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21/10/2020

Resolviendo cuestiones que te interesan, ayer de nuevo en Buenas Tardes Canarias RadioTelevisión Canaria - RTVC.es hablando sobre Custodia Yaiza Blázquez - Abogada.

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Obvia decir que no es una notificación legal, no la descargues ni por curiosidad. Nos ha llegado hoy a nosotros.
09/06/2020

Obvia decir que no es una notificación legal, no la descargues ni por curiosidad. Nos ha llegado hoy a nosotros.

Llámanos, y te ayudaremos. Te han multado, recurriremos por ti. Tlf.: 928 697 223WhatsApp: 619 389 465 - 636 539 247Cita...
05/06/2020

Llámanos, y te ayudaremos. Te han multado, recurriremos por ti.

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La Ley de Procedimiento Administrativo Común, prevé la imprescriptibilidad de la sanción en el caso de que se trate de una actuación que se considere que afecte a al interés general. Ello, a pesar de que el plazo de caducidad de este tipo de sanciones es de tres meses desde la fecha del acuerdo...

Nuevos tiempos para todos. En Sala desde casa. Empezamos el día. Ya teníamos ganas de esta “nueva normalidad”. SantosBla...
03/06/2020

Nuevos tiempos para todos. En Sala desde casa. Empezamos el día. Ya teníamos ganas de esta “nueva normalidad”.

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Derechos que tienen las parejas de hecho”.Derecho a permisos laboralesAl igual que en un matrimonio, el derecho a disfru...
01/06/2020

Derechos que tienen las parejas de hecho”.

Derecho a permisos laborales

Al igual que en un matrimonio, el derecho a disfrutar de días retribuidos por paternidad, maternidad, accidentes, enfermedades o muerte del cónyuge también lo disfrutaran las parejas de hecho. Sin embargo, los 15 días de vacaciones adicionales por la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho tan solo lo podrán disfrutar los funcionarios y trabajadores cuyo Convenio Colectivo especifique este derecho, ya que la ley no trata este derecho.

La adopción

Teóricamente, las parejas de hecho tienen las mismas oportunidades de adoptar que un matrimonio, sin importar si se trata de una pareja de diferente o del mismo s**o. Sin embargo, en la práctica, lo tienen más complicado para superar las exigencias burocráticas.

Los hijos en común

Por lo que a los hijos se refiere, tienen las mismas obligaciones y los mismos derechos que los matrimonios, y también en caso de ruptura (guarda y custodia, visitas, pensión alimenticia, etc.).

La pensión compensatoria

Es un tema un poco más complejo ya que puede aparecer, o no, recogido en la legislación de cada comunidad autónoma. Por otra parte, es imprescindible que haya un pacto expreso entre las partes en el momento de disolver una unión.

Pueden llegar a un acuerdo mutuo y regular sus relaciones económicas en una escritura pública ante un notario. En caso contrario, la parte que se considere más desfavorecida puede acudir a la vía judicial para conseguir una conciliación o una sentencia de un juez.

Impuestos

Las personas que forman una pareja de hecho no pueden tributar de manera conjunta en el IRPF y, por tanto, solo podrán declarar de manera individual.

Herencia

A diferencia de un matrimonio convencional, en la pareja de hecho no se puede heredar nada de su cónyuge. Esto significa que la pareja no se consideraría un heredero forzoso. Esta situación se puede solucionar redactando un testamento, aunque siempre habrá que respetar a los herederos forzosos (los hijos y los padres).

Asistencia sanitaria

Para que una parte de la pareja pueda hacer de asistente sanitario de la otra, debe acreditar la convivencia ininterrumpida de un año antes de la inscripción en el registro.

Alquileres

Si fallece el titular del contrato de alquiler, el miembro restante puede seguir en dicho alquiler si acredita dos años de convivencia y la inscripción en el registro. Si además tienen hijos en común, bastaría con la convivencia.

La pensión de viudedad

Es parecido al derecho a la pensión de viudedad de los matrimonios. Para poder adquirir este derecho, el cónyuge de la pareja de hecho tiene que acreditar que sus ingresos no alcanzaron la suma del 50% de los del causante y de los propios en un año natural anterior a su muerte, en caso de que haya hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

Si no hay hijos, el porcentaje se reduce a un 25%. Además de todo esto, también hay que presentar la documentación que acredite que es su pareja de hecho, pero tienen que haber transcurrido dos años desde la unión y, al menos, cinco años de convivencia ininterrumpida para poder obtener este derecho. Durante esos cinco años de convivencia, ninguna de las dos partes podía tener ningún vínculo matrimonial con otra pareja anterior.

Independientemente de todo esto, la ley también ofrece este derecho si los ingresos del cónyuge que sobrevive son inferiores al salario mínimo interprofesional en el momento del fallecimiento.

En este caso le correspondería la multiplicación por 1,5 de su salario. Si nos encontramos en este último caso, habrá que sumarle a la multiplicación 0,5 por cada hijo en común con derecho a cobrar pensión de orfandad.

Ya te ha pasado, y quizás te lo estés preguntando. ¿es lícito tomar la temperatura a empleados o clientes? La respuesta ...
28/05/2020

Ya te ha pasado, y quizás te lo estés preguntando.

¿es lícito tomar la temperatura a empleados o clientes? La respuesta es sí, dado que primaría la seguridad del resto de trabajadores y clientes, pero con una serie de cautelas en el tratamiento de los datos personales.

