Sierra Abogados, C.B.

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DESPUES DE UN AÑO INTENSO EN EL QUE HEMOS OBTENIDO UN 100% DE SENTENCIAS GANADAS TOCA DESCANSAR.DESDE HOY ESTAREMOS DE V...
12/08/2022

DESPUES DE UN AÑO INTENSO EN EL QUE HEMOS OBTENIDO UN 100% DE SENTENCIAS GANADAS TOCA DESCANSAR.
DESDE HOY ESTAREMOS DE VACACIONES, NOS VEMOS EL 5 DE SEPTIEMBRE.
GRACIAS A TOD@S POR CONFIAR EN NOSOTROS.
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La partición de la herencia es un derecho que se concede a los herederos en el momento del reparto de herencia. Consiste...
04/08/2022

La partición de la herencia es un derecho que se concede a los herederos en el momento del reparto de herencia. Consiste en la división y adjudicación de los bienes que la integran a los herederos en la parte que corresponde a cada uno en la sucesión, proporcionando a cada uno la propiedad de los bienes que le han sido adjudicados.

En la forma de hacer la partición de una herencia, debemos distinguir entre si hay o no testamento. En caso de haberlo, aparecerán todos los herederos y legatarios, así como quienes tienen derecho a legítima, se les adjudique algo o no en el testamento. Si no hubiera testamento, se incluye en la partición a todos los herederos según la declaración de herederos. En el reparto de la herencia actúa el sistema de unanimidad. En el caso de que uno de los herederos no esté de acuerdo y no quiera firmar la escritura, no sería posible llevar a cabo la participación habiendo que acudir al Juzgado o a la designación de Contador Partidor a través de un expediente de Jurisdicción voluntaria.

El Código Civil dicta las reglas sobre la facultad que asiste a los sujetos para solicitar que se lleven a cabo las operaciones particionales. Y el derecho de partición de la herencia debe realizarse en base a diferentes criterios:

Se intentará respetar la igualdad adjudicando a cada uno de los herederos cosas patrimonio de la misma naturaleza y valor.
Los gastos de partición, hechos en interés común de todos los herederos, se deducirán de la herencia mientras que los hechos en interés particular de cada uno de ellos serán a cargo de dicho heredero.
Cuando algo sea indivisible podrá adjudicarse a un heredero, que deberá abonar a los otros el exceso en dinero. Además, cualquiera de los herederos podrá pedir que el bien sea vendido en subasta pública.
La herencia la integran los bienes y derechos del fallecido y también sus deudas, por lo que éstas se transmiten a los herederos al igual que su patrimonio. En la partición, por tanto, deberán contemplarse y ser objeto de adjudicación también las deudas del fallecido.

CUESTIONES SOBRE LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO.Muchas son las personas que nos preguntáis so...
04/02/2022

CUESTIONES SOBRE LA PENSIÓN COMPENSATORIA EN CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO.

Muchas son las personas que nos preguntáis sobre la pensión compensatoria a la que tiene derecho uno de los cónyuges en caso de separación o divorcio. Pues bien, hay que decir que no es un derecho automático, sino que solamente se concede en el caso de que concurra "desequilibrio económico" producido como consecuencia de la separación o divorcio. Criterios a tener en cuenta son que:
-La realización de un trabajo retribuido que permita mantener la independencia económica, sin sacrificio de su promoción profesional, excluye el desequilibro, aunque exista una disparidad notoria en la respectiva cuantía de los salarios.
-El trabajo intermitente fuera de casa no excluye el desequilibrio en perjuicio de quien se ocupó de la familia durante una parte significativa de la duración del matrimonio.
-La reducción de la jornada laboral para atender a la familia da lugar a un desequilibrio económico moderado.
-La existencia del desequilibrio debe valorarse en el contexto de las medidas definitivas adoptadas en la separación o divorcio.
-La existencia de un régimen de sociedad de gananciales puede excluir o paliar el desequilibrio.
-La futura liquidación de la sociedad de gananciales puede ser una posible circunstancia que permite superar el inicial desequilibrio que motiva la concesión de una pensión temporal.

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OS DESEAMOS A TODOS FELIZ AÑO NUEVO
31/12/2021

OS DESEAMOS A TODOS FELIZ AÑO NUEVO

24/12/2021

Sierra Abogados os desea a todos feliz Navidad

El Tribunal Constitucional ha anulado este martes el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos., con...
27/10/2021

El Tribunal Constitucional ha anulado este martes el impuesto de plusvalía municipal cobrado por los ayuntamientos., considera que el cálculo del impuesto es inconstitucional al entender que el sistema de cómputo objetivo no se corresponde con la realidad, afectando al principio de capacidad económica recogido en el artículo 31 de la Constitución española.

Aunque todavía no se ha publicado la Sentencia estamos expectantes a poder acceder al texto íntegro. .

DE VUELTA A LA NORMALIDAD Y CON LAS BATERÍAS CARGADAS. Recuerda que puedes contactar con nosotros en el 962500345, tambi...
01/09/2021

DE VUELTA A LA NORMALIDAD Y CON LAS BATERÍAS CARGADAS.

Recuerda que puedes contactar con nosotros en el 962500345, también por whatsApp al 616473764 y correo electrónico [email protected]

14/08/2021
El sistema sucesorio del Código Civil español presenta, de modo general, un marcado carácter voluntarista para la adquis...
04/08/2021

El sistema sucesorio del Código Civil español presenta, de modo general, un marcado carácter voluntarista para la adquisición de la condición de heredero, al estar unida la misma a un necesario acto de aceptación del llamamiento, es decir, que para repartirse los bienes de una herencia primero hay que manifestar la aceptación de la misma. Si se desea renunciar a la herencia habrá que hacerlo ante Notario.

EN SIERRA ABOGADOS SOMOS ESPECIALISTAS EN PROCESOS DE FAMILIA Y HERENCIAS. NO DUDES EN CONSULTARNOS.😉La guarda y custodi...
21/01/2021

EN SIERRA ABOGADOS SOMOS ESPECIALISTAS EN PROCESOS DE FAMILIA Y HERENCIAS. NO DUDES EN CONSULTARNOS.😉

La guarda y custodia compartida es una medida de carácter familiar que, en la actualidad, tras la Reforma del Código Civil en el año 2005, se configura como una alternativa, una opción, frente al régimen de visitas tradicional. Si bien esta medida ha sido vista, siempre, con recelos por la doctrina española y, también, por nuestra jurisprudencia, hay que resaltar que se trata de una medida que favorece un sistema igualitario de comunicación de los progenitores con sus hijos menores de edad, siendo ello favorable para el desarrollo y la formación integral de la personalidad psicoafectiva de éstos.

DESDE SIERRA ABOGADOS OS DESEAMOS FELIZ AÑO NUEVO Y QUE LOS MALOS MOMENTOS DEL 2020 SE LOS LLEVEN LAS OLAS.
08/01/2021

DESDE SIERRA ABOGADOS OS DESEAMOS FELIZ AÑO NUEVO Y QUE LOS MALOS MOMENTOS DEL 2020 SE LOS LLEVEN LAS OLAS.

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