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¿Te han pedido usar tu cuenta bancaria para recibir dinero? ​Cada vez es más frecuente: alguien pide utilizar tu cuenta ...
04/06/2026

¿Te han pedido usar tu cuenta bancaria para recibir dinero?

​Cada vez es más frecuente: alguien pide utilizar tu cuenta bancaria “solo para recibir un dinero” o para hacer una transferencia rápida. Lo que parece algo sin importancia puede acabar en un problema penal muy serio. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos por qué.

​¿Qué es una “mula bancaria”?:
Persona que presta su cuenta bancaria para mover dinero de terceros. Muchas veces a cambio de una comisión, por ayudar a un conocido, pensando que no pasa nada, etc.

​ ¿De dónde suele venir ese dinero? Estafas, fraudes onlin, phishing, cuentas hackeada, delitos informáticos, el problema es que el dinero pasa por su cuenta.

​“Pero yo no sabía nada…” Ese es precisamente uno de los argumentos más habituales. Aun así puede ser investigado, le pueden bloquear la cuenta o verse implicado en un procedimiento penal o cada caso debe analizarse individualmente.

​Señales de alarma: Personas desconocidas ofreciendo dinero fácil, usar tu cuenta solo un momento, trabajos online poco claros.

​Ejemplo habitual:
Persona recibe 2.000 € en su cuenta y luego los reenvía pensando que está ayudando a alguien después descubre que el dinero procedía de una estafa online.

​Consecuencias posibles: Bloqueo investigación policial, obligación de justificar movimientos, posible, responsabilidades penales

​Error más frecuente:
Pensar:
“solo estoy haciendo un favor”. Y acabar apareciendo como titular de los movimientos investigados.

Accidente de tráfico: los errores que pueden hacerte perder tu indemnización​Tras un accidente, muchas personas creen qu...
29/05/2026

Accidente de tráfico: los errores que pueden hacerte perder tu indemnización

​Tras un accidente, muchas personas creen que con dar parte al seguro es suficiente. Pero un solo error en las primeras horas puede perjudicar seriamente la reclamación. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos qué es realmente importante.

​El atestado policial puede ser fundamental:
Siempre que sea posible, llama a la Policía o Guardia Civil para que realicen atestado.

El atestado le ayudará a determinar responsabilidades, recoge la versión de las partes
y puede ser clave para futuras reclamaciones. Muchas reclamaciones se complican precisamente por no haber avisado a la autoridad.

​Las primeras 72 horas son decisivas:
Si tienes molestias, debes acudir al médico dentro de las primeras 72 horas tras el accidente.
A partir de ese plazo, la reclamación por lesiones puede verse gravemente perjudicada o incluso resultar inviable.
Esperar “a ver si se pasa” es uno de los errores más habituales.

​Aunque el golpe parezca leve, revisa siempre las lesiones, muchas lesiones aparecen horas después del accidente.

La figura del perito es fundamental, no basta solo con hacer fotografías. El perito, examina el vehículo, valora daños, determina compatibilidades del impacto y puede resultar decisivo frente a la aseguradora. Un buen informe pericial puede cambiar completamente una reclamación.

​¿Qué puede reclamarse?
Lesiones, secuelas, materiales, gastos derivados del accidente, caso debe valorarse individualmente.

​Lo que muchos no saben, aceptan una oferta o firmar un finiquito no siempre impide reclamar posteriormente. Dependiendo del caso concreto, todavía podrían existir opciones legales.

Errores más frecuentes:
No llamar a la policía
No acudir al médico dentro de plazo
No solicitar valoración pericial.
Confiar únicamente en la aseguradora

¿Vender algo por Wallapop y no enviarlo puede ser delito?​Cada vez son más frecuentes las compras entre particulares por...
25/05/2026

¿Vender algo por Wallapop y no enviarlo puede ser delito?

​Cada vez son más frecuentes las compras entre particulares por aplicaciones como Wallapop o Vinted. Pero cuidado: cobrar un producto y no enviarlo puede tener consecuencias legales. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos cuándo puede existir delito.

​¿Siempre es delito si no se envía el producto?:
No siempre. A veces puede tratarse de:
retrasos o de problemas reales con el envío o de conflictos civiles entre particulares, aunque otras veces sí puede haber delito.

