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Nueva sentencia clave del Tribunal Supremo sobre las comisiones de apertura en hipotecas.Durante años se ha discutido si...
23/03/2026

Nueva sentencia clave del Tribunal Supremo sobre las comisiones de apertura en hipotecas.
Durante años se ha discutido si estas comisiones eran abusivas. Ahora el Supremo vuelve a insistir en algo muy importante:
- No hay una respuesta única.
Cada caso debe analizarse individualmente.
En esta sentencia, el Tribunal distingue:
Comisiones válidas: Cuando están claramente explicadas, se cobran una sola vez, no se duplican y su importe es razonable.
Comisiones abusivas: Cuando son desproporcionadas en relación con el importe del préstamo.
En el caso concreto, el Supremo considera válidas dos comisiones del 1%, pero declara abusiva otra del 1,7% por ser excesiva.

¿Qué significa esto en la práctica?
Que no todas las comisiones de apertura se pueden reclamar automáticamente.
Pero tampoco todas son válidas.
La clave está en analizar:
– Cómo está redactada la cláusula
– Si fue transparente
– Y si el importe es proporcionado

Esta sentencia refuerza una idea esencial: en derecho bancario no existen soluciones automáticas.
Cada hipoteca es distinta y requiere un estudio detallado para determinar si hay abusividad o no.
En nuestro Despacho analizamos cada caso con precisión, valorando la viabilidad real de la reclamación, para ofrecer una respuesta clara, honesta y eficaz.
Porque no se trata de reclamar por reclamar, sino de hacerlo con criterio.

Muchas empresas asumieron como definitiva la liquidación del IAE de 2020. Esta sentencia demuestra que, en determinados ...
21/02/2026

Muchas empresas asumieron como definitiva la liquidación del IAE de 2020. Esta sentencia demuestra que, en determinados supuestos, aún puede existir margen jurídico.
Cada caso debe analizarse individualmente:
Tipo de actividad
Grado de paralización (total o parcial)
Actuaciones previas frente a la liquidación
Si tu empresa sufrió un cierre obligatorio y no se revisó el IAE, conviene estudiar la situación.
En materia fiscal, lo firme no siempre es inamovible cuando la equidad lo exige.

El Tribunal Supremo ha aclarado una cuestión muy relevante para trabajadores y empresas.Si una persona cumple los requis...
18/02/2026

El Tribunal Supremo ha aclarado una cuestión muy relevante para trabajadores y empresas.
Si una persona cumple los requisitos legales para acceder a la jubilación parcial, eso no significa que tenga un derecho automático a obtenerla. La empresa debe aceptar la solicitud.
En el caso analizado, el convenio colectivo decía que se “procurará facilitar” la jubilación parcial. Pero el Supremo señala que eso no equivale a imponer una obligación. Si el convenio no obliga expresamente a concederla, es necesario que ambas partes estén de acuerdo.
En definitiva: la jubilación parcial requiere negociación, no es una decisión unilateral del trabajador.
¿Qué implica esto en la práctica?
Cada caso debe analizarse con detalle:
– Qué dice exactamente el convenio colectivo.
– Qué condiciones económicas y organizativas concurren.
– Si la negativa empresarial puede considerarse ajustada a Derecho.

En nuestro Despacho estudiamos cada situación con rigor para ofrecer una respuesta clara y estratégica, tanto si eres trabajador como si eres empresa. Porque en materia laboral, una buena decisión empieza siempre por un buen asesoramiento.

Cuando una empresa recibe ayudas públicas que la Unión Europea considera ilegales, el Estado está obligado a recuperar e...
06/02/2026

Cuando una empresa recibe ayudas públicas que la Unión Europea considera ilegales, el Estado está obligado a recuperar ese dinero de forma inmediata.
🔍 ¿Qué ha dicho ahora el Tribunal Supremo?
Que la devolución no se suspende automáticamente por presentar un recurso.
Si la empresa quiere paralizar el pago mientras se resuelve el proceso judicial, debe garantizar el 100 % del importe, ingresándolo en la Caja General de Depósitos.
⚖️ ¿Es esto legal según la UE?
Sí. El Supremo confirma que esta exigencia:
Cumple el Derecho de la Unión Europea
Garantiza que las ayudas ilegales se recuperen de forma eficaz
No vulnera la tutela judicial efectiva
💡 Idea clave
En materia de ayudas de Estado, la prioridad es devolver el dinero, y solo después discutirlo en los tribunales.
📌 Conclusión práctica
Si una empresa quiere suspender la devolución de una ayuda pública ilegal, debe avalar o depositar el importe íntegro, aunque esté impugnando la decisión.

