Félix Pérez González / Abogado

Félix Pérez González / Abogado Abogado en ejercicio perteneciente al I.C.A. Cartagena

El diario La verdad se hace eco de la sentencia de despido nulo y discriminatorio, de la trabajadora embarazada. 👨‍💻👍
25/10/2021

El diario La verdad se hace eco de la sentencia de despido nulo y discriminatorio, de la trabajadora embarazada. 👨‍💻👍

Un responsable de la empresa ordenó «que hicieran lo que tuvieran que hacer» con la trabajadora, que debe ser readmitida en la tienda

Trabajadora despedida covid19. Continuando con la saga de Supermercados,  el Tribunal Superior de Justicia nos vuelve a ...
24/10/2021

Trabajadora despedida covid19. Continuando con la saga de Supermercados, el Tribunal Superior de Justicia nos vuelve a dar la razón y confirma Sentencia: Despido nulo, readmisión abono de salarios, e indemnización por daños morales de 6.250 euros. ¡¡Seguimos!! 👨‍💻💪👨‍⚖

Ratificada la nulidad del despido de una trabajadora por se contagió de COVID-19
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El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido nulo y discriminatorio de una trabajadora en baja laboral por coronavirus, que estimó un juzgado de Lo Social, por tratarse de "una enfermedad estigmatizante". Además, la empresa deberá pagar 6.250 euros por daños morales más las costas judiciales. Se trata de la primera vez que un TSJ se pronuncia sobre este asunto en España, dándose la curiosidad de que lo hace sobre una sentencia que también fue pionera en este terreno. En la imagen se observa al abogado cartagenero Félix Pérez González, del despacho Domingo Núñez&Asociados, quien ha representado a la trabajadora...

https://www.cartagenadeley.com/index.php/130-noticias-sec/portada/32066-ratificada-la-nulidad-del-despido-de-una-trabajadora-por-se-contagio-de-covid-19

Nueva Sentencia que declara nulo el despido de una trabajadora embarazada. La empresa ha sido condenada a readmitir inme...
01/10/2021

Nueva Sentencia que declara nulo el despido de una trabajadora embarazada. La empresa ha sido condenada a readmitir inmediatamente a la trabajadora, abono de salarios desde el día del despido, y además el abono de una indemnización por daños morales de 6251 euros por la vulneración de sus derechos fundamentales. 👨‍💻Hay que llegar hasta el final, nunca te rindas en la lucha por tus derechos👨‍⚖

Un supermercado deberá readmitir a una empleada embarazada
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La cadena Superdumbo ha sido condenada, en sentencia firme por el juzgado de Lo Social número 1 de Cartagena, por un despido discriminatorio de una trabajadora de su establecimiento en La Unión, conociendo su estado de embarazo. La trabajadora ha sido defendida por el letrado Félix Pérez González (foto adjunta) del despacho de Domingo Núñez & Asociados...

https://www.cartagenadeley.com/index.php/130-noticias-sec/portada/31960-un-supermercado-debera-readmitir-a-una-empleada-embarazada

Culmina una semana inolvidable, muy agradecido del reconocimiento público y repercusión, seguiremos luchando 💪. Gracias ...
23/01/2021

Culmina una semana inolvidable, muy agradecido del reconocimiento público y repercusión, seguiremos luchando 💪. Gracias a todos 👏

Fin de semana intenso en el I Congreso de Abogacia Joven con temática en el ámbito del derecho de familia, con temas tan...
24/02/2018

Fin de semana intenso en el I Congreso de Abogacia Joven con temática en el ámbito del derecho de familia, con temas tan importantes y de actualidad como la gestación subrogada, sustracción de menores, violencia de género, entre otros. Enhorabuena a los organizadores¡!

Primer Congreso de . Perfecta organización en forma y contenido. Muy orgullosos de vosotros.

Enhorabuena a tod@s, mucha fuerza y ánimo  ¡!
01/02/2018

Enhorabuena a tod@s, mucha fuerza y ánimo ¡!

