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Catecismo para jueces, versión Instrucción 2/2026. La Justicia, la IA y sus LazarillosAcabo de leer el Acuerdo de 28 de ...
01/02/2026

Catecismo para jueces, versión Instrucción 2/2026. La Justicia, la IA y sus Lazarillos

Acabo de leer el Acuerdo de 28 de enero de 2026 del Pleno del CGPJ, publicado en el BOE el pasado 30 de enero, que aprueba la Instrucción 2/2026 sobre el uso de inteligencia artificial en la actividad jurisdiccional.

Es un texto que, leído con calma, tiene la virtud de los catecismos. Te explica cómo debería ser el mundo y, de paso, te recuerda que el mundo no es así.

La intención es sencilla y conmovedora. La IA se puede usar, sí, pero siempre bajo “control humano real, consciente y efectivo”. Dicho así, a mí me produce una ternura rara. “Real, consciente y efectivo”. Como si el propio texto admitiera que, en algún rincón del ecosistema judicial, existe también el control humano irreal, inconsciente e inefectivo. (Cuando se subraya tanto una virtud, igual es porque ya se empieza a echar de menos).

Para aterrizar esta promesa, la Instrucción despliega principios. “Principios”, palabra que suena a mandamiento. Solo que los mandamientos ocupaban poco en la tabla de Moisés. Claro que luego vino la práctica, la glosa, la excepción, la exégesis y, con el tiempo, el “depende”. La tabla era compacta. La realidad, como siempre, es expansiva.

Yo me pregunto si el redactor de esta Instrucción imagina a la Carrera Judicial como una pequeña comunidad calvinista, de autocontrol férreo, disciplina de hierro y examen de conciencia permanente. ¿Me he dejado llevar por la concupiscencia del prompt? ¿He pecado de copia y pega? Confesionario digital, penitencia en forma de curso de capacitación y absolución por trazabilidad.

Te invito a seguir leyéndolo en mi blog
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Padre “de facto” vs. padre biológico: ¿Quién puede reclamar (y cobrar) una indemnización por el fallecimiento en un acci...
14/12/2025

Padre “de facto” vs. padre biológico: ¿Quién puede reclamar (y cobrar) una indemnización por el fallecimiento en un accidente de tráfico?

En este nuevo post analizo la sentencia del TS 384/2025 (13/03/2025) y una idea clave del baremo (Ley 35/2015): la del “perjudicado funcional”. A veces el Derecho de daños mira menos al papel… y más a la realidad de los vínculos (convivencia, cuidados, presencia, dependencia afectiva).

👉 Léelo aquí y compártelo si crees que este tema merece conversación:

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Cugat

Estado “cercano a la catástrofe”: a propósito de la providencia de la jueza de Coslada sobre el estado de la justicia.En...
24/11/2025

Estado “cercano a la catástrofe”: a propósito de la providencia de la jueza de Coslada sobre el estado de la justicia.

En un país como el nuestro, con una larga tradición de escritores que se han burlado del mal funcionamiento de la justicia para no romper a llorar, quizá la verdadera novedad sea que, esta vez, ha sido una magistrada exhausta que, desde un juzgado desbordado, ha decidido que ya es hora de llamar a las cosas por su nombre.

Me estoy refiriendo a la magistrada del Tribunal de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Coslada, a quien solo conozco por la providencia en la que acaba de declarar a su órgano “en estado cercano a la catástrofe” y suspender, por esta misma razón, prácticamente todos los asuntos de la jurisdicción civil salvo los más sensibles. No es que haya caído un meteorito ni que se haya abierto la tierra bajo los pasillos del juzgado. Se trata, más bien, de meses de trabajo acumulado, expedientes apilados hasta la bandera, refuerzos solicitados sin respuesta y una reforma –la Ley Orgánica 1/2025, de “eficiencia” del servicio público de justicia– que ha venido a añadir capas y más capas de complejidad a un sistema que ya estaba, por decirlo suavemente, saturado.

Que una jueza se vea obligada a dejar por escrito que, si sigue resolviendo con normalidad, compromete el futuro penal de su propio órgano es, por decirlo en castizo, la versión togada del clásico “hasta aquí hemos llegado”.