El Tribunal Supremo ha explicado que las empresas tecnológicas que dan soporte informático a las casas de apuestas sí de...
03/02/2026

El Tribunal Supremo ha explicado que las empresas tecnológicas que dan soporte informático a las casas de apuestas sí deben pagar IVA, aunque su trabajo sea esencial para que el juego funcione.
¿Por qué?
Porque no son ellas quienes organizan el juego ni asumen el riesgo económico.
La relación con el jugador y el pago de los premios corresponde exclusivamente a la casa de apuestas.
Aunque el software sea imprescindible, se trata de un servicio adicional, no de una actividad de juego en sí.
🔍 En resumen:
✔️ La exención de IVA es solo para quien organiza el juego
❌ No se extiende a servicios técnicos o tecnológicos externos
Una sentencia que aporta claridad y evita interpretaciones abusivas de las exenciones fiscales.

Cuando cambia la custodia de un hijo, el Tribunal Supremo aclara desde cuándo debe pagarse la pensión de alimentos.- Si ...
30/01/2026

Cuando cambia la custodia de un hijo, el Tribunal Supremo aclara desde cuándo debe pagarse la pensión de alimentos.
- Si se fija una nueva pensión porque el menor pasa a convivir con el otro progenitor, los alimentos se devengan desde la demanda o desde el momento en que se acredita el cambio de convivencia.
- Si no está claro cuándo se produjo ese cambio, el criterio correcto es fijar el inicio desde el auto de medidas provisionales.


Estamos en León, C/ La Rúa, 6 y en Valencia de Don Juan, Avda. Mayorga, 13

Un juzgado declara nula por abusiva la cláusula que prohíbe acceder a un festival con comida o bebida del exterior y que...
22/01/2026

Un juzgado declara nula por abusiva la cláusula que prohíbe acceder a un festival con comida o bebida del exterior y que, en la práctica, obliga al consumidor a consumir dentro del recinto.
La sentencia recuerda que la actividad esencial del evento es la musical, y que los servicios de restauración son accesorios. Impedir la entrada de alimentos durante un evento de larga duración supone imponer un servicio complementario no solicitado, en contra de la normativa de protección de consumidores.
Además, el tribunal rechaza que la prohibición esté justificada por razones de seguridad o trazabilidad alimentaria, al no resultar coherente ni proporcionada.
Conclusión:
No todo vale bajo el llamado “derecho de admisión”.
Las condiciones generales también deben respetar los derechos de los consumidores.

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Consternados por lo acontecido en Adamuz. Nuestro corazón y nuestros rezos, están con las víctimas y con sus familias. D...
19/01/2026

Consternados por lo acontecido en Adamuz.
Nuestro corazón y nuestros rezos, están con las víctimas y con sus familias. D.E.P.
Deseamos una pronta recuperación a los heridos.
Y enviamos nuestra fuerza a todos los efectivos.
Y nuestra mas profunda admiración, como siempre, a todas las personas anónimas, que están ayudando. 🖤

Indemnización por daño moral y vulneración de derechos fundamentales: El Tribunal Supremo  reitera su doctrina sobre cóm...
19/01/2026