El distintivo de la toga, por motivos que se desconocen, sólo existe en el Colegio de Abogados de Cartagena, según ha desvelado José Muelas antes de dar el relevo a Antonio Navarro Selfa, quien inicia su etapa con el objetivo de dar mayor visibilidad a los letrados en la sociedad y con el comprom...

El Tribunal Supremo ha elogiado en su Sentencia, el trabajo realizado por el abogado designado del Turno de Oficio para ...
18/01/2018

El Tribunal Supremo ha elogiado en su Sentencia, el trabajo realizado por el abogado designado del Turno de Oficio para la defensa del pederasta de Ciudad Lineal. de Oficio

El tribunal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que resolvió el recurso de casación presentado por el abogado, Cristóbal Sitjar Fernández, en nombre de Antonio Ortiz, el “pederasta de Ciudad Lineal”, ha elogiado de forma expresa en su sentencia la “profesionalidad y de la encomiable de...

25/11/2017

Hoy es el Día Internacional contra la Violencia de Género y las portadas de los periódicos regionales dan cuenta de un informe realizado hace unos días por la Junta de Gobierno de este Colegio y que fue remitido a diversas autoridades nacionales y autonómicas. El informe es duro, sí, pero no es menos cierto que la situación de la justicia en Cartagena en materia de familia es insostenible.

Esta es la nota de prensa que han manejado los medios.

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EL COLEGIO DE ABOGADOS TACHA DE “INSOPORTABLES” LOS RETRASOS EN EL JUZGADO DE FAMILIA

-LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN HA TRASLADO AL TSJ SU MALESTAR POR DETERMINADAS PRÁCTICAS JUDICIALES, COMO FORZAR A LAS PARTES A ALCANZAR ACUERDOS

-CALIFICA LAS DEMORAS EN LOS JUICIOS, DE HASTA UN AÑO, COMO “ALGO FUERA DE LO RAZONABLE” QUE VA CAMINO DE CONVERTIRSE EN UN “MAL CRÓNICO”

Retrasos de entre ocho y doce meses en celebrar juicios, subcontrata de los dictámenes psicológicos y sociales por la excesiva carga de trabajo, procesos de incapacitación de personas interminables, presiones a los letrados para lograr acuerdos en juicios de divorcio. Estas son sólo algunas de las deficiencias que padece el único Juzgado de Familia con el que cuenta el Partido Judicial de Cartagena y que, a riesgo de convertirse en crónicas, han llevado a la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Cartagena, a poner las mismas en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
El documento, rubricado por el decano del Colegio de Abogados de Cartagena, José Muelas, en representación de la Junta de Gobierno, comienza recordando que ésta no es la primera vez en que se remiten al TSJ las quejas de los abogados:

“Dicha situación, de la que ya hemos dado cuenta al TSJ en anteriores escritos y también de manera informal en otras muchas ocasiones, no por conocida y mantenida en el tiempo deja de ser cada vez más preocupante e insoportable”, indica el comunicado citado.

La Junta de Gobierno es plenamente consciente de que “los recursos son limitados y que el TSJ no tiene la competencia directa para dotar adecuadamente a los órganos jurisdiccionales de su ámbito, en función de sus particulares necesidades, de los medios personales y materiales que pudieran precisar para ofrecer a los justiciables y a los profesionales –en este caso, los abogados- que los asisten en un mundo jurídico tan complejo como el actual, de un servicio público no ya de calidad, sino que atienda a unos mínimos irrenunciables”.

Pero ello no obsta a que esta Corporación, “reitere una vez más y ponga en conocimiento del TSJ las circunstancias a que vienen haciendo frente a diario los justiciables, los Letrados y los demás operadores jurídicos que tienen que relacionarse con el Juzgado de Familia de Cartagena, tanto por esa manifiesta falta de medios, como debido a determinadas prácticas instauradas como usos del foro que, al socaire de un pretendido beneficio para los ciudadanos, en realidad vienen impidiendo el acceso de los mismos a un proceso justo con todas las garantías, poniendo en jaque el principio de independencia que la Ley predica y atribuye al ABOGADO”. “Es, quizás, la sistemática puesta en riesgo que viene sufriendo ese principio de independencia del abogado la que ha determinado a esta Corporación, a través de las quejas que le han sido transmitidas, a adoptar el acuerdo de dirigir la presente al TSJ”, añade el informe.

