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El TS prohíbe la duración indefinida en multipropiedad si se firmó tras 1998.Las Palmas de Gran Canaria, 9 mar (EFE).- E...
10/03/2015

El TS prohíbe la duración indefinida en multipropiedad si se firmó tras 1998.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 mar (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha fijado doctrina sobre cómo interpretar la Ley de 1998 que regula el aprovechamiento por turnos de apartamentos turísticos (la "multipropiedad"), de modo que cualquier contrato firmado a partir de ella debe tener una duración limitada, de entre 3 y 50 años.
La ley que regula esta modalidad de uso por turnos de viviendas reconocía la posibilidad de, en los "regímenes preexistentes" a su entrada en vigor, el cliente pudiera dar su conformidad ante notario para mantener ese contrato por tiempo indefinido.
La Sala de lo Civil del Supremo establece ahora cómo entender esa excepción, al resolver la demanda presentada por una ciudadana sueca contra la empresa Anfi Sales, a la que compró en 2000 y 2001 el uso por turno de dos apartamentos en el sur de Gran Canaria, y que solicitó la anulación de ambos alegando la vulneración de la ley.
La empresa alegaba que se trataba de apartamentos construidos con anterioridad a 1998 y que esta ciudadana sueca había aceptado en escrituras prolongar la duración del contrato de manera indefinida, por lo que no le sería de aplicación el plazo de 3 a 50 años.
Sin embargo, el Supremo considera que la Audiencia de Las Palmas acertó al dar la razón a la demandante y declarar nulo el contrato, porque considera que lo relevante en este caso no es la fecha a la que corresponde el reparto de turnos del complejo turístico en cuestión, sino cuándo compró los suyos la ciudadana sueca
El fallo obliga a la empresa a devolver a esta cliente 321.695 coronas noruegas o su equivalente en euros (34.921 euros, al cambio actual), al declarar nulos de pleno derecho dos contratos suscritos con Anfi Sales con posterioridad a la vigencia de la Ley 42/1998.


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Las Palmas de Gran Canaria, 9 mar (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha fijado doctrina sobre cómo interpretar la Ley de 1998 que regula el aprovechamiento por

24/11/2014
28/07/2014

En Agosto estaremos localizables en el 93 302 53 92 y 665 93 45 50 para consultas o actuaciones relacionadas con:

• JUZGADOS DE 1 ª INSTANCIA:
Medidas cautelares
Demandas en las que caduque la acción (Impugnación de acuerdos de comunidad de propietarios, retractos), teniendo que especificarse de forma clara y mediante otrosí la existencia de un plazo de caducidad.
• INCAPACIDADES:
Peticiones de internamiento,( comunicaciones de internamiento y medidas cautelares de incapacitación)
• FAMILIA:
Medidas provisionales y medidas cautelares urgentes.
• JUZGADOS DE LO MERCANTIL:
Medidas cautelares,
Concursos (sólo se repartirán si contienen un otrosí expresando la urgencia-por ejemplo la tramitación de un ERE-o cuando igualmente se interesen medidas cautelares -concurso necesario-),
Demandas sometidas a plazo de caducidad (impugnación de acuerdos sociales),
Medidas cautelares inaudita parte del arte. 733.2 LEC, embargos de buques y protestas por averías.
• JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN /PENAL:
Asistencias al detenido / preso
Solicitud de medidas cautelares / violencia de genero
Procedimientos rápidos por diligencias urgentes

14/05/2014

¿Puedo pedir un abogado de Oficio? ¿Cómo se solicita un abogado de oficio? Con la justicia gratuita tienes derecho a la designación de un abogado y procurador gratuitos.



Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Recursos económicos

Para poder acceder al derecho de asistencia jurídica gratuita, las personas físicas tienen que acreditar unos ingresos anuales de la unidad familiar inferiores al dobledel IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) y, excepcionalmente, también pueden acceder en caso de no superar el cuádruplo del IPREM.

Importe del IPREM para el año 2014

IPREM Doble IPREM

Importe mensual 532,51 € 1.065,02 €

Importe anual 7.455,14 € 14.910,28 €

Por tanto si los ingresos del solicitante de justicia gratuita superan más de 1.065,02 euros mensuales no tendrá derecho a justicia gratuita, salvo excepciones que deberá explicárselas el colegio de abogados de su ciudad.

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Habrá de acreditarse que no se perciben ingresos superiores al doble del IPREM mensual (1.065,02 euros), cada Colegio de Abogados exige una documentación concreta para tramitar la solicitud de Justicia Gratuita, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde pertenezca, por lo que habrá de acudirse a la Sede del Colegio de Abogados donde se sigue el procedimiento judicial para el que vamos a solicitar el abogado de oficio y enterarnos de los documentos exigidos.

Se viene exigiendo por la mayoría de los Colegios de abogados lo siguiente:

- Copia de la última declaración del IRPF de los miembros de la unidad familiar.

- Una copia de las seis últimas nóminas de los miembros de la unidad familiar.

- Un informe de vida laboral, de la Tesorería General de la Seguridad Social.

- En caso de que la persona solicitante esté percibiendo pension de jubilación, certificado de ingresos anuales. Si en cambio está cobrando el paro o ayudas, certificado que acredite los ingresos.

- Una copia del libro de familia, si la persona solicitante está casada y/o tiene hijos a cargo suyo.

- Una copia del contrato de alquiler o del recibo mensual de la vivienda habitual de la persona solicitante (hipoteca), si se ha declarado como carga para la economía familiar.

