Tamarit & Ramis

Tamarit & Ramis Assessoria dedicada a temes jurídics, comptables i financers. Som una assessoria dedicada a temes jurídics, comptables i financers.

Ens caracteritzem per l'estudi de cada cas i la col·laboració personal amb el client. Prestem servei d'assessorament tant a empreses com a particulars. Comptem amb professionals qualificats i amb experiència. El nostre àmbit de treball són els jujats i les Administracions Públiques, però entenem també necessària la negociació i la mediació per solucionar conflictes de forma ràpida i satisfactòria.

Podeu contactar amb nosaltres als correus electrònics [email protected] (David) i [email protected] (Marian).

07/07/2014

LEERO, es importante saber por donde van los tiros........

07/07/2014

Buenos dias,

Comentaros que el pasado sabado se aprobó el
El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicado en el BOE del 5, recoge una amplia serie de medidas en materia fiscal y tributaria, cuyos aspectos más relevantes resumimos a continuación:

1. Trabajadores autónomos

El art. 122.Tres del Real Decreto Ley adelanta al mismo día de su publicación, la entrada en vigor de la reducción del 21 por 100 al 15 por 100 de las retenciones aplicables a los autónomos con ingresos anuales inferiores a 12.000 euros previsto en el borrador de reforma fiscal aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 21 de junio.

Además, el Real Decreto Ley eleva de 12.000 euros --cantidad que también figuraba en el borrador de reforma fiscal-- a 15.000 euros los rendimientos anuales de los autónomos que podrán aplicar la retención del 15 por 100 con carácter inmediato.

El Gobierno prevé que con esta medida, unos 325.000 autónomos se verán favorecidos a partir de mañana por la aplicación de este tipo reducido de retención, de acuerdo con el siguiente cuadro:

RETENCIONES IRPF para rendimientos de actividades profesionales

IRPF 2014 HASTA julio caracter general retencion 21%

desde JULIO 2014 CARACTER GENERAL 21%
AUTONOMOS (que hayan facturado hasta 15.000 ) pasaran a una retención de 15%.

desde JULIO 2015 CARACTER GENERAL 20%
AUTONOMOS (que hayan facturado hasta 15.000 ) pasaran a una retención de 15%.

desde JULIO 2016 CARACTER GENERAL 19%
AUTONOMOS (que hayan facturado hasta 15.000 ) pasaran a una retención de 15%.


2. Tributación de la dación en pago de la vivienda habitual

Por otro lado, el art. 122. Uno del Real Decreto Ley incluye y detalla otra medida anunciada en la presentación del borrador de reforma fiscal: la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación de una hipoteca, no tributará ni por el IRPF ni por la llamada "plusvalía municipal" (Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), siempre que el propietario no disponga de otros bienes para afrontar el pago de la totalidad de la deuda.

Esta exención no se limita a los supuestos de dación en pago, sino que se amplía a las transmisiones realizadas en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.

Además, el Real Decreto Ley fija que la medida tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero de 2014 y sobre ejercicios anteriores no prescritos.

3. Compensación de las rentas negativas derivadas de participaciones preferentes

Por otro lado, el art. 122.Dos del Real Decreto Ley permitirá compensar, sin límite y con cualquier tipo de renta en la base del ahorro, las rentas negativas derivadas de deuda subordinada, participaciones preferentes o acciones recibidas posteriormente por dichos valores que se hayan generado con anterioridad al 1 de enero de 2015.

El borrador de reforma fiscal anunciado permitía esta compensación a partir de enero de 2015. Ahora, dicha compensación podrá producirse en la declaración del IRPF 2014 y podrá afectar a los rendimientos negativos pendientes de compensar, generados en 2010 y ejercicios siguientes. De esta forma, los rendimientos de capital negativos derivados de participaciones preferentes se podrán compensar con las ganancias patrimoniales derivadas de las acciones que fueron objeto de canje.

Según el Gobiernos, con esta medida se pretende abarcar situaciones generadas en el pasado como la que afecta a un gran número de contribuyentes, antiguos titulares de participaciones preferentes y deuda subordinada, que deben tributar por la ganancia obtenida por la venta de acciones entregadas a cambio de dichos títulos, a pesar de haber sufrido una pérdida como consecuencia de la compra forzosa de los mismos. La introducción de un trato especial para los afectados por esta problemática supone un avance en términos de justicia y cohesión social.

