Cristina Casales Abogados

Cristina Casales Abogados Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Cristina Casales Abogados, Abogado y bufete de abogados, Avd. Aguilera, 45, Alicante.

Abogada Penalista, especializada en Violencia, Familia y Administración Pública.
​Tutora de práctica jurídica en el Máster Universitario de la Abogacía
Docente en formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

06/08/2026

FAMILIAS TÓXICAS, DISFUNCIONALES Y EL PAPEL DEL "CHIVO EXPIATORIO". CUANDO EL DERECHO DE FAMILIA SE CONVIERTE EN LA ÚNICA SALIDA.

En el ejercicio del derecho de familia y en la jurisdicción penal, especialmente en el ámbito de la violencia psicológica es habitual encontrarse con estructuras familiares que, sin llegar necesariamente a configurar un delito, generan un daño psicológico profundo y sostenido en el tiempo al resto de familiares sanos.
Se trata de familias donde uno o varios miembros de la misma presentan rasgos o trastornos de personalidad graves, con frecuencia trastorno narcisista de la personalidad, en ocasiones con componentes maquiavélicos o psicopáticos, combinado todo ello con la figura de un segundo progenitor pasivo, dependiente o infantilizado, incapaz de ejercer una función protectora real.

Esta combinación no es anecdótica, es un patrón relacional reconocible que genera una dinámica de poder desequilibrada en la que uno de los hijos asume, de forma sistemática, el rol de "chivo expiatorio".

¿Qué es el chivo expiatorio familiar?
El chivo expiatorio es el miembro de la familia que habitualmente es un hijo/a sobre quien se proyectan de forma recurrente la culpa, la frustración y la agresividad del sistema familiar. No es elegido al azar:, suele ser quien cuestiona la dinámica familiar, quien muestra mayor sensibilidad emocional, o quien simplemente se ha convertido en el receptor "funcional" de la descarga emocional del progenitor/es o de hermanos narcisistas, mientras el resto de miembros familiares, evita el conflicto directo.
Este hijo suele caracterizarse por asumir responsabilidades que no le corresponden (emocionales, de cuidado).
Es el primero en ofrecer ayuda y el último en recibirla y cargan sobre él toda la culpa de conflictos que no ha originado ni generado.

Mantener, incluso en la edad adulta, un vínculo de lealtad y protección hacia una familia que daña, es un coste psicológico muy grande para estas personas.

Aunque el Derecho no está diseñado para "diagnosticar" trastornos de personalidad, sí es plenamente competente para intervenir en sus consecuencias.
Ancianos, dependientes y/o menores expuestos a un progenitor/a o a hijos narcisistas con patrones de manipulación y/o alienación, son los adultos que sufren las secuelas derivadas de una infancia de maltrato psicológico continuado, o situaciones de violencia intrafamiliar que exceden el conflicto normal de convivencia.

Es importante distinguir dos planos:

1.El plano clínico, que corresponde a psicólogos y psiquiatras, y que en procedimientos judiciales se incorpora mediante informes periciales.

2. El plano jurídico, donde el profesional del derecho traduce ese daño en figuras jurídicas concretas, como medidas de protección, responsabilidad civil, o en su caso, la vía penal cuando la conducta familiar traspasa el umbral del delito.

¿Cuándo debe intervenir el Derecho?
Cuando la dinámica familiar tóxica afecta a su entorno el ordenamiento jurídico español ofrece variadas herramientas, entre ellas, informes psicosociales de los equipos técnicos judiciales, esenciales para objetivar dinámicas de manipulación o alienación parental, así como Medidas de protección en el marco de la violencia doméstica donde existe un componente de control, coacción o violencia psicológica hacia el otro progenitor o hacia uno de los hijos.

Se escogería la vía penal, cuando el maltrato psicológico es habitual y reúne los elementos objetivos del tipo penal correspondiente.

En cambio cuando quien sufre esta dinámica ya es una persona adulta, las herramientas cambian y pueden plantearse acciones civiles varias y, si concurre violencia psicológica activa, la vía penal es la adecuada.

La solución no es sólo alejarse de este tipo de familias tóxicas, sino también informarse.
El consejo popular de "aléjate de esa familia" es muy necesario, pero insuficiente desde el punto de vista jurídico.

Por ello, la recomendación profesional es clara:

- Documentar los episodios relevantes (mensajes, informes médicos o psicológicos, testigos), porque en derecho lo que no se prueba no existe.

