11/11/2021
AP Barcelona, Sección 12ª, S 488/2020, 27 Jul. 2020, Rec. 594/2019, Ponente: Espinosa Conde, María Gema,
DIVORCIO. VIVIENDA FAMILIAR. No concurren los requisitos exigidos legalmente para hacer atribución a uno de los cónyuges del uso del que fue domicilio familiar, toda vez que en ninguno de ellos se aprecia una situación de necesidad digna de mayor protección que la del otro. Por tanto, la esposa ocupante de la vivienda propiedad del esposo ha de abandonarla. COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR RAZÓN DEL TRABAJO. Resulta improcedente su fijación a favor de la esposa por cuanto no es suficiente una dedicación sustancial a la familia superior a la de su esposo o que haya trabajado para él sin una retribución o con retribución insuficiente, sino que debe acreditarse la existencia de un incremento patrimonial superior por parte del esposo frente a la reclamante, lo que no se ha acreditado. En el proceso matrimonial no se puede entrar a conocer sobre reclamaciones entre cónyuges relativas a cantidades abonadas por uno de ellos en beneficio de la cosa común.