Tampoco ignora la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados el reciente acuerdo del Consejo de Ministros para la creación de un séptimo Juzgado de Primera Instancia en Cartagena (Real Decreto 902/2017, de 13 de octubre), pero “desconocemos si tendrá o no competencias en materia de familia, lo que sin duda contribuiría a aliviar la situación actual de ser así, pero nada garantiza que esos usos que se han impuesto, vayan a desaparecer”.

En estas circunstancias, esta Junta de Gobierno ha decidido, “por lo insostenible de la situación”, trasladar al TSJ las siguientes cuestiones:

DILACIONES EN LOS PROCEDIMIENTOS
Los ciudadanos del Partido Judicial de Cartagena vienen soportando, no solo en los últimos meses, sino en los últimos años unas demoras fuera de todo lo razonable en lo que a señalamientos de juicios se refiere, “convirtiéndose la situación en un mal estructural y crónico”, según la Junta.

“Da igual el tipo de proceso de que se trate (separación, nulidad, divorcio, medidas provisionales previas o coetáneas, modificaciones de medidas, piezas de oposición en ejecuciones forzosas, juicios relacionados con la liquidación de régimen económico matrimonial, filiaciones, incapacidades, etc.), actualmente la mayor parte de los procedimientos soportan, desde que se presenta la demanda hasta que se señala fecha para la celebración de juicio, una demora media de entre ocho y doce meses, todo ello contando con que, llegada la fecha, no surja ninguna incidencia, como las que luego señalaremos, que así lo impida”, denuncia la máxima representación de los abogados de Cartagena.

En este escenario y si nos referimos, por ejemplo, a procesos matrimoniales, “es totalmente irrelevante que nos encontremos en una situación en la que las relaciones entre cónyuges se encuentren sin regulación o que ya tengan una regulación y se pretenda su modificación. Esto es, en orden a fijar un orden en los señalamientos, da igual que nos hallemos ante la ruptura de una pareja que no ha podido alcanzar un acuerdo y que tiene que acudir a un proceso contencioso (con medidas provisionales), que una pareja que ya tiene unas medidas (provisionales o definitivas). Tienen que esperar lo mismo”, añade el informe citado.
“Es inaudito que unos niños tengan que esperar un año o más para que se articule un régimen de guarda y custodia, un régimen de estancias con quien no sea custodio o la forma en que se hayan de atender sus necesidades alimenticias en el más amplio sentido (alimentos, salud, educación, habitación, etc.). Y es todavía más inaudito si tomamos en consideración que el mecanismo que el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil ofrecen para dar solución interina a esas cuestiones básicas está siendo sistemáticamente soslayado de una forma manifiesta, con una de esas prácticas a las que anteriormente nos referíamos que se ha hecho uso del foro y contra la que nada se puede hacer”, subraya la Junta de Gobierno.

Los representantes de la Abogacía cartagenera matizan que “sería deseable que, por el bien de los hijos, las partes llegaran a acuerdos, atendieran a vías alternativas de resolución de conflictos (el Colegio de Abogados de Cartagena tiene organizado y en funcionamiento la Institución de Mediación), pero allí donde ello no es posible, deviene inevitable que se acuda al auxilio judicial y todos estaremos conformes –aunque sea un lugar común- en que una justicia lenta, deja de ser justicia”.

