María Alemán Abogados

María Alemán Abogados MARIA ALEMAN Abogados ponemos profesionales a su servicio para ofrecerle desde el primer minuto Accidentes laborales, accidentes de trafico, Civil.

Responsabilidad civil, clausulas bancarias abusivas. Familia, Herencias, laboral, extranjeria, administrativo.

02/06/2026

El empleado, que cubría una sustitución laboral, fue detenido cinco días después de la denuncia y tiene prohibido acercarse a la víctima

02/06/2026

El Constitucional anula la sanción del CGPJ a una jueza con depresión: castigarla por los retrasos equivale a penalizar su enfermedad mental.

🔴 LA ABOGADA DETRAS DE LA SENTENCIA: La Plaza nº6 del Tribunal de Instancia (Sección Social) de Las Palmas de Gran Canar...
02/06/2026

🔴 LA ABOGADA DETRAS DE LA SENTENCIA:
La Plaza nº6 del Tribunal de Instancia (Sección Social) de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado sentencia de 25 de mayo de 2026 reconociendo a una clienta de María Alemán Abogados una Incapacidad Permanente total para su profesión habitual por padecer entre varias patologías un deterioro cognitivo leve.
👨‍⚖️El magistrado, D. Tomas Febles Díaz, nos da la razón en sentencia motivado por:
“... La actora presenta un cuadro clínico pluripatológico, crónico y de larga evolución, integrado, en lo esencial, por: síndrome de fibromialgia de larga data; patología degenerativa del raquis cervical y lumbar; artrodesis cervical C4-C5 y C5-C6; protrusiones y discopatía degenerativa cervical y lumbar; reartrodesis lumbar L5-S1; síndrome de espalda fallida; gonartrosis y condromalacia rotuliana bilateral; omalgia bilateral; epicondilitis medial derecha; tendinitis de Quervain; síndrome ansioso-depresivo; deterioro cognitivo leve amnésico multidominio; glaucoma bilateral; hernia de hiato y esófago de Barrett.
En el presente supuesto, la pericial emitida por la Dra. ### ### merece relevante fuerza convictiva frente a la apreciación contenida en el dictamen del EVI y complementa, con una visión más actualizada, los datos ya obrantes en autos. Se trata de una valoración longitudinal, apoyada en numerosa documental clínica, exploración física directa y análisis funcional detallado, que concreta las restricciones de la actora sobre deambulación, bipedestación, sedestación, capacidad de carga, uso de miembros superiores, atención, concentración y memoria.
La perito ratificó en sala tales extremos y explicó, con consistencia técnica, la significación funcional del dolor crónico, de la fibromialgia, del síndrome de espalda fallida y de la afectación cognitiva y anímica.
FALLO:
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por DÑA. ### ###X ###X frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la actora en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL para su profesión habitual de vendedora de cupones, derivada de enfermedad común, condenando a las entidades demandadas a estar y pasar por esta declaración, con derecho de la actora a percibir la prestación correspondiente en cuantía equivalente al 55% de la base reguladora de 3.007,56 euros mensuales, con efectos económicos desde el 16 de octubre de 2023, así como las revalorizaciones y mejoras legales que procedan...”
Enhorabuena a nuestra clienta!!!! 😘😘😘
Este caso ha sido llevado en juicio: María Alemán👩‍🦰
Si te encuentras en una situación similar, llámanos al 658 59 01 43 (Las Palmas de G.C.) y al 695 582 163 (Santa Cruz de Tenerife) 📞

🔴INCAPACIDAD TOTAL POR DETERIORO COGNITIVO EN SENTENCIA: La Plaza nº6 del Tribunal de Instancia (Sección Social) de Las ...
02/06/2026

🔴INCAPACIDAD TOTAL POR DETERIORO COGNITIVO EN SENTENCIA:
La Plaza nº6 del Tribunal de Instancia (Sección Social) de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado sentencia de 25 de mayo de 2026 reconociendo a una clienta de María Alemán Abogados una Incapacidad Permanente total para su profesión habitual por padecer entre varias patologías un deterioro cognitivo leve.
👨‍⚖️El magistrado, D. Tomas Febles Díaz, nos da la razón en sentencia motivado por:
“... La actora presenta un cuadro clínico pluripatológico, crónico y de larga evolución, integrado, en lo esencial, por: síndrome de fibromialgia de larga data; patología degenerativa del raquis cervical y lumbar; artrodesis cervical C4-C5 y C5-C6; protrusiones y discopatía degenerativa cervical y lumbar; reartrodesis lumbar L5-S1; síndrome de espalda fallida; gonartrosis y condromalacia rotuliana bilateral; omalgia bilateral; epicondilitis medial derecha; tendinitis de Quervain; síndrome ansioso-depresivo; deterioro cognitivo leve amnésico multidominio; glaucoma bilateral; hernia de hiato y esófago de Barrett.
En el presente supuesto, la pericial emitida por la Dra. ### ### merece relevante fuerza convictiva frente a la apreciación contenida en el dictamen del EVI y complementa, con una visión más actualizada, los datos ya obrantes en autos. Se trata de una valoración longitudinal, apoyada en numerosa documental clínica, exploración física directa y análisis funcional detallado, que concreta las restricciones de la actora sobre deambulación, bipedestación, sedestación, capacidad de carga, uso de miembros superiores, atención, concentración y memoria.
La perito ratificó en sala tales extremos y explicó, con consistencia técnica, la significación funcional del dolor crónico, de la fibromialgia, del síndrome de espalda fallida y de la afectación cognitiva y anímica.
FALLO:
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por DÑA. ### ###X ###X frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la actora en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL para su profesión habitual de vendedora de cupones, derivada de enfermedad común, condenando a las entidades demandadas a estar y pasar por esta declaración, con derecho de la actora a percibir la prestación correspondiente en cuantía equivalente al 55% de la base reguladora de 3.007,56 euros mensuales, con efectos económicos desde el 16 de octubre de 2023, así como las revalorizaciones y mejoras legales que procedan...”
Enhorabuena a nuestra clienta!!!! 😘😘😘
Este caso ha sido llevado en juicio: María Alemán👩‍🦰
Si te encuentras en una situación similar, llámanos al 658 59 01 43 (Las Palmas de G.C.) y al 695 582 163 (Santa Cruz de Tenerife) 📞

31/05/2026
31/05/2026

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno recuerda que la publicidad en los procesos de oposición es fundamental en la Administración.

30/05/2026

Es verdad 😎🤣






30/05/2026

La AP de Murcia recuerda que no es un requisito del delito que esa aproximación se realice en contra de la voluntad de la víctima.

30/05/2026

El Supremo endurece el acceso a la casación laboral: ya no basta la contradicción doctrinal, ahora hay que acreditar interés casacional.

30/05/2026

Dirección

Calle Triana, 38, 1° Izquierda
Las Palmas De Gran Canaria
35.002

Horario de Apertura

Lunes 08:00 - 16:00
Martes 08:00 - 16:00
Miércoles 08:00 - 16:00
Jueves 08:00 - 16:00
Viernes 08:00 - 16:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando María Alemán Abogados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a María Alemán Abogados:

Compartir