​¿Cuándo puede hablarse de estafa?:
Cuando existe intención de engañar desde el principio. Por ejemplo: cobrar y desaparecer, publicar productos inexistentes, utilizar perfiles falsos, repetir la misma conducta con varias personas.

​Ojo con los envíos falsos. Algunas personas envían: cajas vacías productos distintos artículos defectuosos ocultándolo.

Ejemplo real:
Vendedor publica una consola a buen precio, recibe el pago y bloquea al comprador sin enviar nada. Denuncia por posible estafa.

Lo que muchos no saben:
Aunque la cantidad sea pequeña, puede denunciarse igualmente. Y si hay varias víctimas, las consecuencias aumentan.

¿Quedarte un paquete que no es tuyo puede ser delito?​Cada vez pasa más: un paquete llega por error a una vivienda, un v...
19/05/2026

¿Quedarte un paquete que no es tuyo puede ser delito?

Cada vez pasa más: un paquete llega por error a una vivienda, un vecino lo recoge o alguien decide “quedárselo”. Lo que parece algo sin importancia puede acabar en un problema legal. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos cuándo puede haber delito.

​ ¿Si llega a mi casa puedo quedármelo?:
No. Que el paquete llegue por error a tu domicilio no lo convierte en tuyo. Si sabes que pertenece a otra persona, debes devolverlo o comunicar el error.

​¿Cuándo puede convertirse en delito?:
Cuando decides quedártelo sabiendo que no te pertenece.
Por ejemplo: Abrirlo y no devolverlo. Negar haberlo recibido. Vender el contenido. Ignorar los avisos de la empresa o del propietario. Aquí podría hablarse de apropiación indebida.

​Ojo con las cámaras y las pruebas:
Muchas entregas quedan registradas. Fotografías del reparto. Firmas de entrega. Cámaras de vecinos o portales. Mensajes y reclamaciones
Hoy es muy fácil acreditar quién recibió el paquete.

​ ¿Y si lo recibió otra persona en mi nombre?:
También puede haber responsabilidad si después decides no devolverlo. Lo importante es el conocimiento de que el paquete no era tuyo.

​Ejemplo real:
Vecino recibe un paquete de alto valor por error y, tras varios avisos, afirma que “no sabe nada”, la empresa acredita la entrega y aparecen imágenes del portal posible delito de apropiación indebida.

Lo que muchos no saben:
No hace falta “robar” directamente para tener problemas legales. A veces basta con quedarse algo que sabes que no te pertenece.

Error más habitual:
Pensar: “si me lo han dejado aquí, será mío”.
Resultado: problema legal totalmente evitable.

Prestar dinero y no devolverlo: ¿es delito o no? #​Es una situación muy habitual: prestas dinero a un amigo, familiar o ...
09/05/2026

Prestar dinero y no devolverlo: ¿es delito o no? #
​Es una situación muy habitual: prestas dinero a un amigo, familiar o conocido, pasan los meses y no te devuelve nada. Pero cuidado: no siempre estamos ante un delito. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos cuándo sí puede haber consecuencias penales.

En la mayoría de casos, hablamos de un problema civil: una deuda que debe reclamarse judicialmente.

​¿Cuándo puede convertirse en delito?:
Cuando desde el principio existía intención de engañar.
Por ejemplo:
Pedir dinero sabiendo que no se va a devolver. Inventar una falsa urgencia o negocio. Utilizar mentiras para conseguir el préstamo
Aquí podrían darse los elementos del tipo penal de estafa.

​¿Qué se valora en estos casos?:
Lo más importante es demostrar el engaño inicial.
Se analizan: Conversaciones, mensajes, transferencias bancarias, bizum, audios, etc.

Muy importante el comportamiento posterior. No es lo mismo “no poder pagar” que “nunca querer devolverlo”.

​Ojo con los pagarés o documentos en blanco:
Firmar documentos sin leer o incompletos puede generar problemas muy serios.
Después pueden reclamarse cantidades distintas o usarse como prueba en juicio.

