Oronoz Consulting

Oronoz Consulting ORONOZ CONSULTING es un despacho multidisciplinar radicado en Hondarribia y con actividad principal en toda Gipuzkoa.

Somos un abogado y una Licenciada en ADE apasionados del Derecho Deportivo y la Gestión Deportiva. Y es esta pasión la que nos ha impulsado a crear nuestra propia firma. Ofrecemos los mismos servicios que un despacho de abogados y una gestoría conjuntamente, pero orientado a las necesidades especificas de aquellos que operan en el mundo del deporte. Entre nuestros clientes se encuentran deportista

s profesionales y amateurs, clubes deportivos, asociaciones, así como empresas y autónomos relacionados con la actividad deportiva y el turismo aventura. Horario:
Mañanas de 9:00 a 14:30
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El Tribunal Supremo ha establecido que los futbolistas profesionales, sean o no considerados de élite, tienen derecho a ...
24/06/2019

El Tribunal Supremo ha establecido que los futbolistas profesionales, sean o no considerados de élite, tienen derecho a cobrar la indemnización legalmente prevista en el artículo 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores cuando acabe su contrato temporal al cumplirse el tiempo pactado (doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación).

La Sala da la razón a un futbolista que reclamaba el pago de una indemnización de 34.576 euros por fin de contrato a la Agrupación Deportiva Alcorcón S.A.D., donde había jugado seis temporadas (desde 2009/2010 hasta 2014/2015) en Segunda División A. Al finalizar su relación laboral con este club, fue contratado por el Deportivo Alavés.

En una sentencia de Pleno, la Sala ha establecido que los futbolistas profesionales, sean

06/03/2019

PARTICIPAR EN UN RALLY ESTANDO DE BAJA NO ES MOTIVO PARA DESPEDIR A UN TRABAJADOR

El trabajador, de profesión planchista-pintor de automóviles, estaba en situación de baja por dolor cervical irradiado a brazo derecho, habiendo sido causada la lesión mientras estaba fregando un coche. La empresa le imputaba en la carta de despido disciplinario haber incurrido en falta muy grave por participar estando de baja en un Rally, pilotando junto a un copiloto un vehículo.

La Sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca por su parte, indica que fue una conducta absolutamente puntual, no continuada ni prolongada en el tiempo y que se produjo estando ya avanzado el proceso de incapacidad temporal. No prueba la empresa como le correspondía, que médicamente la acción meramente episódica haya interferido negativamente en la evolución del proceso clínico del trabajador, prolongando indebidamente el periodo de permanencia en situación de incapacidad temporal.

Aunque la conducta del trabajador no fuera del todo prudente, no basta para justifica el despido disciplinario porque faltan las notas de gravedad y culpabilidad exigidas por el artículo 54.1 del Estatuto de los Trabajadores, lo que lleva al Juzgado a declarar la improcedencia del despido.

Más información en: http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/13743-participar-en-un-rally-no-es-motivo-para-despedir-a-un-trabajador-de-baja-por-incapacidad-temporal/?fbclid=IwAR3lWDA1qF9K-il3r7ASqaKzeOOiC1iqUoNGnQn6z3qk8aRkh2npsxH8wEs

El Tribunal Supremo, en sentencia 31/2019, de 17 de enero (Rec. 2000/2017), aclara cómo se deben confeccionar las nómina...
26/02/2019

El Tribunal Supremo, en sentencia 31/2019, de 17 de enero (Rec. 2000/2017), aclara cómo se deben confeccionar las nóminas de los trabajadores, y dispone que el contenido de la nómina debe ser transparente, - de fácil comprobación de los conceptos pagados-, y que el cálculo e importe de cada uno estos conceptos, pueda realizarse con el número mínimo de operaciones matemáticas, y sin necesidad de acudir al registro de datos que, aunque el trabajador conozca, no le sean comunicados por la empresa.

