Divorcio Las Palmas · Romero Gallo Abogados

Divorcio Las Palmas · Romero Gallo Abogados La unión y fusión de estas dos abogadas consolidan el despacho ROMERO GALLO ABOGADOS, SCP, que su principal área de actuación es el Derecho de Familia.

ROMINA ROMERO ROMERO
Abogada colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas. Tras varios años en el sector de la Administración Pública como letrada, decide continuar su andadura profesional desde su propio despacho, situación laboral que lleva desempeñando largos años especializada en Derecho de Familia y Derecho Civil. E-mail: [email protected]
Tfno.: 678 444 366


ROSA G

ALLO DÍAZ
Abogada colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Esta abogada madrileña, tras más de 10 años entre Inglaterra y Alemania, fija definitivamente su residencia en la isla de Gran Canaria, en la que ejerce su profesión dentro de las áreas del Derecho de Familia y Derecho Civil. E-mail: [email protected]
Tfno.: 695 193 077


La unión y fusión de estas dos abogadas consolidan el despacho ROMERO GALLO ABOGADOS, SCP, que su principal área de actuación es el Derecho de Familia que engloba todo lo relacionado a procedimiento de divorcios, modificación de medidas, guardas y custodias, custodias compartidas, régimen de visitas, pensión de alimentos, pensión compensatoria, uso y atribución de la vivienda familiar…etc., así como procedimientos de exequatur, es decir, reconocimientos de sentencias extranjeras en España, procedimientos de liquidación de régimen ganancial, incapacidades...

Estas dos abogadas apasionadas del Derecho de Familia velarán por sus intereses, salvaguardando también el de los menores.

Un   nulo es un matrimonio inexistente, como si nunca hubiera existido, porque los efectos de la sentencia de   se retro...
27/07/2016

Un nulo es un matrimonio inexistente, como si nunca hubiera existido, porque los efectos de la sentencia de se retrotraen al momento de celebración del matrimonio, (excepto para los hijos y para los cónyuges de buena fe.

¿Cuándo es nulo un matrimonio?

Matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial: falta la aptitud de entender y querer en el momento de prestar consentimiento.

Matrimonio con menores, casados o separados u otros parientes por consanguinidad o colaterales hasta el tercer grado o condenados por conyugicidio.

Matrimonio celebrado sin la intervención del juez, alcalde, funcionario o testigos. Se trata de la nulidad del matrimonio por defectos de forma.

Matrimonio celebrado con error en la identidad de la persona del otro contrayente o con error en aquellas cualidades que, por su entidad, hubieran sido determinantes en la prestación del consentimiento. Se trata de un vicio de la voluntad que invalida el matrimonio, consistente en el error en la persona del otro cónyuge, que alcanza tanto al error sobre su identidad como al error sobre las cualidades personales determinantes en la prestación de consentimiento. Debe tratarse de una causa objetiva por la que el otro cónyuge no pueda asumir los deberes matrimoniales. Por ejemplo, cuando una persona es alcohólica, drogadicta, homosexual, sin que el otro cónyuge lo supiera.

Matrimonio contraído por coacción o miedo grave. En estos casos, la forma más fácil de romper el matrimonio no es el divorcio, sino pedir la nulidad. Se trata, por tanto, de dos procedimientos diferentes para disolver el matrimonio.
Si bien es cierto que para el divorcio, no es necesario alegar ningún motivo, mientras que en la nulidad, debe probarse alguno de estos puntos. Pero la ventaja se encuentra en que si se puede demostrar fácilmente, el procedimiento es mucho más rápido y sencillo.

Si tiene dudas acerca de si puede optar por la nulidad en vez de por el divorcio, póngase en contacto con nuestro despacho de en Las Palmas, y resolveremos sus dudas.

