16/10/2026
Desde el 5 de octubre de 2026 se amplía la información que la empresa debe facilitar a la persona trabajadora al contratarla.
El Real Decreto 723/2026 desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores y transpone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1152. Se aplica a las relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas y la información abarca diecisiete apartados, entre ellos las condiciones del período de prueba, el derecho a formación, el cálculo de la retribución variable y el plan de igualdad y protocolo de acoso.
No se exige papel: puede darse en formato electrónico si es accesible, se puede almacenar e imprimir y la empresa conserva la prueba de la entrega. Eso sí, debe facilitarse antes de que empiece la relación laboral.
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