02/02/2026
Vender un inmueble no es solo firmar y declarar 🏡✍🏼
En IRPF, muchas comprobaciones se deciden por dos cosas: qué se considera mejora y cómo lo acreditas
Hemos publicado un artículo a raíz de la STSJ de Andalucía 3390/2025 (24/07/2025), que insiste en 3 puntos clave:
⏳ Prescripción: en general, 4 años desde que termina el plazo de la renta del año de la venta.
📄 Contrato privado vs escritura: la fecha puede discutirse y la prueba manda (pagos, suministros, entrega de llaves…).
🛠️ Reparación vs mejora: solo las mejoras pueden sumarse al valor de adquisición y reducir la ganancia (si están bien documentadas).
Si vas a vender o te han requerido documentación, escríbenos y lo revisamos 🤝