06/08/2026
FAMILIAS TÓXICAS, DISFUNCIONALES Y EL PAPEL DEL "CHIVO EXPIATORIO". CUANDO EL DERECHO DE FAMILIA SE CONVIERTE EN LA ÚNICA SALIDA.
En el ejercicio del derecho de familia y en la jurisdicción penal, especialmente en el ámbito de la violencia psicológica es habitual encontrarse con estructuras familiares que, sin llegar necesariamente a configurar un delito, generan un daño psicológico profundo y sostenido en el tiempo al resto de familiares sanos.
Se trata de familias donde uno o varios miembros de la misma presentan rasgos o trastornos de personalidad graves, con frecuencia trastorno narcisista de la personalidad, en ocasiones con componentes maquiavélicos o psicopáticos, combinado todo ello con la figura de un segundo progenitor pasivo, dependiente o infantilizado, incapaz de ejercer una función protectora real.
Esta combinación no es anecdótica, es un patrón relacional reconocible que genera una dinámica de poder desequilibrada en la que uno de los hijos asume, de forma sistemática, el rol de "chivo expiatorio".
¿Qué es el chivo expiatorio familiar?
El chivo expiatorio es el miembro de la familia que habitualmente es un hijo/a sobre quien se proyectan de forma recurrente la culpa, la frustración y la agresividad del sistema familiar. No es elegido al azar:, suele ser quien cuestiona la dinámica familiar, quien muestra mayor sensibilidad emocional, o quien simplemente se ha convertido en el receptor "funcional" de la descarga emocional del progenitor/es o de hermanos narcisistas, mientras el resto de miembros familiares, evita el conflicto directo.
Este hijo suele caracterizarse por asumir responsabilidades que no le corresponden (emocionales, de cuidado).
Es el primero en ofrecer ayuda y el último en recibirla y cargan sobre él toda la culpa de conflictos que no ha originado ni generado.
Mantener, incluso en la edad adulta, un vínculo de lealtad y protección hacia una familia que daña, es un coste psicológico muy grande para estas personas.
Aunque el Derecho no está diseñado para "diagnosticar" trastornos de personalidad, sí es plenamente competente para intervenir en sus consecuencias.
Ancianos, dependientes y/o menores expuestos a un progenitor/a o a hijos narcisistas con patrones de manipulación y/o alienación, son los adultos que sufren las secuelas derivadas de una infancia de maltrato psicológico continuado, o situaciones de violencia intrafamiliar que exceden el conflicto normal de convivencia.
Es importante distinguir dos planos:
1.El plano clínico, que corresponde a psicólogos y psiquiatras, y que en procedimientos judiciales se incorpora mediante informes periciales.
2. El plano jurídico, donde el profesional del derecho traduce ese daño en figuras jurídicas concretas, como medidas de protección, responsabilidad civil, o en su caso, la vía penal cuando la conducta familiar traspasa el umbral del delito.
¿Cuándo debe intervenir el Derecho?
Cuando la dinámica familiar tóxica afecta a su entorno el ordenamiento jurídico español ofrece variadas herramientas, entre ellas, informes psicosociales de los equipos técnicos judiciales, esenciales para objetivar dinámicas de manipulación o alienación parental, así como Medidas de protección en el marco de la violencia doméstica donde existe un componente de control, coacción o violencia psicológica hacia el otro progenitor o hacia uno de los hijos.
Se escogería la vía penal, cuando el maltrato psicológico es habitual y reúne los elementos objetivos del tipo penal correspondiente.
En cambio cuando quien sufre esta dinámica ya es una persona adulta, las herramientas cambian y pueden plantearse acciones civiles varias y, si concurre violencia psicológica activa, la vía penal es la adecuada.
La solución no es sólo alejarse de este tipo de familias tóxicas, sino también informarse.
El consejo popular de "aléjate de esa familia" es muy necesario, pero insuficiente desde el punto de vista jurídico.
Por ello, la recomendación profesional es clara:
- Documentar los episodios relevantes (mensajes, informes médicos o psicológicos, testigos), porque en derecho lo que no se prueba no existe.
- Buscar asesoramiento legal especializado antes de tomar decisiones unilaterales que puedan tener consecuencias jurídicas no deseadas.
Valorar el asesoramiento psicológico paralelo, que en fase judicial puede convertirse en prueba pericial de peso.
- No naturalizar la violencia psicológica por el hecho de producirse en el entorno familiar, ya que el vínculo de sangre no legitima el maltrato.
Las familias disfuncionales con un progenitor narcisista y otro dependiente no son un fenómeno excepcional en la consulta jurídica, son, de hecho, uno de los sustratos más frecuentes de los conflictos de familia más enquistados.
El chivo expiatorio, ya sea menor o adulto, necesita algo más que consejo emocional, necesita que su realidad se traduzca en categorías jurídicas que permitan protegerlo. Ahí es donde el papel del abogado de familia y penal resulta insustituible, no para resolver la dinámica psicológica, que no le corresponde, sino para ofrecer el marco de derechos, protección y estrategia procesal que permita a la persona afectada recuperar el control sobre su propia vida.
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