La forma en que se realice la nómina no puede obligar al trabajador a controlar el

Glovo, al igual que otras empresas de repartos a domicilio similares como Deliveroo o UberEats, se alimenta de una gran ...
17/02/2019

Glovo, al igual que otras empresas de repartos a domicilio similares como Deliveroo o UberEats, se alimenta de una gran "plantilla" de mensajeros que transportan los pedidos que los consumidores piden a través de la app. Estos repartidores trabajan como autónomos, sin contrato laboral.

Mientras la justicia en el caso de Deliveroo había fallado a favor de la relación laboral, con una sentencia que declara que un repartidor de Valencia era falso autónomo, Glovo había conseguido victorias en los tribunales de primera instancia. Pero ahora, el magistrado José Pablo Aramendi declara que existe relación laboral en una pormenorizada sentencia, que Glovo ha anunciado que recurrirá.

Después de dos sentencias, una muy reciente, que concluía que dos mensajeros de Glovo eran autónomos, un juzgado de Madrid concluye que existe relación laboral en el caso de otro denuncianteEl sindicato UGT, que defendió al trabajador, celebra el reconocimiento de la relación laboral entre el ...

Los magistrados y magistradas de lo contencioso-administrativo explican que “la persona afectada por una supuesta lesión...
16/01/2019

Los magistrados y magistradas de lo contencioso-administrativo explican que “la persona afectada por una supuesta lesión del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen" está legitimada para reclamar el derecho al olvido ante el motor de búsqueda o la propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) "cuando los resultados del motor de búsqueda ofrezcan datos sustancialmente erróneos o inexactos que supongan una desvalorización de la imagen reputacional que se revele injustificada por contradecir los pronunciamientos formulados en una resolución judicial firme”.

Su jurisprudencia avala el derecho al olvido sobre noticias inexactas que lesionen el honor, la intimidad o la imagen

El Tribunal Supremo considera laboral el episodio cardiovascular cuyos síntomas debutan durante el trabajo, aunque solo ...
10/01/2019

El Tribunal Supremo considera laboral el episodio cardiovascular cuyos síntomas debutan durante el trabajo, aunque solo se desencadena tras acabar la jornada, mientras el trabajador se ejercita en el gimnasio.

El causante padecía cardiopatía isquémica habiéndosele realizado un triple bay-pass. El día de su fallecimiento realizando su trabajo, manifestó no encontrarse bien y al apreciar sus compañeros que se encontraba sudoroso y pálido y le recomendaron ir l gimnasio que la empresa abonaba a sus directivos. Practicando deporte, le sobrevino un evento cardíaco sobre las 13 horas a consecuencia del cual falleció.

Aunque el fallecimiento se atribuya a las "exigencias físicas" de la actividad deportiva, el Tribunal Supremo recuerda que el posterior agravamiento de una patología laboral es accidente laboral.

Muerte de un trabajador tras hacer ejercitarse en el gimnasio tras la jornada de trabajo: presunción de laboralidad

La titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander ha condenado a la compañía aseguradora de la empresa que organizó l...
12/12/2018

La titular del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander ha condenado a la compañía aseguradora de la empresa que organizó la actividad de puenting en la que murió una joven en agosto de 2015 en Cabezón de la Sal al pago de una indemnización de 140.000 euros a favor de los familiares de la fallecida.

Señala la Sentencia (contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial) que el acusado “no adoptó las medidas de vigilancia o precaución suficientes, debiendo haber velado por que las instalaciones revistieran las mínimas condiciones de seguridad y, concretamente, por que la menor tuviera colocada una línea de vida hasta que llegara el momento del salto”.

La magistrada rechaza la pretensión de la compañía aseguradora de no asumir el pago de la indemnización. En concreto señala que “el incumplimiento de las obligaciones del tomador con la aseguradora no pueden oponerse ni perjudicar a las víctimas que no son parte del contrato del seguro”.

La compañía aseguradora de la empresa que organizó la actividad de puenting en la que murió una joven en agosto de 2015 en Cabezón de la Sal tendrá que pagar...

