01/06/2020
Artículo Cancela tus deudas con la Ley de la 2ª Oportunidad
Está al orden del día que la crisis sanitaria provocada por el ”coronavirus” des del mes de marzo han hecho tomar una serie de medidas sociales y económicas al Gobierno con el fin de proteger a la población, siendo la medida más significativa la sucesiva aprobación del estado de alarma. Todo ello nos ha llevado a una nueva crisis económica y financiera, que si bien solo acaba de empezar, ya viene precedida de la anterior crisis económica que empezó en 2008 y no empezó a remitir hasta 2015, es decir, llueve sobre mojado.
Es por ello, que en estos momentos vuelve a ser de actualidad la llamada Ley de la 2ª Oportunidad, o lo que es lo mismo, los artículos que fueron incluidos en la Ley Concursal mediante la entrada en vigor de el Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero , el cual supuso verdaderamente una nueva oportunidad para personas física y autónomos de hacer frente a sus deudas, de cancelarlas, y poder salir de una situación personal de crisis económica-financiera que, de no ser por este mecanismo de cancelación de deudas podría enquistarse y eternizarse, impidiendo poder salir adelante de una forma legal y no traumática.
¿Que es la Ley de la 2ª Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad es una norma a través de la cual se puede conseguir la exoneración completa de todas tus deudas. Tiene una primera fase extrajudicial, en la que se tiene que proponer un plan de pagos a los acreedores, y si este plan de pago no es aceptado, tenemos la fase judicial, en la que el Juez determina la exoneración completa de tus deudas.
¿Quién puede acogerse a la Ley de 2ª Oportunidad? Y sus principales requisitos.
A la Ley de Segunda Oportunidad pueden acogerse ciudadanos particulares y autónomos. Antes de la entrada en vigor de esta ley, solamente existía la ley concursal para las empresas, pero gracias a la transposición de la Directiva europea sobre insolvencias el Estado Español tuvo que incluir a particulares, y autónomos que hayan fracasado en su aventura empresarial, que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio presente y futuro.
Los requisitos principales para acogerse a esta Ley son:
• la buena fe,
• hallarse en situación de insolvencia,
• tener como mínimo dos deudas,
• límite máximo de deudas 5.000.000 € y,
• no haber cometido delitos fiscales.
¿Cómo puedo acogerme a la Ley de 2ª Oportunidad?
Debido a la complejidad del procedimiento, que en la mayoría de casos conlleva realizar las dos fases indicadas anteriormente, lo más adecuado para asegurarse de un resultado positivo es ir acompañado durante todo el proceso por un abogado experto en la materia. El mismo te asesorará y ayudará a la recopilación de la documentación inicial necesaria y manejará bajo la defensa de tus derechos e intereses la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad en cada trámite extrajudicial y judicial.
Es por ello que, si te encuentras en situación de sobreendeudamiento, no puedes pagar la hipoteca, o no llegas a fin de mes, entre otras, y ninguna entidad financiera te quiere ayudar, podemos ayudarte! llámanos y analizaremos tu caso en profundidad para solucionar tu problema.