Al contraer  , ¿qué obligaciones adquirimos? Ayudarse mutuamente: los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y ...
26/07/2016

Al contraer , ¿qué obligaciones adquirimos? Ayudarse mutuamente: los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. Este deber no es igual para los cónyuges, porque supone el deber de ayudar al otro en la medida de las posibilidades del que ayuda y las necesidades del ayudado. Afecta sobre todo a las necesidades personales del cónyuge que reclama su cumplimiento.
Actuar en interés de la es un deber paralelo: ambos deben contemplar como guía de su conducta el interés concreto de la familia que encabezan. El interés es el del conjunto formado por los , la descendencia inmediata y los parientes que con ellos convivan.
Guardarse : aunque la doctrina diga que su incumplimiento no se castiga.
Socorrerse mutuamente: Este deber no es igual para los cónyuges, porque supone el deber de ayudar al otro en la medida de las posibilidades del que ayuda y las necesidades del ayudado. Compartir las responsabilidades domésticas: las responsabilidades de vida domésticas, aun contraídas por uno de los cónyuges (ej. uno compra la comida precisa para la alimentación familiar) recaen sobre los dos, y en el régimen matrimonial legal, las ganancias de cada uno se hacen comunes.
Deber de respeto mutuo: el Código Civil no podría obligar a cada cónyuge a amar al otro, pero sí, en todo caso, a una conducta considerada y cortés en el trato con él. En particular, infringen este deber las expresiones injuriosas, y podría dar lugar a indemnizaciones por daños y perjuicios e incluso podría ser castigado penalmente por malos tratos.
Si ve que en su matrimonio no se respetan esas , quizá es momento de plantearse el . Si tiene dudas, acérquese por nuestro despacho de en Las Palmas y cuéntenos su caso. Contamos con un equipo de abogados especializados en derecho de familia que podrán asesorarle en todo momento y encargarse de su divorcio.

En la mayoría de las ocasiones, una vez iniciados, o incluso justo antes del inicio de los procesos de nulidad,   o  , e...
25/07/2016

En la mayoría de las ocasiones, una vez iniciados, o incluso justo antes del inicio de los procesos de nulidad, o , es muy complicado mantener la situación que existía durante la vida normal del matrimonio. Problemas de convivencia, o de diversa índole, hacen necesaria la adopción de un cierto número de medidas que permitan mantener un cierto grado de normalidad hasta la terminación del proceso mediante la respectiva sentencia.

Posteriormente se celebrará una comparecencia en la que los cónyuges, acompañados de sus respectivos Abogados y Procuradores, expondrán sus alegaciones y se practicarán las pruebas admitidas por el Juez, encaminadas a acreditar las alegaciones. Si no es posible practicarlas en ese mismo acto, el Juez fijará una fecha dentro de los diez días siguientes.

El , tras escuchar a las partes y al Ministerio Fiscal si hubiera hijos menores o incapacitados, determinará la adopción o no de las medidas solicitadas.

Es importante tener en cuenta que las medidas provisionales previas adoptadas dejarán de tener validez si dentro de los treinta días siguientes a su adopción por el Juez, no se presenta la demanda de nulidad, separación o divorcio. Una vez presentada y admitida a trámite la demanda, el Juez previa comparecencia de las partes, podrá confirmar o modificar las medidas.
Tras este paso, del que se ocuparán nuestros expertos en derecho de familia y divorcios de Almería, se produce la confirmación o, en algunos casos, se pide la modificación de las Medidas Provisionales Previas. Si se han adoptado Medidas Provisionales Previas, una vez admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio por el Juez, se unirán al proceso judicial las actuaciones referidas a dichas medidas.

Si lo que se pretende es modificarlas más adelante, no se preocupe, puede contar con la ayuda de nuestro equipo de abogados expertos en divorcios en Las Palmas. Nos ocuparemos de su caso, desde principio a fin, y le ayudaremos a resolver su divorcio en el menor tiempo posible y con las menores complicaciones.

En el   se dan unas relaciones económicas, entre los propios cónyuges y con terceros. Se tiene un patrimonio y hay que a...
11/07/2016

En el se dan unas relaciones económicas, entre los propios cónyuges y con terceros. Se tiene un patrimonio y hay que administrarlo. Todo ello es regulado por el económico matrimonial, que puede ser de separación de bienes o de comunidad:

Régimen económico de separación de bienes. Regímenes en los que los bienes son de cada cónyuge, no hay bienes comunes, y cada uno tiene la propiedad de sus propias posesiones; bienes inmuebles, dinero del salario, etc. Pueden tener bienes en común, pero como cualquier otro sujeto.

