Abogada Davinia Garcia Rivero

Abogada Davinia Garcia Rivero Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Abogada Davinia Garcia Rivero, Abogado y bufete de abogados, Las Palmas de Gran Canaria.

31/07/2017

Ya llegaron las vacaciones...¿problemas con tu vuelo de avión?

Si sufres retrasos, cancelaciones, denegación de embarque, cambios de clase a una inferior, pérdida o demora en el equipaje, como pasajero tienes entre otros derechos el derecho a ser compensando con cantidades que van desde los 125 euros a los 600 euros, dependiendo de la distancia del vuelo y del tiempo de retraso. En el caso de cambio de clase a una inferior a un porcentaje del billete adquirido. Y en el caso del equipaje si han pasado 21 días hasta unos 1.300 euros.

Contacta con nosotros y reclamaremos tus derechos como pasajero.

10/02/2017

Reclamación de Clausulas Suelo:
El Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de Medidas Urgentes de protección de consumidores en materia de Cláusulas Suelo, publicado el 21 de enero de 2017, tiene como objeto el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.
Los consumidores que tengan clausulas suelo a que se refiere el real decreto-ley incluidas en sus contratos pueden acogerse al mismo, realizando una reclamación previa, regulada en el artículo 3 de dicha norma.
Artículo 3 Reclamación previa
1. Las entidades de crédito deberán implantar un sistema de reclamación previa a la interposición de demandas judiciales, que tendrá carácter voluntario para el consumidor y cuyo objeto será atender a las peticiones que éstos formulen en el ámbito de este real decreto-ley. Las entidades de crédito deberán garantizar que ese sistema de reclamación es conocido por todos los consumidores que tuvieran incluidas cláusula suelo en su préstamo hipotecario.
2. Recibida la reclamación, la entidad de crédito deberá efectuar un cálculo de la cantidad a devolver y remitirle una comunicación al consumidor desglosando dicho cálculo; en ese desglose la entidad de crédito deberá incluir necesariamente las cantidades que correspondan en concepto de intereses. En el caso en que la entidad considere que la devolución no es procedente, comunicará las razones en que se motiva su decisión, en cuyo caso se dará por concluido el procedimiento extrajudicial.
3. El consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo. Si lo estuviera, la entidad de crédito acordará con el consumidor la devolución del efectivo.
4. El plazo máximo para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo y se ponga a disposición del primero la cantidad a devolver será de tres meses a contar desde la presentación de la reclamación. A efectos de que el consumidor pueda adoptar las medidas que estime oportunas, se entenderá que el procedimiento extrajudicial ha concluido sin acuerdo:
• a) Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor.
• b) Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante.
• c) Si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver efectuado por la entidad de crédito o rechaza la cantidad ofrecida.
• d) Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida.
5. Las entidades de crédito informarán a sus clientes de que las devoluciones acordadas pueden generar obligaciones tributarias. Asimismo, comunicarán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la información relativa a las devoluciones acordadas.
6. Las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial en relación con el objeto de la reclamación previa durante el tiempo en que esta se sustancie. Si se interpusiera demanda con anterioridad a la finalización del procedimiento y con el mismo objeto que la reclamación de este artículo, cuando se tenga constancia, se producirá la suspensión del proceso hasta que se resuelva la reclamación previa.

En el caso de tener que iniciar un Procedimiento Judicial tenemos que tener en cuenta el artículo 4 de la norma.

Artículo 4 Costas procesales
1. Solamente si el consumidor rechazase el cálculo de la cantidad a devolver o declinase, por cualquier motivo, la devolución del efectivo e interpusiera posteriormente demanda judicial en la que obtuviese una sentencia más favorable que la oferta recibida de dicha entidad, se impondrá la condena en costas a esta.

Para más Información puede ponerse en contacto con Nosotros, le ayudaremos a reclamar su dinero de forma rápida y segura.

01/02/2017

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30/03/2016

¿DIVORCIO O SEPARACIÓN MATRIMONIAL?

En las parejas siempre pueden existir crisis, por eso tenemos que tener claro la diferencia entre estos dos conceptos;

DIVORCIO: (CRISIS DEFINITIVA) produce el CESE DEFINITVO de la convivencia y la disolucion del regimen económico matrimonial. Tras el divorcio los conyuges pueden volver a contraer matrimonio entre si o con otras personas.

SEPARACION LEGAL: (CRISIS PUNTUALES) produce el CESE EFECTIVO de la convivencia de ambos conyuges, teniendo efectos legales de separación de bienes desde la Sentencia frente a terceros, pero no disulve el vÍnculo matrimonial, los conyuges no podrán contraer matrimonio con otras personas,

SEPARACION DE HECHO: cese EFECTIVA de la convivencia de los conyuges pero sin producir efectos legales frente a terceros, pues no se recoge en sentencia.

Tanto el divorcio como la separación legal impiden que el otro cónyuge herede abintestado (si no hay testamento), y que tenga derecho a la legítima.

Tanto la sentencia de separación como la de divorcio recoge las medidas respecto al cuidado de los hijos, guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de éstos, la disolución del régimen económico del matrimonio, el uso de la vivienda.

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30/03/2016

¿ ACCIDENTE DE TRÁFICO?

¡NUEVO BAREMO DE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRAFICO!

El 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 por la que se aprueba el NUEVO BAREMO DE INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRÁFICO.

Con esta ley se persigue una rapida resolución de los conflictos,y se incrementan las indemnizaciones según los daños causados.

Se aplicará unicamente a los accidentes de circulación que se produzcan tras su entrada en vigor, es decir, posteriores al 1 de enero de 2016.
¡¡SI HAS TENIDO UN ACCIDENTE DE TRÁFICO, NO DUDES EN PONERTE EN CONTACTO CON NOSOTROS!!

01/02/2016

¿ME HAN DESPEDIDO QUE HAGO?
Si te dan la carta de despido debes leerla detenidamente, sin nervios, en caso que no estés de acuerdo con los hechos relatados como causa del despido o la fecha no coincida con el día que te están despidiendo, escribe primero NO CONFORME , pon la fecha correcta en la copia de la empresa y por último firma, no firmarla no sirve de nada, porque la pueden firmar dos testigos como que no la quieres firmar, o te la pueden notificar por burofax, y te deben dar una copia igual. ¡CONSÚLTANOS, TE AYUDAREMOS A RECLAMAR TUS DERECHOS!

01/02/2016

¡AFECTADOS ACCIONES BANKIA!

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo obliga a Bankia a devolver el dinero a los accionistas que suscribieron títulos en su salida a bolsa, según el Supremo, la información que constaba en el folleto de la salida a Bolsa no reflejaba la verdadera situación económica de Bankia.La ley contempla un plazo de cuatro años desde el momento en el que el accionista tuvo constancia del daño para poder realizar cualquier tipo de reclamación. Esto significa que cualquier accionista particular que suscribiese acciones entre el 29 de junio de 2011 y el 25 de mayo de 2012 puede reclamar.

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Las Palmas De Gran Canaria
35015

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