EVITAR LA ESCALADA DE TENSIÓN EN PAREJAS ROTAS
“No desea esta Junta trasladar una idea equivocada y hacer responsable a los operadores jurídicos de los inadmisibles actos de terceros, pero en un contexto social de creciente alarma por la violencia de género quizás sería adecuado preguntarnos si la perpetuación en el tiempo de una situación de crisis matrimonial y familiar, sin que un órgano judicial intervenga de manera efectiva y a tiempo cuando las partes no son capaces –por la razón que sea- de darse a sí mismas una solución, podría tener alguna relevancia en que los intervinientes puedan llegar a“ tomarse la justica por su mano”, según recoge el informe elaborado por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Cartagena. “Insistimos en que con esta reflexión no se pretende trasladar la responsabilidad de hechos delictivos a persona distinta del sujeto activo de los mismos, sino sencillamente de plantear si existe a nuestro alcance alguna medida que pudiera contribuir a evitar la escalada de tensión en una pareja rota, sin que se pueda olvidar que es derecho fundamental un proceso sin dilaciones indebidas, tanto más en asuntos tan sensibles como los de familia”.

Respecto a los procesos sobre la capacidad de las personas, “algunos de los cuales son absolutamente incontestables, como los de personas de muy edad avanzada con padecimientos psíquicos graves, irreversibles (demencias, alzhéimer, etc.), y perfectamente diagnosticados y objetivables, que precisan del concurso de un tutor para los actos más básicos y cotidianos”, la situación es “igualmente grave”, destaca el informe trasladado al TSJ. “No es el primer supuesto en el que, con una mora procesal de un año, el presunto incapaz fallece sin que se le haya podido otorgar el necesario auxilio judicial”
GABINETE PSICOSOCIAL COLAPSADO
A la demora que se produce, se unen, según el Colegio de Abogados de Cartagena, los problemas existentes con los informes del gabinete psicosocial adscrito a los Juzgados, “que ya ha comunicado que este año va saturado de trabajo y no pueden realizar más informes”.
Si bien es cierto que se estaban adoptando soluciones alternativas, como realizar informes externos por otros gabinetes de otros partidos judiciales, como los de Elche o Elda, o encargar informes externos al Colegio de Psicólogos, “entendemos que se trata sólo de un parche, que en nada soluciona la problemática de este Juzgado”.
La Junta de Gobierno argumenta que, en el caso de encargar los informes psicosociales a los gabinetes de otros partidos Judiciales, “supone un sobrecoste para el Justiciable, imposible de asumir para las personas con falta de medios, y en el caso de la otra solución, la de encargar los informes externos al Colegio de Psicólogos en virtud del convenio firmado entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Psicólogos en el año 2.016, por el mismo se ha informado que ya no se van a realizar más informes al haberse agotado el límite presupuestario recogido en el Convenio para poder realizar los mismos”.

PRESIONES PARA ALCANZAR ACUERDOS
La situación descrita arriba lleva en la práctica “a planteamientos claramente abusivos en el entendido de que, siendo conocedoras las partes de la previsible demora en la obtención de una respuesta judicial, ese elemento temporal se convierte en instrumento de presión que desvirtúa las posiciones de las personas en conflicto en orden a alcanzar acuerdos para la resolución de su discrepancia. Es evidente que el auxilio judicial, llegado el caso, debe contribuir a poner orden y no a distorsionar aún más los conflictos entre los justiciables”, añaden.
“Lo anterior nos lleva a la intervención del órgano jurisdiccional y la representación del Ministerio Fiscal en cualquier intento por mediar entre las partes para que sea posible alcanzar un acuerdo o reducir los extremos en los que exista controversia a lo mínimo”. Esta práctica no es del agrado de los letrados cartageneros, pese a la buena intención que pueda haber detrás. “No duda esta Corporación que ello se haga con la mejor intención, pero de una forma sincera y respetuosa, se ha de discrepar abiertamente de la manera en que se viene haciendo, de un lado, por la absoluta falta de garantías con que se hace y, otra, en tanto que el órgano judicial, que eventualmente tendría que presidir un juicio contencioso y resolver en cuanto al fondo de las cuestiones que se le planteen, inexorablemente se contamina”, precisan.

A este respecto, “es práctica habitual que, con carácter previo al inicio de un juicio o comparecencia (nos referimos a los distintos procesos matrimoniales o de relaciones more uxorio), se exhorte a los letrados de las partes para que accedan a la sala de vistas y, a puerta cerrada sin otra presencia que la del órgano jurisdiccional, el Ministerio Fiscal, Funcionario de auxilio judicial y los Letrados y Procuradores de las partes, sin la presencia de éstas, de Letrado de la Administración de Justicia alguno que dé fe de lo que allí se diga o haga, sin grabación en soporte audiovisual, ni ninguna otra garantía, se trate de alcanzar un acuerdo que evite un juicio”.

