nuestro despacho te recomendamos, que estés en contacto con tu abogado de confianza, y realices un seguimiento periódico de tus gestiones económicas, incluso cuando no seas tu mismo el encargado de llevarlas a cabo, y hayas cedido mediante consentimiento esa gestión. Además, solicitar la información legal actualizada a tu abogado, ya que este seguramente no tendrá ningún problema en mantenerte al tanto de la legislación y sus efectos, y por ende de tus actividades económicas.

Si quieres leer el artículo completo, puedes consultar:
http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/11190-caso-messi:-la-ignorancia-deliberada-de-los-hechos-que-afectan-a-una-persona-no-excluye-su-responsabilidad-criminal-por-los-mismos/

30/06/2016

RECIBO UNA NOTIFICACION POR CORREO DE TRAFICO O HACIENDA. ¿Es obligatorio recogerla?
Una de las cuestiones que más nos preocupan es cuando nos llega a casa una notificación por correo certificado provedente de un organismo oficial. ¿Tenemos la obligación de recogerla?
Como ciudadanos en principio se supone que tenemos el deber cívico de colaborar con la Administración y recoger las notificaciones, pero también tenemos la facultad de NO HACERLO.
Desde el momento en que nos hacemos cargo de una notificación, comienzan a correr los plazos para recurrir o formular alegaciones, y ello puede suponer un problema si no contamos con el asesoramiento adecuado. Cualquier abogado apreciará disponer del mayor plazo posible para realizar cualquier actuación.
Si no nos hacemos cargo de la notificación, el funcionario de Correos nos entregará un aviso donde nos indicará un plazo para acudir a la Oficina de Correos más próxima a recoger la notificación. (siete o 15 días naturales, según los casos). Nuestro consejo, es que, antes de recoger la notificación, asegurarse de que tu letrado de confianza se encuentra disponible para atender el asunto.
En cualquier caso, debemos recordar que en último término, el Boletín Oficial del Estado es el tablón edictal único para todas las Administraciones, por lo que, hasta que no se produzca la publicación del acto en el BOE, el acto no se da por notificado, circunstancia que a veces se demora con el tiempo, algo que conviene tener en cuenta, y que puede ser determinante para lograr por ejemplo la prescripción de sanciones o caducidad de procedimientos. Sin duda tu abogado, dependiendo del caso particular, te asesorá sobre lo que más te convenga.

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