Haro y Cusac Abogados

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Despacho innovador y comprometido con una formación permanente, lo cual nos permite aportar soluciones eficaces y sensatas a cualquier dificultad a la que se enfrenten nuestros clientes.

Sufriste un accidente en el trabajo, estás de baja y crees que ya está todo resuelto. Puede que no sea así.El sistema de...
02/06/2026

Sufriste un accidente en el trabajo, estás de baja y crees que ya está todo resuelto. Puede que no sea así.

El sistema de protección por accidente laboral en España cubre la prestación económica durante la baja y, en su caso, el reconocimiento de una incapacidad. Pero existe una vía adicional que muchos trabajadores no conocen: la reclamación de una indemnización por daños y perjuicios al margen de lo que reconoce la Seguridad Social.

¿Cuándo puede reclamarse una indemnización adicional?
La clave está en determinar si el accidente se produjo por una causa imputable a un tercero. Los supuestos más habituales son los siguientes:
👉🏽 Incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Si la empresa no adoptó las medidas de seguridad exigidas por la Ley 31/1995, puede exigírsele responsabilidad civil por los daños derivados del accidente.
👉🏽 Negligencia del empresario o de otro trabajador. Cuando el accidente fue consecuencia directa de una actuación negligente, existe base para una reclamación por responsabilidad extracontractual conforme al artículo 1902 del Código Civil.
👉🏽 Recargo de prestaciones. En casos de infracción grave de normas de seguridad, la Seguridad Social puede imponer un recargo de entre el 30% y el 50% sobre las prestaciones reconocidas, que corre a cargo exclusivo del empresario.
👉🏽 Secuelas no valoradas correctamente. Si las lesiones o secuelas derivadas del accidente no han sido reconocidas en su totalidad por la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, puede impugnarse la resolución e iniciar un procedimiento para su correcta valoración.

¿Es compatible con la prestación de la Seguridad Social?
Sí. La reclamación civil o penal frente al responsable del accidente es perfectamente compatible con las prestaciones reconocidas por la Seguridad Social. Cobrar la baja o una incapacidad no impide reclamar adicionalmente por los daños sufridos.

¿Cuál es el plazo para reclamar?
El plazo general de prescripción para este tipo de reclamaciones es de un año desde la fecha del accidente o desde que se consolidan las lesiones. Actuar a tiempo es determinante.

En Haro y Cusac analizamos tu situación, valoramos si existe base para una reclamación adicional y te acompañamos en todo el proceso, tanto en vía administrativa como judicial.

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28/05/2026

La policía no puede detenerte sin motivo ni mantenerte detenido indefinidamente. La ley establece límites muy claros: indicios de delito para proceder a la detención y un máximo de 72 horas antes de pasar ante el juez.

Durante ese tiempo tienes derecho a asistencia letrada desde el primer momento. Conocer tus derechos puede marcarlo todo.

En Haro y Cusac ejercemos la defensa penal desde el instante de la detención.

Consulta tu caso 💥
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El 87% de los concursos de acreedores en España ya son de particulares.No de empresas. De personas como tú.Según los dat...
26/05/2026

El 87% de los concursos de acreedores en España ya son de particulares.
No de empresas. De personas como tú.

Según los datos del Colegio de Registradores, en el tercer trimestre de 2024 se registraron cerca de 10.000 procesos concursales en España, con un incremento del 142,6% respecto al mismo periodo del año anterior. El 87% de esos procesos correspondieron a personas físicas —particulares y autónomos— que se acogieron a la Ley de Segunda Oportunidad.

Detrás de ese porcentaje hay miles de personas que dejaron de asumir en silencio una deuda que no podían pagar y decidieron ejercer un derecho que la ley les reconoce.

La Ley 25/2015, reformada en profundidad en 2022, es el mecanismo legal que permite a personas físicas en situación de insolvencia —particulares y autónomos— obtener la cancelación total o parcial de sus deudas mediante un procedimiento judicial. El término técnico es Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI): el juez declara extinguidas las deudas que el deudor no puede asumir, permitiéndole empezar desde cero sin cargas.

¿Quién puede acogerse?
✅ Particulares con deudas que no pueden asumir
✅ Autónomos con deudas profesionales o personales
✅ Deudores de buena fe que no han ocultado patrimonio

La ley exige que el deudor actúe de buena fe, no haya ocultado bienes ni cometido delitos relacionados con la insolvencia, y que haya intentado un acuerdo previo con los acreedores. Tras la reforma de 2022, el proceso se ha simplificado y los plazos se han reducido considerablemente.