Régimen económico de comunidad. Hay una serie de bienes que se hacen comunes. Existen varios tipos de comunidades:
Comunidad universal. Todos los bienes se hacen comunes a los cónyuges, tanto los obtenidos a título oneroso como los obtenidos a título gratuito.
Comunidad con bienes privativos del marido, bienes privativos de la mujer y bienes comunes. A éste tipo pertenecen el régimen de consorciales (régimen legal del derecho aragonés) y el régimen de gananciales (régimen legal del Código Civil). Se caracterizan por haber esos dos patrimonios privativos y un patrimonio común.

El privativo de cada uno de los cónyuges está formado por los bienes adquiridos a título gratuito, constante el régimen económico matrimonial, y aquellos que cada uno de los cónyuges tenía antes de contraer matrimonio.

El patrimonio común es el formado por todos los bienes adquiridos a título oneroso, con dinero privativo.

En el caso de crisis matrimonial, uno de los efectos más relevantes es la disolución del régimen económico matrimonial: se disuelve y se liquida. En el régimen de separación de bienes, la liquidación será más sencilla. Pero en el caso de haber un régimen de comunidad es más complicado; si no se pacta lo contrario, a cada cónyuge le corresponderá la mitad del haber común, que debe valorarse y acordarse su adjudicación. Cuente con la ayuda de nuestros para su divorcio, estamos en Las Palmas a su total disposición.

El   proviene de la palabra latina divortium, y significa disolución del matrimonio. Además, también sirve para definir ...
05/07/2016

El proviene de la palabra latina divortium, y significa disolución del matrimonio. Además, también sirve para definir el proceso que tiene como intención dar término a una unión conyugal. Como institución, el divorcio fue asentado por primera vez en el Código Civil francés de 1804. Su fundamento se centraba en que si el matrimonio era una verdadera unión libre, el divorcio venía a representar la degeneración de un , de la misma manera.

El divorcio se diferencia de la separación de hecho en que, dependiendo del ordenamiento jurídico de cada país, puede tener o no algunos efectos jurídicos. Respecto a la separación legal en tanto, ésta sí es reconocida legalmente en diversos ordenamientos jurídicos, teniendo en consecuencia un mayor número de efectos jurídicos que la separación de hecho, aunque a diferencia del divorcio, no pone término al matrimonio. Por otro lado, no se debe confundir con la anulación del matrimonio, que no es más que el declarar que el matrimonio nunca existió, o la nulidad, que declara que en su momento, el matrimonio no fue celebrado válidamente.

A día de hoy, y como dato curioso, sólo las islas Filipinas y la Ciudad del Vaticano no permiten el divorcio en su ordenamiento jurídico. Entre los países que más tardaron en aceptar esta institución se encuentra Malta quien, hasta 2011, no votó a favor de incluir el divorcio en su regulación legal. Y lo hizo poco después de que se aprobase en Chile, que tampoco lo hizo hasta 2004.

En lo que concierne a nuestro país, España, llevamos años contando con este derecho. Nuestro derecho ha reconocido la voluntad de que una pareja decida romper su unión, y se ha modernizado hasta el punto de no tener siquiera que justificar la decisión de romper la relación.

Si desea saber más, y encomendar su divorcio a nuestros abogados, no dude en visitar nuestro despacho en Las Palmas. Somos expertos en civil, y sabemos cómo afrontar cada situación.

En todo   con hijos, el régimen de guarda y custodia de los   es uno de los extremos sobre los que la pareja debe decidi...
01/07/2016

En todo con hijos, el régimen de guarda y custodia de los es uno de los extremos sobre los que la pareja debe decidir e incluir en el convenio regulador que se presenta al Juez junto a la demanda. En el examen que el mismo realizará sobre este documento, se observará si estas medidas no dañan en algún modo los intereses del menor y además se instará al Ministerio Fiscal para que se manifieste si se considera que los derechos de los hijos están protegidos.