La toma de temperatura implica el tratamiento de un dato personal especialmente protegido, como son los datos relativos a la salud de las personas y por ello, debe regirse por los principios establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y otras normas aplicables en materia de protección de datos.

Para llevar a cabo la toma de temperatura de los trabajadores, clientes etc... sin incumplir lo establecido en la normativa de protección de datos debe mencionarse el principio de limitación de la finalidad, estableciendo que la obtención de datos personales a través del control de temperatura, deben usarse solo y exclusivamente con la finalidad específica de reducir el riesgo de contagios y prevenir la propagación del virus para velar por la seguridad de las personas/trabajadores.

La medida de control de temperatura debe ser aplicada atendiendo a criterios definidos por parte de las autoridades sanitarias y valorando la proporcionalidad y justificación de dicha medida en relación a si puede ser o no sustituida, precisa y eficaz con otra menos intrusiva para los derechos y libertades de las personas.

Estamos adaptándonos para atenderte en las mejores condiciones posibles, tenemos todo listo para recibirte en nuestro de...
26/05/2020

Estamos adaptándonos para atenderte en las mejores condiciones posibles, tenemos todo listo para recibirte en nuestro despacho, únicamente te pedimos como hemos hecho siempre que hagas uso de nuestros canales habituales de contacto para pedir cita presencial si es estrictamente necesaria, sabes que te atendemos sin inconveniente alguno vía Telefónica, Email y WhatsApp. Con algo de paciencia, llegamos a todos! Gracias por estar ahí.

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RECUERDA‼️ Los menores de 6 años no tendrán obligación de usar mascarillas en lugares públicos aunque no sea posible gua...
21/05/2020

RECUERDA‼️

Los menores de 6 años no tendrán obligación de usar mascarillas en lugares públicos aunque no sea posible guardar la distancia social. Aunque se recomienda la utilización de esta protección «para la población infantil de entre 3 y 5 años».

Será obligatorio su uso en todos los espacios cerrados compartidos y en los sitios abiertos en los que no haya posibilidad de mantener una distancia de dos metros con el resto de personas para evitar la transmisión del virus, además de en los transportes públicos como ya venía siendo preceptivo. La normativa, sin embargo, no establece régimen sancionador alguno para las personas que la incumplan.

Excepciones para el uso de mascarillas: Podrán no utilizarlas las personas que presenten «algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla» o los individuos a los que «el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización».

Se podrá prescindir de la protección durante el «desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla»; o por «causa de fuerza mayor o situación de necesidad».

La orden de Sanidad sí que deja claro que las autoridades no van a admitir el uso de pañuelos, bufandas, fulares o bragas de cuello como sucedáneos. «Se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca».

¿Grabar a las personas que incumplen la cuarentena y difundir el vídeo por las redes sociales?La grabaciones de este tip...
20/05/2020

¿Grabar a las personas que incumplen la cuarentena y difundir el vídeo por las redes sociales?

La grabaciones de este tipo, siempre que identifiquen a la persona que está incumpliendo, puede ser contraria a la normativa por cuanto existe un derecho a la propia imagen del titular y podría interponer una demanda por la vía civil y exigir una indemnización al autor del vídeo.

De lo contrario, si, en cambio, las personas que aparecen en el vídeo no fueran identificables, no habría derechos protegidos vulnerados.

Si realmente se está reflejando la comisión de una infracción, lo que habría que hacer es ponerlo en conocimiento de las autoridades porque no hay un interés legítimo en grabar algo para únicamente colgarlo en las redes sociales.

No grabes. No difundas. Avisa a las autoridades si lo crees conveniente.

EL COVID-19 y sus consecuencias familiares...Consultas para Divorciarse a raíz del confinamiento por el estado de alarma...
19/05/2020

EL COVID-19 y sus consecuencias familiares...

Consultas para Divorciarse a raíz del confinamiento por el estado de alarma y aumento de las peticiones para rebajar pensiones de alimentos de hijos por la pérdida de ingresos debido a la crisis provocada por el COVID-19 vienen aumentando en los últimos días.

Igualmente solicitar una compensación de tiempo por parte de padres y madres divorciados que se han visto desprovistos de la compañía de sus hijos debido al confinamiento impuesto por el estado de alarma decretado ante la pandemia.

El real decreto ley de agilización de la justicia para hacer frente al COVID-19 ha dado carácter de urgencia a la revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio y pensiones económicas entre cónyuges y de alimentos reconocidos a los hijos cuando cambian sustancialmente las circunstancias económicas.

Pero dada la cantidad de procedimientos que se avecinan y la situación de colapso que sufrirá sin duda nuestro sistema judicial, alcanzar acuerdos entre las partes y evitar la vía judicial será lo más beneficioso.

En Santos Blázquez Abogados te ayudaremos a:

✅ Alcanzar pactos de minoración o aumento en su caso de las pensiones con carácter transitorio, es decir, estableciendo los sistemas adecuados para luego volver a las pensiones que se tenían antes del ERTE o de la pérdida de ingresos de cualquiera de los progenitores.

✅ Alcanzar pactos de modificación de medidas relativas a régimen de visitas, guarda y custodia con carácter transitorio.

Y mucho más, estamos para ayudarte y volver progresivamente a nuestra normalidad.

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