- Buscar asesoramiento legal especializado antes de tomar decisiones unilaterales que puedan tener consecuencias jurídicas no deseadas.
Valorar el asesoramiento psicológico paralelo, que en fase judicial puede convertirse en prueba pericial de peso.

- No naturalizar la violencia psicológica por el hecho de producirse en el entorno familiar, ya que el vínculo de sangre no legitima el maltrato.

Las familias disfuncionales con un progenitor narcisista y otro dependiente no son un fenómeno excepcional en la consulta jurídica, son, de hecho, uno de los sustratos más frecuentes de los conflictos de familia más enquistados.

El chivo expiatorio, ya sea menor o adulto, necesita algo más que consejo emocional, necesita que su realidad se traduzca en categorías jurídicas que permitan protegerlo. Ahí es donde el papel del abogado de familia y penal resulta insustituible, no para resolver la dinámica psicológica, que no le corresponde, sino para ofrecer el marco de derechos, protección y estrategia procesal que permita a la persona afectada recuperar el control sobre su propia vida.

Pon solución. Nos encontrás en Avd. Aguilera, 45, Entlo B, Alicante.

31/07/2026

☀️ La Abogacía también necesita descansar. Mensaje del decano del ICALI para los colegiados y colegiadas.

Con la llegada de agosto, desde el ICALI queremos desear a todos los compañeros y compañeras unas felices vacaciones y un merecido descanso.

La conciliación de la vida profesional, personal y familiar no es un privilegio: es una condición necesaria para ejercer con dignidad y prestar una defensa de calidad.

Cuando un señalamiento coincida con vuestro periodo de descanso, trasladadlo cuanto antes al órgano judicial con respeto, empatía y voluntad de colaboración, ofreciendo siempre alternativas razonables.

Y recordad: el ICALI está a vuestro lado. Ante cualquier situación que pueda afectar injustificadamente a vuestro descanso, dignidad o independencia profesional, el Colegio valorará las medidas de amparo que procedan.

Como Decano, estoy personalmente a vuestra disposición.

Felices vacaciones. Descansad, disfrutad y volved con fuerzas renovadas.

18/07/2026

Declaración Institucional de la Comisión Permanente de Abogacía Española «En Defensa de la Abogacía»

La libertad, la independencia y la seguridad en el ejercicio de la abogacía constituyen una garantía esencial del Estado de derecho. Solo allí donde los profesionales de la abogacía pueden desempeñar su función sin presiones, intimidaciones o injerencias, es posible asegurar la protección efectiva de los derechos y libertades de los ciudadanos.

En los últimos meses se ha intensificado una preocupante tendencia a la descalificación pública de profesionales de la abogacía mediante ataques personales en medios de comunicación, redes sociales e incluso desde el ámbito institucional, por el mero hecho de asumir la defensa de sus clientes.

La preocupación es compartida en todo el mundo, donde otros organismos observan también un incremento de la estigmatización, las amenazas y las agresiones contra profesionales de la abogacía en distintos países.

Conviene recordar un principio esencial de cualquier democracia: no se puede identificar a un abogado con su cliente o con la causa que defiende, porque este profesional no hace suyas las ideas, los intereses o la conducta de quien representa. Su misión consiste en garantizar que toda persona pueda ejercer su derecho a una defensa efectiva, con pleno respeto a la legalidad, a la deontología profesional y a las reglas del proceso.

Esta realidad afecta a toda la Abogacía, especialmente a los que prestan el servicio público de asistencia jurídica gratuita y a los que intervienen en procedimientos de especial repercusión pública. Todos ellos cumplen una función constitucional imprescindible y merecen respeto y la protección institucional.

Por todo ello, reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de la independencia de la abogacía y reclamamos el máximo respeto hacia quienes ejercen esta profesión. Asimismo, hacemos un llamamiento a los poderes públicos, a los medios de comunicación y a la sociedad para evitar cualquier discurso que identifique al abogado con su cliente o que lo descalifique por la causa que defiende.

Proteger la independencia de la abogacía significa preservar el derecho de defensa, la igualdad ante la ley y el Estado de derecho. En definitiva, significa proteger los derechos y libertades de todos los ciudadanos.

17/07/2026
02/07/2026
10/04/2026

La convivencia es importante en todos los aspectos de la vida, pero todavía más en un entorno tan cerrado como el de una comunidad de vecinos. Por eso, las normas esenciales de nuestro ordenamiento jurídico regulan cualquier resquicio que pueda ser motivo de disputa entre vecinos. Esto afecta inc...

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