16/10/2026
Hace unos días os lanzábamos una pregunta sobre los bloqueos entre socios en una sociedad. Hoy os traemos la respuesta detallada:
Si el enfrentamiento entre los socios llega a paralizar los órganos sociales haciendo imposible su funcionamiento, la Ley de Sociedades de Capital contempla esta situación como una causa legal de disolución.
Ahora bien, esto no significa que ante el primer desacuerdo haya que disolver la empresa. Antes de tomar una medida tan drástica, hay que estudiar a fondo los estatutos, el órgano de administración, los acuerdos entre socios y las vías legales disponibles para desbloquear la situación.
¿Cómo se gestiona el día a día mientras tanto? La decisión última le corresponde a la junta de accionistas, que es el máximo órgano de decisión. Sin embargo, el poder de gestión diario es del órgano de administración (ya sea uno de los propietarios, ambos —lo más frecuente— o un tercero). Por tanto, mientras se convoca y celebra la junta, será este órgano quien decida en la vida ordinaria de la empresa.
Si finalmente existe causa legal de disolución y no se adopta una solución, la ley contempla la posibilidad de solicitar la disolución por vía judicial.
Recuerda: El 50 % te da poder. Pero también puede darte un problema si el otro 50 % dice NO.
📌 Si estás atravesando una situación de bloqueo en tu empresa o quieres prevenirlos con un buen pacto de socios, en nuestro despacho podemos ayudarte. ¡Contáctanos!