Lo interesante del “estado cercano a la catástrofe” de Coslada ...

Te invito a seguir leyendo el articulo:
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¿Eres socio y sientes que han “vaciado” tu sociedad, trasladando clientes y activos a otra empresa? En este artículo exp...
22/11/2025

¿Eres socio y sientes que han “vaciado” tu sociedad, trasladando clientes y activos a otra empresa? En este artículo explico qué es realmente la despatrimonialización, cómo la está viendo el Tribunal Supremo y, sobre todo, qué opciones jurídicas tienes como socio cuando la sociedad se queda vaciada.

La última doctrina del Tribunal Supremo vuelve a tensar la frontera entre acción individual y acción social de responsabilidad de administradores, especialmente en los casos de despatrimonialización y trasvase de activos.

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El Supremo confirma 2 años de prisión para una mujer que ocultó su boda por la Iglesia y cobró 311.641 € de pensión de v...
20/11/2025

El Supremo confirma 2 años de prisión para una mujer que ocultó su boda por la Iglesia y cobró 311.641 € de pensión de viudedad indebidamente.

Se trata de un noticia publicada en Confilegal el pasado día 18. Resumo el caso: ella enviudó, empezó a cobrar su pensión de viudedad y, tiempo después, se casó por la Iglesia. Boda canónica, parroquia, libro sacramental, “sí, quiero” y todo lo demás. Durante 16 años, la pensión siguió llegando puntual.

El problema es que, a diferencia de las homilías, las pensiones de viudedad tienen letra pequeña. Y en esa letra pequeña se explica que si te casas de nuevo, la prestación se extingue. También si te casas “solo” por la Iglesia.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado 2 años de prisión para esa mujer que durante todos esos años ocultó su matrimonio religioso para seguir cobrando la pensión de viudedad. En total, hablamos de 311.641,39 € indebidamente percibidos, que ahora deberá devolver con intereses, más una multa por el mismo importe. Total aproximado: 623.282,78 € por confundir “hasta que la muerte nos separe” con “hasta que el INSS se entere”. La resolución subraya que también el matrimonio canónico, aunque no se inscriba en el Registro Civil, extingue la pensión si quien la cobra sabe que se casa y calla para seguir cobrando.

La sentencia recuerda algo muy poco teológico y muy poco romántico: en nuestro sistema, el amor será cosa de dos, pero la pensión es cosa de tres… y el tercero se llama Seguridad Social.

“No podéis servir a Dios y al dinero” (Mt 6,24).

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¿Puede una sentencia cambiar la forma en que entendemos la pensión de viudedad de las parejas no casadas?En este post co...
17/11/2025

¿Puede una sentencia cambiar la forma en que entendemos la pensión de viudedad de las parejas no casadas?

En este post comento la sentencia del TS 857/2025, de 1 de octubre, que reconoce pensión de viudedad a un conviviente more uxorio cuya pareja no pudo casarse por la irrupción del estado de alarma. Un caso límite que obliga a replantear cómo interpretamos el art. 221.2 LGSS y dónde están los límites entre literalidad de la norma, justicia material y seguridad jurídica.

🔎 Lee el artículo completo aquí:
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La impunidad de la multirreincidencia y la paradoja de la eficiencia tributariaAquí tenemos a un ciudadano que, por su p...
14/11/2025

La impunidad de la multirreincidencia y la paradoja de la eficiencia tributaria

Aquí tenemos a un ciudadano que, por su persistencia y dedicación a la reincidencia, parece haber hecho de la delincuencia su carrera profesional. Y, sin embargo, a pesar de su evidente "éxito", sigue siendo un hombre libre. La paradoja se vuelve aún más evidente cuando comparamos esta situación con la implacable eficiencia de la administración tributaria. Aquí no hay lugar para errores o indulgencias: si un contribuyente olvida declarar unos pocos euros o, por citar un caso cercano, se le ocurre desgravar un traje y el kilometraje invertido en sus desplazamientos a los juzgados, ya sabemos que el Estado no dudará en desplegar toda su maquinaria para cobrar hasta el último céntimo.