Si el divorcio se tramita a través de un procedimiento y los cónyuges no se ponen de acuerdo acerca de quién se quedará con los hijos y qué contribuciones aportará el otro, el Juez decidirá entonces cuál de los padres convivirá con los hijos habitualmente. Para llevar a cabo este pronunciamiento, es necesario que se estudie minuciosamente las circunstancias del caso, en todo aquello que se refiere a la relación que existe entre los hijos y los padres, el entorno en el que estos últimos viven, sus circunstancias económicas y sociales, es decir, todo aquello que en algún modo puede contribuir a un mejor desarrollo y crecimiento de los menores. En esta labor, el Juez oirá a los padres, practicará las pruebas necesarias para dictaminar acerca de la idoneidad de estos para desarrollar estas funciones, consultará con especialistas y solicitará informes al Ministerio Fiscal para conocer su parecer, incluso cabe la posibilidad de que, si presentan el suficiente juicio, se escuche a los menores.

Desde hace unos años, es posible otorgar la compartida. Esta propuesta se aceptará siempre que se entienda que es lo más conveniente al interés de los menores y teniendo presente el criterio de no separación de los hermanos.

Si quiere saber más acerca de esta cuestión, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados en Las Palmas. Somos expertos en derecho civil y nos ocuparemos de su caso.

Si quiere formar una   de hecho, nuestros profesionales le asesorarán acerca de cómo solicitar el comienzo de los trámit...
24/06/2016

Si quiere formar una de hecho, nuestros profesionales le asesorarán acerca de cómo solicitar el comienzo de los trámites, y le explicarán paso a paso todas y cada una de las consecuencias. En este post, encontrará la información básica que debe saber antes de empezar.

Desde el punto de vista jurídico, al no contraer matrimonio no se tienen una serie de obligaciones, pero sí se tienen derechos. El ordenamiento jurídico sí reconoce en algunos casos efectos jurídicos a las relaciones estables, como por ejemplo el derecho a la compensatoria en caso de disolución, contraer matrimonio, etc. La Ley concede ciertos derechos a las uniones de hecho, así como la jurisprudencia, pero en ningún caso cabe la equiparación con el matrimonio. Los CARACTERES de las parejas de hecho, según una Sentencia del Tribunal Supremo (12 septiembre 2005), son los siguientes:

Relación de hecho. Registro público u otorgamiento de escritura pública.
Convivencia estable, permanente y continua.Relación de afectividad equivalente a la conyugal.
Relación bilateral, con independencia del s**o.
Con publicidad o notoriedad de la convivencia.
Caracterizadas por su libre disolubilidad.

De esta manera, las FORMALIDADES EXIGIDAS son una serie de medidas administrativas: que se plasme esa convivencia en una escritura pública o llevar convivencia marital de mínimo dos años, así como la inscripción en el Registro de la comunidad y, en su caso, anotarlo en el Registro Civil.

Las CAUSAS DE EXTINCIÓN de las parejas de hecho pueden ser: el fallecimiento, el común acuerdo, la decisión unilateral, que alguno de los miembros contraiga matrimonio, y la separación de hecho de más de un año.
Si desea formalizar su situación, consulte con nuestros abogados.

Si desea recibir asesoramiento y más información, puede encontrarnos en nuestro despacho en Las Palmas, somos expertos en derecho de , y podemos garantizarle el mejor servicio de la ciudad. No dude en consultarnos, estamos a su completa disposición.

Normalmente, solemos identificar la pensión compensatoria con la mujer, pero si se dan los requisitos legales exigidos, ...
15/06/2016

Normalmente, solemos identificar la pensión compensatoria con la mujer, pero si se dan los requisitos legales exigidos, el hombre puede tener el mismo derecho a la pensión compensatoria tras el de la pareja.

La pensión compensatoria se establece para reparar el desequilibrio económico que puede producir la ruptura en uno de los cónyuges. Esto se da cuando uno de ellos (tradicionalmente y en la mayoría de casos, la mujer) sacrifica su vida profesional por dedicarse al cuidado del hogar y de los hijos, de tal forma que tras la ruptura tiene mayores dificultades para poder acceder al mercado laboral.

Como sabemos, tradicionalmente, la mujer ha sido quien se ha encargado de esta labor, pero con su creciente incorporación al mundo laboral, cada vez son más los hombres que se dedican al cuidado de la familia en lugar de trabajar fuera de casa.
Por esta simple razón, hoy tenemos que el hombre tiene el mismo derecho a que se le conceda pensión compensatoria si se da esta situación y tras la ruptura matrimonial, encuentra dificultades para reincorporarse al trabajo en un momento en el que ha permanecido varios años dejando a un lado su formación y el seguir adquiriendo experiencia laboral.