En Haro y Cusac analizamos tu situación económica, valoramos si cumples los requisitos y gestionamos todo el proceso de principio a fin.

Si tienes deudas que no puedes asumir, contáctanos. Estamos encantados de ayudarte:
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19/05/2026

Le prestaste dinero. Firmaste un contrato. Y ahora no cobras.

Es una situación más habitual de lo que parece. Y tiene solución legal.

Cuando una persona te debe dinero y se niega a pagar, existen mecanismos jurídicos concretos para reclamar:
👉🏽 Reclamación extrajudicial formal como paso previo
👉🏽 Proceso monitorio: vía judicial ágil para deudas documentadas
👉🏽 Juicio verbal o juicio ordinario según la cuantía
👉🏽 Embargo de bienes si el deudor no atiende la reclamación

El tiempo juega en tu contra: el derecho a reclamar tiene un plazo de prescripción y actuar tarde puede hacerte perder la deuda definitivamente.

En Haro y Cusac analizamos tu caso, evaluamos las pruebas disponibles y reclamamos lo que te corresponde.

Cuéntanos tu situación
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"Inocente hasta que se demuestre lo contrario."Lo habrás escuchado muchas veces. Pero ¿sabes exactamente qué significa e...
12/05/2026

"Inocente hasta que se demuestre lo contrario."

Lo habrás escuchado muchas veces. Pero ¿sabes exactamente qué significa en la práctica?

La presunción de inocencia es un derecho fundamental recogido en el artículo 24.2 de la Constitución Española y también en el artículo 6.2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. No es una figura retórica: es una garantía procesal con efectos jurídicos concretos y vinculantes para jueces, fiscales y tribunales.
¿Qué implica en la práctica?
➡ Nadie es culpable hasta que una sentencia firme así lo declare. Ni una denuncia, ni una detención, ni un auto de apertura de juicio oral determinan culpabilidad. Solo una sentencia condenatoria firme tiene ese efecto.
➡ La carga de la prueba recae íntegramente en la acusación. Es el Ministerio Fiscal o la acusación particular quien debe probar los hechos delictivos. El investigado o acusado no tiene que demostrar su inocencia: es la acusación quien debe destruir la presunción que le ampara.
➡ El principio in dubio pro reo. Cuando el tribunal alberga dudas razonables sobre la culpabilidad del acusado, debe resolver a su favor. La condena solo es posible cuando la prueba de cargo es suficiente, lícita y practicada con todas las garantías.

La vulneración de la presunción de inocencia puede dar lugar a la nulidad de la sentencia condenatoria y es motivo de recurso, incluso ante el Tribunal Constitucional mediante recurso de amparo. Por eso, controlar que este derecho se respeta en cada fase del procedimiento es una de las funciones esenciales de la defensa letrada.

En Haro y Cusac ejercemos una defensa penal rigurosa desde la fase de instrucción, velando por que todos los derechos procesales del cliente se respeten en cada momento del procedimiento.
Si estás inmerso en un proceso penal o has recibido una denuncia, contáctanos. Analizamos tu situación de forma confidencial:
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Te han denunciado. Y los hechos no son como los describen.Una denuncia falsa no es un trámite menor. Desde el momento en...
05/05/2026

Te han denunciado. Y los hechos no son como los describen.

Una denuncia falsa no es un trámite menor. Desde el momento en que se interpone, activa un procedimiento penal que puede afectar tu reputación, tu trabajo y tu vida personal.

Lo que puedes hacer:
➡ Ejercer tu defensa desde la fase de instrucción
➡ Aportar pruebas que contradigan los hechos denunciados
➡ Solicitar el archivo de las actuaciones
➡ Denunciar al denunciante por denuncia falsa o simulación de delito

No esperes a que el proceso avance sin ti.

En Haro y Cusac analizamos los cargos, estudiamos la documentación y construimos tu defensa desde el primer momento.

Cuéntanos tu caso.
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30/04/2026

¿Te han citado a declarar? Conoce tus derechos antes de entrar.
El derecho a no declarar contra uno mismo está reconocido en la Constitución Española. Ejercerlo no es huir 👉🏽 es defenderte correctamente.