- Una copia de los títulos de propiedades de bienes inmuebles de la unidad familiar.

- Fotocopias del DNI o pasaporte.

Personas que tienen derecho a la justicia gratuita:

Los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

En el orden jurisdiccional social, además, los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio como para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales.

Asimismo, el derecho a la asistencia jurídica gratuita se reconoce a los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social para los litigios que sobre esta materia se sustancien ante el orden contencioso-administrativo.

En el orden jurisdiccional penal: tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuitas todos los ciudadanos, aunque sean extranjeros, que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, aun cuando no residan legalmente en territorio español.

En el orden contencioso-administrativo, así como en la vía administrativa previa, los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos para litigar tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuita en los procedimientos que puedan llevar a la denegación de su entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, y en todos los procedimientos en materia de asilo.

* http://www.parainmigrantes.info/pedir-un-abogado-de-oficio/

27/03/2014

Sevilla
El Suprem absol un pres que va morir a la presó per un delicte que no va cometre.

El Tribunal Suprem ha absolt un pres que va morir a la presó mentre complia condemna per un delicte que no va cometre. La prova d'ADN que exculpava l'home condemnat a dos anys i vuit mesos de presó ha arribat aquest dimarts al jutjat de Sevilla.

Antonio Guile Martínez va ser penat el maig de 2010 per robar amb violència la bossa d'una dona que conduïa per un carrer de la capital andalusa. Les ferides que la víctima es va després que el lladre colpegés el vidre del copilot amb una pedra han permès reconèixer la innocència de Guile.
La víctima va arribar a identificar-lo, sense cap mena de dubte, en tres moments processals diferents.

Un any i cinc mesos després de la condemna, el laboratori de Biologia d'ADN de la Policia Científica ha enviat els resultats al jutjat de Sevilla pels quals s'identifica coma autor dels fets un altre home que ja havia estat detingut per atracament, i que tenia una aprença similar al condemnat.

Després de rebre la prova, el Suprem considera que s'ha de revisar la condemna per tal de "sanejar" la injustícia. La resolució conclou que "la rotunditat de les dades científiques escombren els dubtes sobre l'autoria". L'alt tribunal remet el testimoni d'aquesta sentència al Jutjat del Penal número 10 de Sevilla.

20/03/2014

El Tribunal Suprem revoca l'indult al responsable d'un accident de trànsit mortal
El sinistre va tenir lloc el 2008 a Granada i hi van morir tres joves
El Tribunal Suprem (TS) ha revocat l'indult concedit pel Govern al responsable de l'accident de trànsit que va tenir lloc a Huétor Santillán (Granada) l'estiu del 2008, en què van morir tres joves de 15, 17 i 21 anys, estimant així el recurs contenciós administratiu presentat per les famílies de les víctimes.

El desembre del 2012 l'Executiu va concedir l'indult parcial al conductor del cotxe en què viatjaven, que va ser condemnat per l'Audiència Provincial de Granada a tres anys i tres mesos de presó. Segons es va publicar al 'Butlletí Oficial de l'Estat' (BOE) aleshores, el Ministeri de Justícia li va commutar la pena privativa de llibertat imposada per una altra de dos anys de presó, 15 dies de treball en benefici de la comunitat i un any de multa que se satisfaria en quotes diàries de 2 euros.

Després del judici celebrat, la sentència va considerar provat que l'inculpat, Rafael H. G., circulava a més de 120 quilòmetres per la via quan la velocitat estava limitada a 40, i que una suma de circumstàncies van provocar que perdés el control del cotxe i xoqués contra un camió de les escombraries que era al voral de la carretera, ben estacionat. Com a conseqüència de l'accident, van morir els tres acompanyants del conductor, que també va patir ferides de gravetat.

19/03/2014

El Departament de Justícia destina 5,9 milions d'euros als col•legis de procuradors per garantir l'assistència jurídica gratuïta a les persones sense recursos


El conseller de Justícia, Germà Gordó, i el president del Consell dels Col•legis de Procuradors dels Tribunals de Catalunya, Ignacio López Chocarro, van signar l'Acord de col•laboració per a l'establiment del marc d'actuació que ha de regir la prestació d'assistència jurídica gratuïta per a aquest any 2014.

El Departament de Justícia destinarà aquest any una subvenció de 5,9 milions d'euros a finançar les actuacions de representació segons els mòduls de compensació econòmica, els quals mantenen els imports de l'any passat, i també a finançar la despesa de gestió col•legial.

19/03/2014

Un 93% dels crimeans voten a favor de l'annexió a Rússia, segons un sondeig
La comissió electoral informa que la participació ha estat superior al 80%

Els representants de la comunitat ucraïnesa han acusat les autoritats separatistes de frau i la minoria tàrtara ha boicotejat la consulta.

http://www.elpuntavui.cat/noticia/article/3-politica/17-politica/725363-un-93-dels-crimeans-voten-a-favor-de-lannexio-amb-russia-segons-un-sondeig.html?piwik_campaign=rss&piwik_kwd=mesPol%C3%ADtica&utm_source=rss&utm_medium=mesPol%C3%ADtica&utm_campaign=rss

02/09/2011

Vuelta a la normalidad. Horario de 9:30 a 13:30 y de 15:30 a 19. Visitas concertadas al 93 302 53 94

11/08/2011

En agosto visitas concertadas

15/02/2011

Este es nuestro rincón para poder responder a las preguntas jurídicas que se os planteen. Un placer teneros aquí

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