Si está en proceso de divorciarse y tiene cualquier duda en relación con la compensatoria, seas hombre o mujer, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados. Nuestro equipo de profesionales del derecho civil cuenta con años de experiencia dedicándose a divorcios, y puede ayudarle con su proceso. Encontrará nuestro despacho de en la ciudad de Las Palmas, desde donde le atenderemos y estudiaremos su caso de manera detallada para poder ofrecerle todo el asesoramiento que necesita. Nuestra dedicación exclusiva y particular a cada uno de nuestros clientes nos hace ser uno de los mejores despachos especializados en divorcio en Las Palmas.

¿Para qué sirve el procurador en un  ? ¿Por qué tenemos que pagar también esta figura? Cuando iniciamos un divorcio, acu...
25/05/2016

¿Para qué sirve el procurador en un ? ¿Por qué tenemos que pagar también esta figura? Cuando iniciamos un divorcio, acudimos a un abogado. Pero nos suele sorprender que, además, vamos a tener que contratar los servicios de un procurador. Para aclarar este punto, nuestros se detienen a explicarle cuál es el rol del procurador.

El abogado redacta una demanda de divorcio, a la que acompaña el certificado de matrimonio, los de nacimiento de los hijos y el convenio regulador firmado por los esposos. Esa demanda de divorcio va encabezada por el nombre del que se encargará del procedimiento. Para que el procurador en el divorcio nos pueda representar es necesario que le demos poderes, bien a través de un notario, bien en el propio juzgado (lo que se conoce como apoderamiento apud acta)

La de divorcio es entregada al procurador por el abogado. El procurador firma, hace las copias necesarias, paga las pólizas y finalmente la entrega en el juzgado. A los pocos días, la demanda es asignada a un juzgado en concreto, el cual abre un número de procedimiento y notifica al procurador el día y la hora en que los han de acudir al juzgado a ratificar la demanda. El procurador traslada dicho documento al abogado, el cual a su vez contacta con los clientes. En la ratificación se suele aprovechar para hacer el apoderamiento apud acta.

Una vez realizada la ratificación, si hay hijos menores, se entrega una copia del convenio regulador al ministerio fiscal, cuyo dictamen favorable o no respecto del mismo es trasladado al procurador. Si no hay mayor problema, acto seguido se le notificará al procurador la sentencia, el cual la hará seguir al abogado.

Todas estas gestiones de las que se ocupa el procurador en el divorcio las debería hacer el propio cliente si aquél no existiera. Así que si quiere evitarse este trabajo, lo mejor es que cuente con la asistencia de un procurador.

Desde nuestro despacho de abogados en Las Palmas, colaboramos desde hace años con nuestros procuradores de confianza, que podrán ocuparse de los trámites de su divorcio.

El   en sí no es el problema, sino el resultado de un conjunto de inconvenientes, desavenencias y problemáticas vividas ...
23/05/2016

El en sí no es el problema, sino el resultado de un conjunto de inconvenientes, desavenencias y problemáticas vividas durante un . Hoy en día, expertos en la materia confirmar que se trata de la segunda causa más estresante que puede sufrir una persona adulta, por detrás del fallecimiento de la pareja.

La experiencia en estos temas nos lleva a decir que el divorcio es el gran responsable de las profundas alteraciones que sufre el sistema familiar tras el divorcio, obligando a sus subsistemas a reorganizarse. Por ejemplo, para el caso de los , se señala que la capacidad que estos tienen respecto a su adaptación depende no solo de las características del sistema familiar existente durante el matrimonio, sino también de las relaciones con sus padres después de la disolución del matrimonio de sus padres y el cese de la convivencia con uno de ellos.

Por otra parte, el divorcio también puede afectar a los hijos, si se tienen. Suelen aparecer en los niños conductas de agresividad, rebeldía, ansiedad o depresión. Algo que también suele afectar, por supuesto, a los cónyuges.
Pero el divorcio sigue siendo la solución a pesar de todo, ya que, la producción de riñas, peleas o discusiones durante el matrimonio también incumben a los niños, y al bienestar de la propia .

