Reyes y Machado Abogados

Reyes y Machado Abogados Referentes en mediación como filosofía alternativa a las tradicionales fórmulas de resolución de conflictos.

Apostamos por soluciones prácticas, profesionales y eficaces, atendiendo a la realidad concreta de cada caso. Nos diferenciamos de otras firmas porque tenemos presente que ningún caso es igual a otro, y el suyo requiere de una atención individualizada. Por este motivo, invertimos toda la dedicación y recursos disponibles para poder ofrecer un trato personalizado al cliente con el que satisfacer sus intereses.

25/12/2025
La erudición de D. Manuel Marchena Gómez 👨🏻‍⚖️ no tiene límites. Hoy le escucho hablando de un tema que me apasiona 🤖"IA...
03/10/2025

La erudición de D. Manuel Marchena Gómez 👨🏻‍⚖️ no tiene límites. Hoy le escucho hablando de un tema que me apasiona 🤖

"IA: la ola que viene", así titula el magistrado la conferencia que está pronunciando en la Real Sociedad E.A.P G.C, y que se puede seguir en este enlace: https://youtube.com/live/TPg0vWtefRU?feature=share

Es jurisprudencia del Tribunal Constitucional que la imagen de un particular anónimo o desconocido, o lo que es lo mismo...
24/09/2025

Es jurisprudencia del Tribunal Constitucional que la imagen de un particular anónimo o desconocido, o lo que es lo mismo, que no ejerce cargo público o una profesión de notoriedad, por más que sea captada en un lugar público, no puede utilizarse sin su expreso consentimiento, salvo en dos supuestos.

El primer supuesto es que la persona aparezca en la fotografía de manera meramente accesoria e intrascendente, sin protagonismo alguno; y el segundo supuesto es que el acontecimiento noticiable de la persona inicialmente anónima fuera principal o protagonista, en cuyo caso su derecho fundamental a la imagen deberá ceder frente al derecho a la información.

La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un periódico a indemnizar con 2.500 euros a una ciudadana por publicar sin su consentimiento una fotografía suya en la que se le identificaba perfectamente y era la protagonista de la imagen. Aunque la imagen de la mujer aparecía dentro de un mosa...

12/07/2025

⚖️ Hoy, , damos las gracias a los más de 40.000 abogados y abogadas del que, las 24 horas del día y los 365 días del año, defienden a quienes carecen de recursos económicos para acceder a la Justicia.

Porque garantizar derechos no puede seguir esperando.

La Abogacía de Oficio es mucho más que asistencia legal:
🤝 es acompañamiento,
🛡️ es protección,
✨ es dignidad.

Cada actuación deja huella.
Cada palabra de agradecimiento nos da motivos para seguir.

🗓️ 12 de julio |
📄 Consulta el manifiesto completo aquí ⤵️
https://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2025/06/MANIFIESTO-DIA-JUSTICIA-GRATUITA-2025.pdf

En un atestado salón dorado del Gabinete Literario y ante un aforo preocupado por los constantes ataques a la independen...
03/07/2025

En un atestado salón dorado del Gabinete Literario y ante un aforo preocupado por los constantes ataques a la independencia del poder judicial, el Excmo. Magistrado del TS, D. Manuel Marchena Gómez, presenta con locuacidad su último libro: "La justicia amenazada".

Con un final abierto y una semblanza a "Doce hombres sin piedad", Clint Eastwood dirige una película (a mi modo de ver) ...
28/06/2025

Con un final abierto y una semblanza a "Doce hombres sin piedad", Clint Eastwood dirige una película (a mi modo de ver) agradable y salpicada de momentos de suspense.

En "Jurado n°2" el espectador analiza un caso penal desde la vileza y la compasión del ser humano, llegándonos a cuestionar la idoneidad del tribunal del jurado y del sistema judicial. En la cinta está presente el egoísmo y la ambición del individuo, pero también la compasión.

Les recomiendo ver esta película entretenida, aunque (por momentos) previsible, y ponerse en la piel del juzgador.

Del emblemático cineasta Clint Eastwood, llega ‘Jurado Nº 2’ – 31 de octubre solo en cines.De la leyenda del cine, Clint Eastwood, llega "Jurado Nº 2’’, la n...

En opinión del autor, la Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género precisa de una revisión par...
27/06/2025

En opinión del autor, la Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género precisa de una revisión para combatir "el abuso de las leyes de violencia de género y el drama personal que supone para muchos hombres inocentes". Esa es la otra cara de una ley que, a la vista de los últimos crímenes machistas (6 víctimas en esta trágica semana), tampoco está siendo efectiva.

Como abogado español con años de experiencia en la defensa penal, he sido testigo, en primera línea, de una realidad que rara vez ocupa titulares ni genera debates públicos sosegados: el abuso de las leyes de violencia de género y el drama personal que supone para muchos hombres inocentes. Euro...

