04/07/2026
El Tribunal Supremo ha declarado abusivo que las entidades bancarias impongan seguros de vida de prima única vinculados a hipotecas.
La sentencia resuelve un recurso de casación que había interpuesto un cliente del Banco Popular (posteriormente absorbido por Banco Santander). Al cliente le habían dado la razón en primera instancia, aunque en segunda instancia habían absuelto al banco.
El cliente suscribió en 2017 un contrató de préstamo hipotecario con 40 años de vencimiento y un capital suscrito de 151.547,62 euros. Sin embargo, dentro de ese capital se incluía una prima única de 24.467,62 euros para satisfacer un seguro de vida que cubriera la devolución del crédito en caso de fallecimiento.
El tomador del seguro fue el propio Banco Popular y la entidad aseguradora fue la 'joint venture' que mantenía dicho banco con Allianz.
El Supremo considera que la cláusula no era transparente, porque la escritura del préstamo hipotecario no contiene ninguna mención al contrato de seguro de vida. El producto asegurador sí aparece mencionado en la oferta vinculante y en la documentación anexa.
Además, se debería de haber tenido en cuenta la prima dentro del coste total del crédito. "La cláusula no solo no es transparente, sino que también es abusiva, por el grave desequilibrio que supone para el consumidor, al no poder conocer por completo la TAE y, por ende, el coste real de la financiación que asume", ha afirmado el Supremo.