Claudia Brun Abogados

Claudia Brun Abogados Asesoramiento legal integral y representación efectiva. Licenciada en Derecho con un Postgrado en C

Previsibles novedades en materia de igualdad ** Dº laboral **LOS HOMBRES VERÁN AUMENTADO SU PERMISO POR PATERNIDAD A 12 ...
08/01/2020

Previsibles novedades en materia de igualdad ** Dº laboral **

LOS HOMBRES VERÁN AUMENTADO SU PERMISO POR PATERNIDAD A 12 SEMANAS

Fruto del RD-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación (también llamado “decreto de igualdad laboral”), se estableció una equiparación progresiva de los anteriores permisos de paternidad y maternidad alcanzando las 16 semanas en 2021, bajo la denominación de nacimiento y cuidado de menor.

En aplicación de esta novedad legislativa se introduce a partir de 2020 un periodo obligatorio de 4 semanas ininterrumpidas a jornada completa, inmediatas posteriores al parto. A partir de entonces, el padre podrá disfrutar de las 8 semanas restantes, continuadas o interrumpidas por periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial, durante el primer año de vida del menor.

En los supuestos de adopción en 2020 también se produce la ampliación de la duración del permiso junto a las seis semanas obligatorias tras la adopción o acogimiento para cada progenitor (...)

PLAN DE IGUALDAD & REGISTRO DE SALARIOS EN DETERMINADAS EMPRESAS

En virtud del decreto de igualdad laboral, desde el 7 de marzo de 2020 será obligatorio para las empresas de entre 151 a 250 trabajadores la elaboración y aplicación de un plan de igualdad (antes esta obligación sólo se imponía a las empresas de más de 250 trabajadores). Además, se establece un periodo transitorio para que esta obligación alcance a todas las empresas de más de 50 trabajadores en 2022.

Es previsible que, durante 2020 (...)
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APROBACIÓN POR PARTE DEL GOBIERNO DE UN DECRETO-LEY CON MEDIDAS TRIBUTARIAS, CATASTRALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL* Se prorr...
07/01/2020

APROBACIÓN POR PARTE DEL GOBIERNO DE UN DECRETO-LEY CON MEDIDAS TRIBUTARIAS, CATASTRALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

* Se prorrogan para 2020 los límites de facturación de la tributación por módulos para los autónomos.

* Se mantiene la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio, un tributo cuya recaudación está cedida a las comunidades autónomas.

* Se actualizan los valores catastrales, al alza o a la baja, de los municipios que lo hayan solicitado.

* Se prorroga la cuantía del salario mínimo interprofesional de 2019 hasta que se apruebe el real decreto que fije el SMI para el año 202.

* La revalorización de las pensiones se llevará a cabo cuando el nuevo Gobierno esté constituido y se pueda aplicar la subida del 0,9% con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley que recoge medidas en materia tributaria, catastral y de Seguridad Social.

El Gobierno utiliza este instrumento legal al no haber podido tramitar estas cuestiones por el cauce parlamentario ordinario al encontrarse en funciones y, por tanto, con sus competencias limitadas.

La necesidad de aprobar estas medidas deriva de que, en caso de no hacerlo, algunas de ellas dejarían de estar en vigor al finalizar el año.

En materia tributaria, el Real Decreto-Ley prorroga para el período impositivo 2020 los límites cuantitativos de facturación por módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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Publicada la Orden JUS/1256/2019, de 26 de diciembre, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físi...
30/12/2019

Publicada la Orden JUS/1256/2019, de 26 de diciembre, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional prestan los servicios descritos en el artículo 2.1.0) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

La citada orden aprueba y regula la utilización de los formularios preestablecidos necesarios para que las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional que presten todos o alguno de los servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la citada Ley, cumplan con su obligación de inscripción en el Registro Mercantil y de realizar la declaración anual sobre dichas actividades.

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30/12/2019

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