Después de semanas de desencuentros, el Ministerio de Trabajo y las asociaciones más representativas del colectivo de lo...
15/11/2018

Después de semanas de desencuentros, el Ministerio de Trabajo y las asociaciones más representativas del colectivo de los autónomos (ATA y UPTA) han llegado a un principio de acuerdo sobre las subidas en las cotizaciones sociales que pagarán los trabajadores por cuenta propia en 2019.

Estas asociaciones añaden que el preacuerdo incluye el mantenimiento de la “tarifa plana” a los autónomos que inician su actividad, aunque subiendo algo su importe, hasta los 55 o 60 euros mensuales.

La subida supondrá unos 60 euros al año, según las principales asociaciones del colectivoEl pacto incluye una mejora de las prestaciones por cese de actividad, formación, contingencias profesionales e incapacidad

La Hacienda foral de Gipuzkoa ha activado el procedimiento para devolver el IRPF de las bajas por maternidad, después de...
29/10/2018

La Hacienda foral de Gipuzkoa ha activado el procedimiento para devolver el IRPF de las bajas por maternidad, después de la sentencia del Tribunal Supremo y que ha dejado exentas de tributación estas prestaciones. El formulario para reclamar la devolución se encuentra ya disponible en la página web de la institución foral (www.ogasuna.eus) y en las oficinas de Hacienda, y se colgará en breve en la plataforma Zergabidea.

Mediante este escrito, las personas contribuyentes afectadas solicitarán la rectificación de sus declaraciones de la Renta de ejercicios no prescritos (de 2014 a 2017).

El formulario está ya disponible en la página web del fisco foral

Datorren azaroaren 1ean (osteguna) Beñat Elzo Mendi Lasterketa solidarioaren bostgarren edizioa antolatuko da Hondarribi...
18/10/2018

Datorren azaroaren 1ean (osteguna) Beñat Elzo Mendi Lasterketa solidarioaren bostgarren edizioa antolatuko da Hondarribian. Aurtengo irabaziak Pausoka Elkartearentzako izango dira (http://www.pausokaelkartea.org). Ekimen eder eta solidario honetan parte hartzera animatzen zaituztegu.

El próximo 1 de noviembre se organiza en Hondarribia la quinta edición de la carrera solidaria Beñat Elzo Mendi Lasterketa. Los beneficios de la presente edición serán para la Asociación Pausoka (http://www.pausokaelkartea.org). Desde aquí queremos animaros a participar en esta gran iniciativa solidaria.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) concluyó que la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los rec...
08/10/2018

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) concluyó que la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los recursos del futbolista rumano Adrian Mutu y la esquiadora alemana Claudia Pechstein confirma que su "jurisdicción es necesaria para la uniformidad en el deporte".

El organismo se pronunció así este martes después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya desestimado los recursos de Mutu y Pechstein contra la resolución del Tribunal Federal Suizo que rechazó la reclamación presentada por ambos sobre "imparcialidad en el TAS".

El TAS concluye que el Tribunal de Derechos Humanos confirma "su jurisdicción necesaria"

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tiene en sus manos el futuro del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), o l...
01/10/2018

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tiene en sus manos el futuro del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), o lo que es lo mismo, el futuro de la justicia deportiva mundial.

Este martes 2 de octubre, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos tiene en el orden del día diversos asuntos, pero entre ellos hay dos que afectan de lleno al núcleo esencial del TAS: su independencia.

Se trata de los casos de Mutu y Pechstein (nos 40575/10 y 67474/10). Los recurrentes, de nacionalidad rumana (Adrian Mutu) y alemana (Claudia Pechstein), acudieron al TEDH, no tanto para impugnar el fondo de los asuntos fallados por el TAS, pero sí para cuestionar su independencia, alegando que no han tenido un "juicio justo".

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tiene en sus manos el futuro del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS, CAS en inglés), o lo que es lo mismo, el futuro de la justicia deportiva mundial. Pero no es la primera situación límite que padece

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