05/10/2026
⚖️ Una empleadora deberá abonar 700 euros a una trabajadora interna por pagarle un salario inferior al sueldo mínimo legal.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a una empleadora a pagar 700 euros brutos a su exempleada del hogar interna. La resolución judicial confirma que la trabajadora cobró retribuciones por debajo del Salario Mínimo Interprofesional durante los meses en los que prestó sus servicios.
La mujer comenzó su labor como interna en diciembre de 2021, con un sueldo de 900 euros al mes en metálico sin pagas extraordinarias. La dueña de la vivienda no formalizó ningún contrato laboral, no tramitó el alta en la Seguridad Social y la empleada carecía de papeles. Su cese se comunicó en junio de 2022 mediante WhatsApp, una decisión que los juzgados declararon formalmente improcedente.
Tras aquel fallo, la trabajadora abrió un nuevo pleito para reclamar 19.985 euros por horas extraordinarias, 600 euros de viajes y dietas adicionales. La primera sentencia solo reconoció la deuda de 700 euros por salario mínimo, desestimando de forma íntegra el resto de las pretensiones económicas. Ante esta negativa, la demandante recurrió al tribunal autonómico al entender que se habían vulnerado sus derechos y la normativa del servicio doméstico.
El tribunal madrileño desestimó la reclamación al advertir que el recurso incurría en “hacer supuesto de la cuestión”. Los magistrados explicaron que la demandante intentaba aplicar normativas sobre hechos que jamás quedaron demostrados en la fase de juicio oral. La resolución detalla que no existían justificantes de desplazamientos, ni constaba un pacto retribuido de secreto, ni se probó una jornada superior a la pactada.
El tribunal autonómico ratifica así la sentencia previa y limita la obligación de pago de la empleadora a los 700 euros adeudados. Con este pronunciamiento judicial en suplicación, se cierra la vía para percibir indemnizaciones adicionales por supuestas horas extraordinarias no acreditadas.