4. Modificación del tipo de gravamen del Impuesto a depósitos bancarios

El art. 124 del Real Decreto Ley introduce varias modificaciones en el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, estableciendo un tipo de gravamen del 0.03% para el Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito (IDEC), con efectos desde el 1 de enero de 2014. Su recaudación irá destinada a las Comunidades Autónomas, en función de la recaudación que se obtenga en cada territorio.

La modificación se efectúa para garantizar una tributación armonizada de los depósitos constituidos en las entidades de crédito de todo el territorio español, y con ello, velar por la unidad de mercado y la eficiencia del sistema financiero.

Adicionalmente, la nueva norma introduce algunas medidas de interés en el ámbito financiero local, que vienen a complementar los diferentes paquetes de medidas recientemente aprobados para permitir la modificación de las condiciones financieras de los contratos de préstamo formalizados por las entidades locales con este Fondo.

En concreto, el próximo mes de agosto será el primero en el que las entidades locales que formalizaron préstamos con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, en su primera fase, tendrán que iniciar la amortización del principal de la deuda contraída, al finalizar los dos años de carencia de la amortización de los préstamos.

14/05/2014

OTRAS COSAS QUE NO APARECEN EN EL BORRADOR DE LA RENTA , son los alquileres, si tu estas arrendado , ten en cuenta que tienes una deduccion estatal y otra autonomica por la que te puedes decucir el alquiler.
En la Parte Estatal los contribuyentes podran deducir hasta el 10.05% de las cantidades destinadas al pago del alquiler de su vivienda habitual. Siempre que su base imponible no supere 24.107,20 euros anuales .
Por la parte autonomica los porcentajes de deduccion varian desde un 15% a un 25 %. El requisito mas importante y que casi nadie cumple es : DEPOSITAR LA FIANZA EN UN CUENTA A FAVOR DE LA GENERALITAT VALENCIANA.

09/05/2014

Es importante que antes de confirmar el borrador de la renta, este se revise. Pues datos como afiliación a sindicatos o cuotas a colegios profesionales no suelen aparecer. O cuando se es administrador de una sociedad y se paga autónomo este no viene reflejado como gasto a la seguridad social.......
Seguiremos informando

09/05/2014

TAMARIT&RAMIS asesores les ofrece sus servicios para la confección de la RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS 2013 a partir de 30 euros.

Pareix molt evident que si t’envien una carta informant que ets l’afortunat d’un premi de loteria és una estafa, però no...
30/11/2013

Pareix molt evident que si t’envien una carta informant que ets l’afortunat d’un premi de loteria és una estafa, però no ho és tant quan la carta porta tots els segells oficials, quan esta signada pel vicepresident de la loteria, porta un telèfon d’atenció espanyol per informar com has de cobrar el premi i hi ha una asseguradora molt coneguda implicada... jo vaig estar dubtant!!.

Aneu alerta amb estos lladres, sobretot amb les persones més sensibles, doncs demanen el número de compte per ingressar els diners de premi i el pagament d’una taxa.

http://www.policia.es/consejos/estafa_loteria_sp.html

WEB OFICIAL DE LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA -ESPAÑA- SPAIN-

Bonica iniciativa del Col'legi d'advocats d'Oviedo, la Direcció General de Justícia i alguns Ajuntaments. Per a quan l'O...
28/11/2013

Bonica iniciativa del Col'legi d'advocats d'Oviedo, la Direcció General de Justícia i alguns Ajuntaments. Per a quan l'Oficina d'Intermediació Hipotecària de la Marina Alta? Estaria molt bé!!


http://www.elcomercio.es/v/20131124/oviedo/hacer-antes-desahucio-20131124.html

El Colegio de Abogados de Oviedo y la Dirección General de Justicia llevan un año prestando un Servicio de Intermediación Hipotecaria que ha atendido 133 casos con un 20% de resultados positivos

19/09/2013

Estimades/ts amigues i amics, en esta nova etapa que comencem, David Ramis Perez, com assessor fiscal i comptable, i Marian Tamarit, com advocada, desitgem comptar amb la vostra confiança per ajudar-vos en aquelles qüestions que ho requerisquen.

Les nostres especialitats són fiscalitat i comptabilitat per la part de David Ramis i en Dret Administratiu (recursos administratius, contenciosos, assessorament a grups polítics) per la part de Marian Tamarit.

La primera consulta és gratuïta i podeu sol•licitar pressupost sense cap compromís.

19/09/2013

Dirección

Denia
03700

Teléfono

636 484 917

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Tamarit & Ramis publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Tamarit & Ramis:

Compartir