Podríamos pensar que hay una lógica oculta detrás de esta disparidad: tal vez el Estado cree que los evasores fiscales son una amenaza mayor que los criminales reincidentes. Después de todo, ¿qué es un robo con violencia comparado con el terrible crimen de desgravar un traje?

Es irónico, por no decir tragicómico, que un sistema capaz de seguir hasta el más mínimo rastro de un euro mal contabilizado se vea tan impotente ante la reiteración delictiva. En fin, que el Estado parece más preocupado por lo que entra en la caja registradora que por lo que se pierde en las calles.

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¿Basta con que no haya avenencia para que reconocer “no tengo derecho” quede luego en una mera opinión? A propósito de l...
10/11/2025

¿Basta con que no haya avenencia para que reconocer “no tengo derecho” quede luego en una mera opinión? A propósito de la STS 1328/2025 analizo de forma crítica la lógica aplicada en este caso acerca de los actos propios: coherencia práctica vs. formalismo del título ejecutivo. Léelo aquí:

https://www.desayunosconunabogado.com/tertulias-de-cafe/no-tengo-derecho-critica-a-la-logica-de-los-actos-propios-aplicada-por-el-tribunal-supremo-en-su-sentencia-1328-2025-de-29-de-septiembre-de-2025/?utm_source=facebook&utm_medium=social&utm_campaign=sts1328_2025_actos_propios&utm_content=post_fb_empresa&utm_term=art_7_1_cc

civil

Desde noviembre de 2025 si tienes personal de hogar tu casa adquiere la condición de centro de trabajo. Lo cual signific...
19/10/2025

Desde noviembre de 2025 si tienes personal de hogar tu casa adquiere la condición de centro de trabajo. Lo cual significa que tienes que disponer de una evaluación de riesgos.

La prevención entra por la puerta principal, lo que significa que los peldaños deben estar en buen estado, que el “yo siempre lo he hecho así” ya no vale, que los guantes no son un “opcional fashion” sino una EPI, y que los productos no se mezclan.

Mafalda, si viviera pondría hoy un imán que dijera: “Primero la seguridad, luego la sopa”.

Lo llamativo es que la nevera —tan diligente en tentarnos— no nos exige un plan de prevención. Nadie nos pide un “procedimiento seguro” para el pasillo del supermercado, ni un “informe de riesgos” para la cena de los jueves. Y, sin embargo, dicen las cifras (a modo de anécdota estadística, no de sermón) que el exceso de peso se cobra, cada año, millones de vidas en el mundo, mientras que los accidentes en el hogar suman “solo” —qué palabra tan incómoda— decenas de miles en nuestro entorno. No es un concurso; es una asimetría cultural. Ironías de nuestro tiempo.

Quod tibi non vis, alteri ne fecerisEl Tribunal Supremo acaba de ratificar una paradoja al condenar al sindicato CCOO de...
22/09/2025

Quod tibi non vis, alteri ne feceris

El Tribunal Supremo acaba de ratificar una paradoja al condenar al sindicato CCOO de Galicia por vulnerar el derecho de huelga de sus propios juristas, con una indemnización de 7.501 euros por cada uno de los 15 letrados afectados.

La antinomia resulta fascinante desde una perspectiva hermenéutica, una suerte de metalepsis jurídica donde el guardián se torna infractor de aquello que custodia. La reflexión que cabe extraer del caso trasciende lo meramente anecdótico cuando consideramos que el derecho, al fin y al cabo, exige de sus operadores esa correspondencia entre el discurso y la acción que Aristóteles denominaba phronesis.

Aunque, bien mirado, si los juristas comenzáramos a emular la coherencia discursiva de la clase política actual, probablemente tendríamos que redefinir completamente los fundamentos nuestra profesión.

Quien predica la justicia debe, ante todo, practicarla. O como dirían nuestros abuelos, con esa sabiduría popular que a menudo anticipa las más sofisticadas elaboraciones doctrinales: "en casa de herrero, cuchillo de palo".

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