​Ejemplo real:
Una persona pide 2.000 € diciendo que necesita el dinero para una urgencia médica y promete devolverlo en pocos días. Después se descubre que la historia era falsa y que nunca tuvo intención de devolverlo. Posible delito de estafa.

​¿Te deben dinero o te acusan de no devolver un préstamo?

En CASADO MENA ABOGADOS analizamos tu situación y te asesoramos para reclamar, defenderte o evitar consecuencias mayores.
​Contacto:
968 12 43 89
676 68 55 51
C/. Bucarest Parcela 105, Cartagena, España.
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¿Usar la tarjeta de otra persona puede ser delito?​Es más habitual de lo que parece: pagar con la tarjeta de tu pareja, ...
06/05/2026

¿Usar la tarjeta de otra persona puede ser delito?

​Es más habitual de lo que parece: pagar con la tarjeta de tu pareja, de un amigo o de un familiar. Pero cuidado… no siempre es legal. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos cuándo puedes tener un problema:

¿Siempre es delito?:
No.
Si tienes autorización clara del titular, no hay problema.
Pero ojo: esa autorización debe ser real.

​ ¿Cuándo puede ser delito?:
Cuando utilizas la tarjeta sin permiso o excediéndote del mismo.
Usarla sin que el titular lo sepa
Seguir utilizándola después de que te retiren el permiso
Hacer cargos no autorizados. Aquí puede hablarse de estafa o uso fraudulento.

​“Pero es mi pareja / mi hijo…”
Este es el error más común. La relación personal no justifica el uso si no hay consentimiento. Muchas denuncias vienen precisamente de entornos cercanos.

​¿Importa la cantidad?:
Sí. Importes pequeños → pueden ser delito leve
Cantidades más altas o reiteración → consecuencias más graves

​Lo que muchos no saben:
No hace falta robar físicamente la tarjeta.
Solo con usar los datos sin permiso ya puede haber delito.

​Error más habitual:
Pensar: “como tengo confianza, puedo usarla”.
Resultado: problema legal evitable.

​¿Tienes dudas sobre si una situación puede ser delito o ya has tenido un problema con el uso de una tarjeta?

En CASADO MENA ABOGADOS te asesoramos para evitar consecuencias mayores y defender tus intereses desde el inicio.
​Contacto:
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26/04/2026
¿TE HAN DENEGADO UN TRASLADO? ESTO ES LO QUE PUEDES HACER (Y EN QUÉ PLAZO).Que te denieguen un traslado no significa que...
24/04/2026

¿TE HAN DENEGADO UN TRASLADO? ESTO ES LO QUE PUEDES HACER (Y EN QUÉ PLAZO).

Que te denieguen un traslado no significa que esté todo perdido. Muchas solicitudes se rechazan por errores que se pueden corregir. En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos por qué ocurre… y cómo recurrirlo:

Motivos más habituales de denegación:
Falta de arraigo suficientemente acreditado
Informes negativos del centro penitenciario
Razones de seguridad o clasificación penitenciaria
Solicitudes genéricas o mal fundamentadas

Muchas veces no es que no tengas derecho… es que no está bien planteado.

Plazo para recurrir:
Desde la notificación de la denegación, el plazo habitual es de 1 mes para interponer recurso administrativo.
Dejar pasar el plazo = perder la oportunidad.

Tipo de recurso:
Recurso de alzada frente a la resolución administrativa.
Es fundamental reformular bien toda la solicitud, no solo “volver a pedir lo mismo”.

¿Ante quién se recurre?:
Ante la propia Administración Penitenciaria (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias).
En determinados casos, también se puede acudir al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria si hay afectación de derechos.

Ejemplo real:
Solicitud denegada por “falta de arraigo”. Se recurre aportando padrón, contrato de vivienda e informe familiar. Recurso estimado y traslado concedido meses después.
Importante: una vez concedido el traslado
El interno no puede negarse a ser trasladado.
Solo podría posponerse o suspenderse en casos justificados, principalmente por motivos médicos acreditados.
No entender esto puede generar problemas disciplinarios.

Error más grave:
Presentar un recurso sin aportar nada nuevo.
Resultado: otra denegación… y más tiempo perdido.