Instantáneas de la intervención de Víctor Machado en el I Congreso IMPACTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE PRODUCTOS DEFEC...
10/04/2025

Instantáneas de la intervención de Víctor Machado en el I Congreso IMPACTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE PRODUCTOS DEFECTUOSOS EN EL DERECHO ESPAÑOL, organizado por el Dtpo. D° Civil de la facultat de Dret de la Universitat de València.

En su ponencia, nuestro compañero abordó aspectos legales referentes a la responsabilidad civil por los daños causados por la IA 🤖

En boca de todos, los "true crimes" se han convertido para algunos en un mero entretenimiento, y, para otros, en una pes...
01/04/2025

En boca de todos, los "true crimes" se han convertido para algunos en un mero entretenimiento, y, para otros, en una pesadilla de cabeza. En este artículo que publica Canarias7, nuestro socio, Víctor Machado, comparte su opinión sobre este fenómeno.

28/02/2025

A partir del próximo 3 de abril de 2025, esto es, a poco más de un mes, al iniciar un pleito civil/mercantil se deberá de acreditar junto con la demanda haber cumplido con el requisito de procedibilidad previsto en el artículo 403.2 de la LEC. Esto es, justificar que se ha intentado una actividad negociadora previa. De lo contrario, se correrá el riesgo de que se inadmita a trámite la demanda y volvamos a la casilla de salida.

Claramente comprometidos con el espíritu de la Ley, cada vez somos más los expertos independientes, conciliadores -o como es el caso de nuestro compañero Víctor Machado Carvajal-, mediadores, que, tras el oportuno procedimiento que iniciemos a instancia de la parte solicitante, expediremos un documento que surtirá efectos ante la autoridad judicial correspondiente en el que se certificará: la identidad de los intervinientes, el objeto de la controversia, la fecha de la reunión o reuniones mantenidas, la declaración solemne de que las partes han intervenido de buena fe en el proceso. En caso de que alguna de las partes no hubiese comparecido o hubiese rehusado la invitación a participar en la actividad negociadora, se consignará dicha circunstancia; extremo que tendrá vital importancia a los efectos de una eventual condena en costas judiciales. Como digo, esta actividad será esencial, pues con la misma se satisfará el requisito exigido de procedibilidad del intento negociador previo a la interposición de la demanda.

Expectantes por conocer la acogida y medir los resultados de este cambio, invito a mostrarnos permeables. Pensemos que, aunque como todo en la vida, el planteamiento de los MASC podría ser mejorable; no por ello, hemos de perder la oportunidad de dar un golpe de timón a nuestra filosofía de entender los conflictos y la clásica forma de resolverlos llamando a la puerta de los juzgados.

https://www.atlanticohoy.com/opinion/inminente-entrada-en-vigor-masc_1543356_102.html

ENFERMERA ABSUELTA DEL DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS POR ACCEDER AL HISTORIAL CLÍNICO DE UN PACIENTE SIN ESTAR AUTORI...
04/02/2025

ENFERMERA ABSUELTA DEL DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS POR ACCEDER AL HISTORIAL CLÍNICO DE UN PACIENTE SIN ESTAR AUTORIZADA.

El pasado 25 de junio de 2024, el juzgado de lo Penal nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, dictó su sentencia nº 230/2024. Resolución (firme) que absolvió a nuestra clienta de la acusación formulada por el Ministerio Fiscal -en virtud de denuncia presentada por el Servicio Canario de la Salud-, que le imputaba un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos por funcionario público (arts. 197.2 y 198 CP). La acusación solicitaba una condena (entre otras) de 3 años de prisión, al haberse consultado hasta en diez ocasiones datos relativos al estado de salud del ex marido de la que entonces era su pareja.

El juzgador razonó que: “(…) Aunque no es justificable la conducta de (la acusada), lo cierto es que el acceso tuvo lugar durante un periodo de tiempo que no llegó a 4 meses, sin que conste que la acusada haya hecho uso de los datos que allí aparecieran, no constando que los difundiera de modo alguno, ni que los haya utilizado de alguna manera. Fue simplemente el hacer lo que le pidió (la que en el momento de los hechos era su pareja), sin cuestionarse si estaba justificado o no (…).”

Compartiendo los argumentos de esta defensa, el magistrado acordó la libre absolución de nuestra clienta con todos los pronunciamientos favorables, en tanto que los hechos cometidos no fueron merecedores de reproche penal. Y es que, tal y como sostuvo el juez: “(…)los hechos no colman el requisito exigido por el Tribunal Supremo de que se haya producido una grave afectación del bien jurídico protegido, y que los hechos han de ser reconducidos al ámbito disciplinario”.

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