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Marta Carballude Abogados Despacho de abogados especializado en derecho laboral y civil

16/03/2024

El servicio queda descubierto en el turno de penal tras la renuncia de 32 profesionales

08/03/2024

Profesionales del sector, en huelga indefinida desde el pasado 21 de noviembre, dan un paso al frente en sus presiones en busca de mejoras laborales y salariales. Amenazan con aplicar esta m ...

31/12/2023
05/04/2022

✔LAS EMPRESAS VAN A PODER AMORTIGUAR LA SUBIDA DEL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL

Lo cobrado por complementos salariales (incluso variables), forma parte del salario que debe compararse con el nuevo SMI , (quedan fuera las percepciones extrasalariales)
Según una nota difundida por el Alto Tribunal, no tener en cuenta los complementos salariales “supondría desconocer el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, pero también disolver el propio concepto de SMI, puesto que éste acabaría siendo distinto para cada colectivo sujeto a una regulación convencional, o incluso para cada persona
👉La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dado respuesta a estas dudas a través de tres sentencias en las que establece que “para conseguir la efectiva percepción del SMI garantizado hay que atender a las previsiones del convenio colectivo, incluyendo los diversos complementos salariales, salvo que una norma con rango de Ley aboque a otra conclusión, o el propio convenio colectivo lo indique de forma expresa👈

Despacho de abogados especializado en derecho laboral y civil

16/01/2022

Despacho de abogados especializado en derecho laboral y civil

22/07/2021

👨‍👧👨‍👧 El TSJ de Navarra confiere a los padres el derecho a recibir el complemento de paternidad 👉desde el momento de la jubilación👈
El TSJN estima el recurso del trabajador y ha establecido que dicho complemento (el 5% de la pensión de jubilación), debe ser abonado con efectos retroactivos desde la fecha de la jubilación, no desde la fecha de la reclamación .
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el TSJN señala que la lesión del derecho fundamental al demandante se le produjo desde la primera resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al reconocerle la prestación de jubilación sin el complemento al que tenía derecho, de ahí que se vulnerara así su derecho fundamental a la igualdad y a no ser discriminado en este caso por razón de s**o.
Por todo ello, la Sala concluye que el reconocimiento de una prestación (jubilación, invalidez o viudedad) debe ser desde el inicio

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