18/08/2023
👉Buenas noticias
Habitualmente para poder traer a tus familiares a España de forma legal y con documentación, era lo comúnmente llamado REAGRUPACION FAMILIAR, ya sea por el régimen general o por el régimen comunitario.
Sin embargo, dentro dichos procedimientos hay parámetros y limitaciones, uno de ellos es la edad para hijo de un residente en España (18 años) por el Régimen general, en cambio por el Régimen comunitario, hijo de un español de origen o nacionalizado en cuanto la edad (hasta los 21 años sin demostrar estar a cargo, ej. Envíos de dinero o más de 21 demostrando estar a cargo ej. Envíos periódicos de dinero), era la forma más habitual de traer y dar los papeles a dicho ciudadano con este parentesco.
Pero, no necesariamente tienen que ser las vías más fáciles por así decirlo, o las comúnmente usadas, ahora bien, hay un procedimiento que se llama AUTORIZACION INICIAL DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA (con referencia a contratación de un trabajador desde el país de origen del mismo) es otra alternativa si es que no cumplen los parámetros en cuanto a edad de las reagrupaciones, consistiendo así en una oferta de trabajo de un empleador en España a un trabajador fuera de la unión europea en base a la ACREDITACION DE LA SITUACION NACIONAL DE EMPLEO, correspondiente a un listado que el gobierno emite cada cierto tiempo, o bien la exención de inclusión dentro de ello a las personas familiares directos (hijo/conyugue) de un ciudadano nacionalizado español o de residente renovado y con aquellos estados que España tiene convenios (PERU, CHILE etc).
👉HAY BUENAS NOTICIAS CON RESPERTO A ELLO, anteriormente el abanico de posibilidades con respecto a los puestos de trabajo requeridos, eran muy cerrados hasta que se publicó actualmente el ultimo catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, tales como ser:
- Carpinteros de aluminio metálico y pvc.
- Montadores de carpintería metálica, aluminio y pvc.
- Instaladores de electricistas de edificios y viviendas.
- Instaladores electricistas, en general.
- Conductores - operarios de grúa de camión.
- Conductores - operarios de grúa fija, en general.
- Conductores - operarios de grúa móvil.
Dejo a continuación el link para descargar la Resolución de 11 de agosto
�https://www.boe.es/boe/dias/2023/08/15/pdfs/BOE-A-2023-18467.pdf
Si estas interesado en ello, contacta con nosotros, estamos a vuestra disposición :
- DERECHOMUNDI, despacho de abogados (Extranjería, penal, civil, mercantil).
Dirección: Rambla de Cataluña 98 6ta planta
📌www.derechomundi.com
☎️ con cita previa 602 19 44 3636
✉️ [email protected]
Estamos a vuestra disposición
Abog. Cristhian Espinoza Amurrio
Es un entorno jurídico de servicios legales en el que nos dedicamos a gestionar y tramitar tus documentos que requieras y en el momento que los necesites, ante cualquier delegación de Gobierno.