Indemnización por daño moral y vulneración de derechos fundamentales:
El Tribunal Supremo reitera su doctrina sobre cómo debe cuantificarse la indemnización por daño moral cuando existe vulneración de derechos fundamentales en el ámbito laboral.
Tres claves esenciales:
- Flexibilización probatoria
Dada la dificultad de concretar económicamente el daño moral, los tribunales deben flexibilizar las exigencias probatorias y cuentan con un amplio margen de discrecionalidad para fijar la cuantía.
- Criterio orientador de la LISOS
Es válido utilizar como referencia orientativa las sanciones previstas en la LISOS para infracciones muy graves por vulneración de derechos fundamentales. No se aplican de forma automática, pero sirven para equilibrar la función resarcitoria y preventiva de la indemnización.
- Atención a las circunstancias del caso
La cuantía debe modularse atendiendo, entre otros factores, a:
antigüedad del trabajador,
duración e intensidad de la vulneración,
consecuencias personales o sociales,
posible reincidencia,
contexto de la conducta y actitud empresarial.

⚖️ Conclusión clave
Cuando el daño moral es difícil de cuantificar, el órgano judicial está obligado a fijar prudencialmente la indemnización, aunque el demandante no haya concretado su importe, para garantizar una tutela efectiva del derecho fundamental vulnerado.

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La Sala de lo Social del TSJ de Murcia analiza si el centro educativo debía responder por las lesiones sufridas por una ...
15/01/2026

La Sala de lo Social del TSJ de Murcia analiza si el centro educativo debía responder por las lesiones sufridas por una docente durante una pelea entre alumnos.
El tribunal razona que:
- El daño derivó de una intervención voluntaria de la trabajadora.
- La pelea entre alumnos fue un episodio marginal y esporádico, no inherente a la actividad educativa ordinaria.
- La ausencia de un protocolo específico para este tipo de situaciones no implica automáticamente negligencia empresarial.
- El colegio contaba con medidas preventivas razonables y no podía exigírsele una protección absoluta frente a cualquier contingencia.
La sentencia rechaza una responsabilidad objetiva del empleador y recuerda que la prevención debe evaluarse con criterios de razonabilidad, no de resultado.

👉 No hay responsabilidad empresarial cuando el daño no es evitable ni imputable a una conducta culposa del empleador.

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La sentencia analiza un supuesto de fraude en la percepción de pensión de viudedad, basado en la ocultación consciente d...
12/01/2026

La sentencia analiza un supuesto de fraude en la percepción de pensión de viudedad, basado en la ocultación consciente de un hecho relevante: la celebración de un nuevo matrimonio.
El Tribunal Supremo declara que:
La celebración válida del matrimonio canónico, aunque no se inscriba en el Registro Civil, constituye un hecho jurídico relevante que debe comunicarse a la Seguridad Social.
La omisión deliberada de dicha comunicación, con la finalidad de seguir percibiendo la prestación, integra un delito continuado contra la Seguridad Social.
Resulta especialmente relevante que el tribunal valore el conjunto probatorio: expediente matrimonial, declaración del sacerdote, fotografías, celebración posterior y existencia de hijas comunes, descartando cualquier apariencia de simulación.
La consecuencia es clara:
✔️ obligación de devolver todas las cantidades indebidamente percibidas desde la fecha del matrimonio,
✔️ y confirmación de la responsabilidad penal.

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La sentencia analiza un supuesto de responsabilidad civil por accidente de tráfico en el que concurren infracciones por ...
08/01/2026

La sentencia analiza un supuesto de responsabilidad civil por accidente de tráfico en el que concurren infracciones por ambas partes.
La Audiencia Provincial considera probado que:
La ciclista accedió al paso de peatones sin prioridad, incumpliendo la señalización y sin apearse, lo que rompe la presunción de prioridad del peatón.
El conductor, aun teniendo preferencia, no extremó la diligencia exigible, al no reducir la velocidad ni detener el vehículo ante una situación de riesgo visible.
Desde el punto de vista jurídico, el tribunal aplica la doctrina de la culpa concurrente, lo que permite:
moderar o repartir la responsabilidad, y
reducir la indemnización en proporción a la conducta de cada interviniente.
La resolución refuerza una idea clave:
👉 el paso de peatones no otorga prioridad automática a los ciclistas, y
👉 los conductores deben anticiparse y actuar con prudencia ante usuarios vulnerables.


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