Gómez de Linares

Gómez de Linares Despacho profesional, jurídico, fiscal, laboral, contable, asesoramiento y desarrollo de negocios e

Le ayudamos a cancelar o reestructurar sus deudas, a través de la Ley de Segunda Oportunidad, tanto a empresarios (autón...
19/10/2021

Le ayudamos a cancelar o reestructurar sus deudas, a través de la Ley de Segunda Oportunidad, tanto a empresarios (autónomos y sociedades), como a particulares. Contacte ahora.

We can help you to cancel or restructure your debts, following the Second Chance Act, valid for business and private persons. Contact us now.

14/10/2021

Abre el emblemático Bar Parada de La Orotava, de la mano de Tito's Bodeguita, después de un procedimiento de licitación gestionado desde este despacho profesional. En la tarde y noche de hoy, hemos asistido a la inauguración de este afamado establecimiento, exquisitamente remodelado y actualizad...

14/10/2021

Donadas 200 Monodosis de Colirio para La Palma

14/10/2021

Segunda Oportunidad

14/10/2021

Hemos terminado la rotulación de nuestro nuevo local en el Polígono de San Jerónimo de La Orotava.

Hemos trasladado nuestra oficina principal al Polígono Industrial San Jerónimo en La Orotava (Santa Cruz de Tenerife). A...
11/06/2021

Hemos trasladado nuestra oficina principal al Polígono Industrial San Jerónimo en La Orotava (Santa Cruz de Tenerife). Atendiendo a las sugerencias de nuestros clientes, para su comodidad en la zona existen miles de plazas de aparcamiento disponible. Más agilidad y comodidad tanto para nuestro equipo, como para nuestros clientes.

We have moved our main office to the Polígono Industrial San Jerónimo in La Orotava (Santa Cruz de Tenerife). Following the suggestions of our clients, for your comfort in the area there are thousands of parking spaces available. More agility and comfort for both our team and our clients.

Esta mañana resolviendo un asunto a un buen cliente y además, amigo. Felicidades.
27/01/2021

Esta mañana resolviendo un asunto a un buen cliente y además, amigo. Felicidades.

Modificación de medidas COVID 19 para Tenerife (Nivel 2 de alerta)Mediante DECRETO 5/2021, de 21 de enero, del President...
22/01/2021

Modificación de medidas COVID 19 para Tenerife (Nivel 2 de alerta)

Mediante DECRETO 5/2021, de 21 de enero, del Presidente, por el que se actualiza el Decreto 94/2020, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, publicado en el día de hoy 22 de enero de 2021, se ha procedido por la presidencia del Gobierno de Canarias a actualizar el reseñado Decreto 94/2020 de 23 de diciembre, para aprobar nuevas medidas propias del estado de alarma derivadas del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Estas medidas específicas que se contienen en el anexo de este Decreto se mantendrán mientras subsista la declaración del estado de alarma efectuada por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

En relación a las mismas, de manera muy escueta y resumida, les facilitamos la información de su interés:

1.- Limitación de la entrada y salida de la isla de Tenerife:
Al haberse rebajado el estado de alerta a 2 en Tenerife, no existen limitaciones de salida o entrada a las islas.

2.- Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno:
Queda fijado y se extiene en Tenerife, entre las 23:00h y las 6:00h.
Excepciones:
a) Adquisición de medicamentos y productos sanitarios en oficinas de farmacia.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
j) Asistencia y cuidado de animales domésticos o en explotaciones ganaderas.

3.- Limitación del número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre:
Actualizado a máximo 6 personas en Tenerife, pro lo que deja de estar establecido el límte en 4.

4.- Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto.
Actualizado a 50% del aforo en Tenerife.

Nota específica para la actividad de restauración y hostelería:

En el nivel de alerta 2, no se podrá superar el 75% del aforo en terraza ni el 50% en interior, con un máximo de 6 personas por mesa y 2 en barra. Sigue sin poder ofrecerse el servicio de bufé o autoservicio en interiores y, el cierre completo está limitado a las 23:00h.

*Esta información no tiene carácter vinculante. Para mayor detalle acceder al Boletín Oficial de Canarias.

29/12/2020

We have just finished all residency applications for UK nationals (BREXIT), ordered from our clients.🥁🥳🎉

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