¿Te han denegado un traslado y no sabes cómo recurrirlo?
En CASADO MENA ABOGADOS analizamos tu caso, preparamos el recurso y reforzamos la prueba para aumentar las probabilidades de éxito. Un buen recurso marca la diferencia.
Contacto:
968 12 43 89
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Traslado Extraordinario: Cuando la urgencia sí importa.​No todos los traslados pueden esperar. Existen situaciones donde...
21/04/2026

Traslado Extraordinario: Cuando la urgencia sí importa.

​No todos los traslados pueden esperar. Existen situaciones donde la distancia no es solo incómoda, sino insostenible. El traslado extraordinario está pensado para esos casos, pero no se concede sin pruebas.
En CASADO MENA ABOGADOS te explicamos lo clave:

¿Cuándo se puede solicitar?:
Cuando existen circunstancias excepcionales que requieren un cambio inmediato de centro:

Enfermedad grave del interno
Enfermedad o situación crítica de un familiar cercano
Problemas de seguridad dentro del centro
Situaciones personales de especial gravedad

No basta con alegarlo: hay que demostrarlo.

​Requisitos fundamentales:
Justificación documental urgente (informes médicos, denuncias, etc.)
Acreditación del vínculo familiar
Explicación clara de por qué no puede esperar a un traslado ordinario

Sin pruebas sólidas, no hay traslado.
¿Quién decide?:
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
En estos casos, la rapidez del expediente es clave

​¿Cuánto tarda?:
Puede resolverse en menos tiempo que un traslado ordinario, pero solo si está bien planteado.
Si faltan documentos o está mal enfocado, se paraliza o se deniega.

​Ejemplo real:
Interno con su madre en estado crítico en otra provincia. Primera solicitud denegada por falta de informe médico actualizado 👉 se rehace con documentación completa y se acredita urgencia real 👉 traslado concedido en pocas semanas.

​Errores frecuentes:
Confundir urgencia con interés personal
No aportar documentación actualizada
Solicitudes genéricas sin justificar la gravedad

Resultado: denegación… cuando más se necesita.
​¿Estás en una situación urgente y no sabes cómo plantearla?
En CASADO MENA ABOGADOS sabemos cómo acreditar la urgencia y actuar rápido para que el traslado no llegue tarde. En estos casos, cada día cuenta.

​Contacto:
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TRASLADO ORDINARIO. CÓMO ACERCARSE A CASA PASO A PASO.​Estar en un centro penitenciario lejos de tu familia no es defini...
13/04/2026

TRASLADO ORDINARIO. CÓMO ACERCARSE A CASA PASO A PASO.

​Estar en un centro penitenciario lejos de tu familia no es definitivo. El traslado ordinario permite cambiar de prisión, pero no se concede “porque sí”. En CASADO MEBA ABOGADOS te explicamos lo esencial:

¿Quién puede solicitarlo?:
El propio interno, su abogado o incluso familiares en su nombre.

Eso sí: siempre es recomendable hacerlo bien fundamentado desde el inicio.

​Requisitos generales:
Existencia de arraigo familiar o social en el lugar de destino
Buena conducta y evolución penitenciaria
Que no existan razones de seguridad que lo impidan
No es automático: hay que justificarlo.

¿Cuánto tarda?:
No hay un plazo fijo.
Puede tardar desde semanas hasta varios meses, dependiendo del caso y de la carga administrativa.
Una mala solicitud = más retraso o directamente denegación.

¿Quién decide?:
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, normalmente a propuesta del centro penitenciario.
Por eso, el informe interno es clave.

¿Quién realiza el traslado?:
Generalmente lo lleva a cabo la Guardia Civil mediante conducciones.
En algunos casos concretos, también pueden intervenir otros cuerpos según la organización penitenciaria.

​Errores frecuentes:
No acreditar bien el arraigo
Presentar solicitudes genéricas
No insistir tras una denegación
Cada error alarga la distancia… y el tiempo.

​¿Tu familiar está en otra provincia y quieres traerlo cerca de casa?
En CASADO MENA ABOGADOS sabemos cómo plantear el traslado desde el inicio para aumentar las probabilidades de éxito. No pierdas tiempo con solicitudes que no funcionan.
​Contacto:
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