En estas condiciones, ha sido queja reiterada a la Junta de Gobierno por Letrados, e incluso así se ha puesto de manifiesto por los ciudadanos en quejas presentadas contra Letrados, “que a resultas de esa práctica más que transigir acuerdos, se imponen los mismos ante el riesgo cierto de que, aun sin haberse celebrado el juicio o comparecencia y no haberse practicado prueba alguna, de tener lugar el mismo ya se haya dejado entrever cual podría ser el resultado futuro. Ello afecta inexorablemente a la independencia del Letrado, como también afecta a la misma que, planteada objeción por el profesional o trasladada la disconformidad del justiciable, se haga pasar al mismo a la Sala de vistas –insistimos, sin ningún medido que dé cuenta fehaciente a lo que allí pudiera suceder- para serle reiterados o “explicados” los términos de la propuesta y las consecuencias de su no aceptación”, subraya el informe.

JUECES, PERO NO ÁRBITROS
El órgano judicial ni es mediador, ni es árbitro, y sin que se quiera rechazar su buena voluntad a fin de auspiciar acuerdos, amparado en la autoridad que las leyes le atribuyen, difícilmente se puede conciliar su imparcialidad de cara a un proceso contencioso por celebrar con este uso impuesto, que esta Junta rechaza formalmente a no ser que adopte otras fórmulas con garantías.

UN SOLO FISCAL
En relación con ello y en general en todos los procesos en los que interviene el Ministerio Fiscal, el Juzgado de Familia de Cartagena sólo tiene adscrito a uno, “que se ocupa habitualmente de despachar los asuntos del Juzgado de Familia y los asuntos de esta misma naturaleza que llegan en trámite de apelación a la Sección 5ª de la Audiencia Provincial con sede en Cartagena, también interviene en procesos ante otros órganos judiciales. A este respecto y tomando en consideración que de forma ordinaria el Juzgado de Familia celebra juicios y comparecencias en los que interviene el Ministerio Fiscal tres días por semana (aunque no intervenga en todos los procesos), resulta manifiestamente imposible que dicho representante del Ministerio Público pueda, por más que se empeñe, soportar la carga de trabajo de todos los procedimientos en los que preceptivamente ha de intervenir de una u otra forma”, añaden los representantes de los letrados cartageneros.

“En cualquier caso, se debe destacar que el Ministerio Fiscal tampoco se constituye legalmente como mediador o árbitro entre las partes; de hecho, es una parte más allí donde interviene, sin que tenga justificación que deba disponer de más o mejores prerrogativas las partes. Sea como fuere, si es que el Ministerio Fiscal desea y puede hacer un papel de intermediación entre las partes, cuando se estime que ello puede ser beneficioso para los intereses que tiene encomendado proteger, cabría preguntarse si no existen otras fórmulas distintas a las que ahora se desarrollan, en un brevísimo lapso temporal inmediatamente antes de la celebración de un juicio y a presencia del Juzgador, que inevitablemente se ve comprometido en su imparcialidad”, añaden.

La Junta de Gobierno insiste en que sus críticas se basan “en la constatación de unas realidades para poder buscar soluciones”, por lo que se muestra dispuesta a colaborar y propiciar que sus miembros también lo hagan, “en remover los obstáculos advertidos para que la labor del Juzgado de Familia de Cartagena responda de forma ágil y eficiente a quienes se aproximan al mismo para encontrar solución a sus problemas, pero sin renunciar en modo alguno a la independencia de que deben disponer los Letrados que intervengan como garantía del justiciable”.

26/09/2017
No está de más recordar las infracciones de velocidad. ¡Al volante respeto y precaución!
24/08/2017

No está de más recordar las infracciones de velocidad. ¡Al volante respeto y precaución!

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