18/06/2026
Eva Díaz
- 17/06/2026
Hacienda se adapta ante la proliferación de neobancos, entidades digitales y fintech que permiten a los usuarios abrir cuentas por internet y embargará automáticamente los saldos que los contribuyentes deudores tengan en estas entidades.
La Dirección General de la Agencia Tributaria ha aprobado una nueva resolución para poder embargar de forma telemática el dinero que haya en cualquier cuenta online, ya sea de una entidad de dinero electrónico o de proveedor de servicio de pago, incluyendo las cuentas que estén en otra divisa, es decir, que permitan a la persona enviar, mantener y recibir dinero en monedas extranjeras sin necesidad de cambiarlas al euro.
Hacienda extiende así el procedimiento telemático de embargo de las tradicionales cuentas bancarias a cualquier otra entidad digital, ya sea nacional o extranjera, que permita a los contribuyentes tener dinero en nuestro país.
De este modo, el compendio de neobancos y entidades digitales recibirá de forma telemática y diaria las nuevas diligencias de embargo por parte de la Agencia Tributaria y tendrá que retener las cantidades reseñadas por el fisco al instante. No obstante, si en la cuenta hay menos dinero, se hará la retención pertinente.
Límite de tres euros
No se realizará embargo alguno si la cuenta dispone de tres euros o menos. Además, en aquellas cuentas en las que los usuarios reciban el sueldo, salario o la pensión, la retención se hará cumpliendo los límites legales. Es decir, solo se podrá congelar el saldo que exceda de la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y en el caso de que el ciudadano cobre más de dos, tres o cuatro veces este importe, se limita a unos porcentajes concretos.
La resolución, publicada este martes en el BOE, tendrá efectos a partir de noviembre