Evidentemente, todas estas situaciones se pueden intentar paliar. Por lo tanto, si está pasando por una situación complicada, y su salud se está viendo involucrada, tanto anímica como moralmente, no dude en visitar nuestro despacho de abogados en Las Palmas. Nuestros expertos en derecho de familia le atenderán y le orientarán sobre la mejor manera de poner fin a su calvario.

Conseguir el divorcio en España es un trámite relativamente sencillo, y la ayuda de un buen abogado le ayudará todavía más. Nosotros nos encargaremos de redactar los escritos oportunos y presentarlos al Juzgado, para que usted no tenga que preocuparse de la parte jurídica del divorcio. Confíe en nosotros, podemos ayudarle.

Son situaciones de crisis matrimonial la invalidez, la separación y la disolución del  , por medio de las que, junto con...
23/05/2016

Son situaciones de crisis matrimonial la invalidez, la separación y la disolución del , por medio de las que, junto con las causas establecidas en el Código Civil, el matrimonio queda anulado, suspendido y disuelto.

¿Cuándo es nulo un matrimonio? Un matrimonio es un matrimonio inexistente, como si nunca hubiera existido, porque los efectos de la sentencia de nulidad se retrotraen al momento de celebración del matrimonio, excepto para los hijos y para los cónyuges de buena fe.

El artículo 73 del Código Civil contiene los supuestos de nulidad del matrimonio, y determina que es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración:

1. El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.
2. El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48. 3.
El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
4. El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
5. El contraído por coacción o miedo grave.

La nulidad también se aplica para el matrimonio canónico, y no sólo para aquellos que se celebren por la vía civil.

¿Qué conclusiones sacamos? Cuando se declara la invalidez, significa que el vínculo realmente nunca ha existido, sólo ha habido apariencia de matrimonio. Por tanto, si se quiere disolver lo que, hasta ahora, se creía matrimonio, el procedimiento será diferente al del .

¿Qué puede hacer? Evidentemente, la mejor solución pasa por contactar con un buen despacho de , a ser posible, expertos en derecho civil y derecho de familia en concreto.

Por ello, no dude en visitar nuestro despacho en Las Palmas. Nuestros abogados le atenderán y resolverán todas las dudas que tenga acerca de su divorcio.

¿De dónde proviene el divorcio?La figura del   es casi tan antigua como la del matrimonio, aunque es cierto que muchas c...
15/05/2016

¿De dónde proviene el divorcio?

La figura del es casi tan antigua como la del matrimonio, aunque es cierto que muchas culturas no lo admitían por cuestiones religiosas, sociales o económicas. La mayoría de las civilizaciones que regulaban la institución del matrimonio nunca la consideraron indisoluble, y su ruptura generalmente era solicitada por los hombres. No obstante, no era tarea fácil, ya que, normalmente, el nacimiento de un hijo volvía imposible disolver un matrimonio.

Si nos remontamos a civilizaciones por todos conocidas, como Grecia, nos encontramos con que se permitía el divorcio por mutuo disenso y la repudiación, pero el hombre debía restituir la dote a la familia de la mujer en caso de separación.

Durante el Imperio romano los casos más frecuentes eran los de concubinato y la unión libre, en todas las clases sociales. El matrimonio respondía a un objetivo puramente económico: la transmisión del patrimonio a los descendientes directos en vez de otros miembros de la familia o la sociedad. Por tanto, quien no tuviese patrimonio, o los esclavos, no tenían por qué casarse, o incluso no se les permitía.

Durante el , el divorcio quedó prohibido, aunque se permitía la nulidad matrimonia, tramitada por los tribunales eclesiásticos.

En 1796, Francia incorporó la ruptura del vínculo , y el resto de países europeos, detrás. El divorcio ha causado grandes polémicas en los países mayoritariamente , pues la Iglesia no considera posible el divorcio. Malta fue el último país de la Unión Europea en legalizar, tras referéndum, el divorcio por un 52% de apoyos.

Como ve, no se trata de algo nuevo y la infelicidad de un matrimonio debe poder tratarse. Para ello, cuente con la experiencia de nuestros abogados, expertos en derecho civil. Nuestro despacho de Las Palmas lleva años prestando servicio y asistencia a parejas que buscan divorciarse de la manera más rápida y sencilla. No dude en visitarnos sin compromiso, nuestros mejores expertos le atenderán.

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