En Haro y Cusac te acompañamos desde el primer momento.
Consulta tu caso de forma confidencial.
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Un atropello, una caída en la calle, un accidente con un patinete. ¿Sabes que en todos estos casos puedes tener derecho ...
28/04/2026

Un atropello, una caída en la calle, un accidente con un patinete. ¿Sabes que en todos estos casos puedes tener derecho a reclamar una indemnización?

👉🏽 Cuando hablamos de accidentes y reclamaciones, la mayoría de la gente piensa en colisiones entre vehículos. Sin embargo, existe una categoría de siniestros mucho más amplia —y mucho menos conocida— que también genera responsabilidad civil y derecho a indemnización.

Según datos de la Fundación Línea Directa, en la última década se han registrado más de 124.000 siniestros con peatones implicados en España, con cerca de 3.500 fallecidos, lo que representa uno de cada cinco fallecidos en accidente de tráfico. Y en el 72% de esos siniestros, el peatón no había cometido ninguna infracción.

¿Qué tipo de accidentes menos conocidos permiten reclamar?
➡ Atropello por un vehículo en un paso de peatones
➡ Caída en una acera deteriorada o mal señalizada
➡ Accidente con un patinete eléctrico o bicicleta
➡ Atropello mientras esperabas en un semáforo

En Haro y Cusac estudiamos tu caso, identificamos ante quién corresponde reclamar y gestionamos todo el proceso, tanto frente a aseguradoras como frente a la Administración.
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¿Has recibido una citación como investigado? Esto es lo que debes hacer antes de declarar.Recibir una citación judicial ...
21/04/2026

¿Has recibido una citación como investigado? Esto es lo que debes hacer antes de declarar.

Recibir una citación judicial en calidad de investigado —lo que antes se denominaba "imputado"— es una situación que genera una inquietud comprensible. Sin embargo, lo más importante en ese momento no es el miedo: es actuar con información y con el respaldo legal adecuado.

¿Qué derechos tienes como investigado? La Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce una serie de garantías procesales que amparan a cualquier persona investigada desde el inicio del procedimiento:
➡ Derecho a no declarar contra sí mismo, recogido en el artículo 24 de la Constitución Española. Guardar silencio es un derecho, no una señal de culpabilidad.
➡ Derecho a ser asistido por abogado antes de prestar declaración, tanto ante la policía como ante el juez de instrucción.
➡ Derecho a conocer los cargos que se formulan contra ti, con tiempo suficiente para preparar tu defensa.

¿Qué ocurre si acudes sin abogado? Técnicamente, en algunos supuestos se designa abogado de oficio. Pero acudir sin una defensa preparada, sin conocer el contenido de las actuaciones y sin una estrategia clara puede comprometer seriamente tu posición procesal desde el primer momento.

La fase de instrucción —donde se investigan los hechos y se practican las diligencias— es determinante. Lo que se diga o no se diga en esta fase tiene consecuencias directas en el juicio oral.

En Haro y Cusac nos incorporamos a tu defensa desde el primer momento, analizamos la documentación, valoramos los cargos y te acompañamos en cada declaración y trámite procesal.
Si has recibido una citación o tienes cualquier duda sobre un proceso penal, contacta con nosotros:
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⚡️ ¿Te ha llegado una factura de luz o gas desorbitada?  Antes de pagarla, revisa esto: muchas facturas infladas se debe...
14/04/2026

⚡️ ¿Te ha llegado una factura de luz o gas desorbitada?
Antes de pagarla, revisa esto: muchas facturas infladas se deben a errores de lectura, regularizaciones mal aplicadas o cambios de tarifa sin avisar.

Qué debes comprobar:
✅ Si la lectura es estimada (suele ser el motivo más común).
✅ Si han aplicado ajustes o regularizaciones de meses anteriores.
✅ Si ha cambiado el precio del kWh o la potencia sin avisarte.
✅ Si el contador podría estar registrando consumos erróneos.

📝 Cómo reclamar:
1. Reclama primero a tu comercializadora (siempre por escrito).
2. Si no responden, acude a la OMIC.
3. Si sigue sin resolverse, Junta Arbitral de Consumo o CNMC.
4. Y si el importe es muy elevado o hay perjuicios, podemos ayudarte.

💬 Una factura desorbitada no significa que tengas que pagar sin más.
En Haro y Cusac revisamos tu caso y te ayudamos a reclamar lo que corresponda.

Dirección

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Albacete
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