Intercedes ahora es Machuca & Abogados

Intercedes ahora es Machuca & Abogados ABOGAD@S EXPERTOS EN EXTRANJERÍA A TU ALCANCE Y DISPOSICIÓN.

🚨✨Nuevo éxito:  ¡Lo conseguimos! Resoluciones favorables para traer a padres del ciudadano español de origen boliviano.✨...
27/05/2026

🚨✨Nuevo éxito: ¡Lo conseguimos! Resoluciones favorables para traer a padres del ciudadano español de origen boliviano.✨

👨‍👩‍👧‍👦 Muchas personas residentes en España viven separadas de sus padres y seres queridos debido a la complejidad de los procedimientos de extranjería.

⚖️ En Machuca & Abogados seguimos construyendo historias reales de reunificación familiar.

🧑🏽‍🎓Hemos obtenido dos resoluciones favorables para los padres de un ciudadano español de origen boliviano, permitiendo que puedan venir a España y reencontrarse con su hijo y familia ,después de años de distancia.

⚖️ Uno de los aspectos más importantes del expediente fue acreditar correctamente la dependencia económica de los padres respecto de su hijo residente en España.

📌 Los padres eran menores de 80 años y logramos demostrar:

💶 El envío periódico y constante de remesas de dinero.
🏠 Que vivían económicamente a cargo de su hijo
❌ Que no contaban con ingresos propios suficientes en Bolivia
👨‍👩‍👧 Que no tenían otros familiares que pudieran hacerse cargo de ellos en su país de origen.

📑 La correcta preparación de la prueba documental y la estrategia jurídica fueron claves para obtener estas resoluciones favorables.

🏛️ Hemos analizado cada caso de manera individual , construimos expedientes sólidos, humanos y jurídicamente bien fundamentados.

❤️ Estamos muy contentos de haber contribuido a unir nuevamente a esta familia.

📲 Si tú también deseas traer a tus padres a España, agenda una consulta con nuestro despacho y estudiaremos la mejor estrategia legal para tu caso.

⚖️ Abogada Maria Alicia Machuca Huaman

📅 Acompañamiento durante todo el proceso.

📍 Oficina en Barcelona– Actuamos en toda España

🌐 https://aliciamachuca-abogada.es

📱 WhatsApp :https://wa.me/message/TFZCV4YSEL46P1







✨ El Informe de Vulnerabilidad en el proceso de regularización extraordinario en España.✨En los (3) borradores al que tu...
22/04/2026

✨ El Informe de Vulnerabilidad en el proceso de regularización extraordinario en España.✨

En los (3) borradores al que tuvimos acceso, se mencionaba que “se presume la vulnerabilidad de las personas en situación de irregularidad administrativa en España”, era una presunción "iure et de iure".Una figura jurídica oportuna dentro del proceso de regularización extraordinaria que simplificaba y agiliza el proceso.

Ello, porque las personas migrantes en situación administrativa de irregularidad están atravezados por múltiples factores de exclusión que afectan de manera directa a sus condiciones de vida.

En concreto, la irregularidad administrativa, en la práctica, limita el acceso efectivo a derechos como:
📍Derecho al trabajo
📍Derecho a la vivienda digna
📍Derecho a la seguridad social
📍Derecho a la igualdad

Sin embargo, el Ministerio de Inclusión, presumimos también, que teniendo en cuenta el Dictamen del Consejo de Estado publica en el BOE / el RD 316/2026 (que modifica el Reglamento de Extranjería e incluye el Proceso de Regularización Extraordinaria) incorpora en la Disposición adicional vigesimoprimera el “Informe de Vulnerabilidad”.

Es decir, se debe acreditar y encontrarse en situación de vulnerabilidad, se elabora un modelo específico y, esa acreditación lo deberán realizar los Ayuntamientos en materia de asistencia social y las entidades del Tercer Sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería regulado por la Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo.

👥 ¿Qué dicen las experiencias migratorias?

Si el objetivo de la norma era regularizar la situación administrativa de miles de personas migrantes en situación de irregularidad que ya viven y trabajan en España, así como flexibilizar y hacer ágil el proceso, lo cierto es que , a cinco días nos encontramos que en muchos ayuntamientos se están exigiendo estar empadronados para acceder al Informe de Vulnerabilidad, convirtiéndose en una “perversión” a la norma, por otro lado, las entidades colaboradoras tienen que adaptar recursos materiales/ humanos para concretarlo.¿ Será posible con miles de personas solicitándolo? y el tiempo es ajustado.

🔍 ¿Qué estaban pensando las autoridades para complicar éste proceso?.

"Nadie puede quedarse atrás". Consideramos que son necesarias actuaciones desde el Ministerio que faciliten dar soluciones a lo que ya vemos será inminente: habrá dificultades materiales y personales para que miles de personas en tan poco tiempo,cuenten con el Informe de Vulnerabilidad, si es su caso solicitarlo, y creemos que lo será en su gran mayoría .

📢 Finalmente, desde el Despacho Machuca & Abogados ya hemos presentado solicitudes de regularización extraordinaria en diversos supuestos, incluyendo aquellos que requieren la aportación de un Informe de Vulnerabilidad conforme al nuevo marco normativo.

Los resultados han sido posibles gracias a la oportuna implicación del personal de los servicios sociales que ya tenían base de datos de sus usuarios en el Ayuntamiento correspondiente al lugar de residencia de nuestros clientes, así como a la colaboración activa con agentes colaboradores en extranjería con los que estamos trabajamos de forma coordinada.

🤝 Esta sinergia institucional y profesional permite reforzar la rapidez y eficacia desde el inicio del trámite, con estrategias personalísimas efectivas diseñadas para enfrentar cualquier desafío jurídico en España.

“PORQUE NINGUNO PUEDE QUEDARSE ATRÁS”

¿Necesitas ayuda con tu solicitud?

Desde el despacho Machuca & Abogados, te acompañamos, preparamos toda la documentación necesaria para garantizar que el expediente sea viable y cumpla con los criterios establecidos en la norma y, tramitamos tu solicitud hasta obtener la Resolución favorable y el TIE.

📅 Acompañamiento durante todo el proceso.

📍 Oficina en Barcelona– Actuamos en toda España

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🇪🇸 Abogada Maria Alicia Machuca Huaman









📢 ✨ SE APROBÓ LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026 ✨En la sesión de hoy , el Consejo de Ministros aprobó la modificació...
14/04/2026

📢 ✨ SE APROBÓ LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026 ✨

En la sesión de hoy , el Consejo de Ministros aprobó la modificación al vigente Reglamento de Extranjería que conlleva un proceso de Regularización Extraordinaria. Una medida que beneficiará a cientos de miles de personas migrantes en toda España.

🇪🇸 Se publicará en el BOE el 15/04/2026.

Pero hay un aspecto fundamental que debes conocer:

👉 Esta medida no surge únicamente desde las instituciones.

👉 Es el resultado de 6 años de lucha social y de incidencia política, impulsada por los colectivos migrantes constituidos en la ¡Plataforma Estatal Regularización Ya!.

✊ UN PAPEL CLAVE EN LA REGULARIZACIÓN :

La plataforma estatal ¡Regularización Ya! ha liderado durante años:

✔ Movilizaciones sociales.
✔ Recogida masiva de firmas ( 700,000)
✔ Iniciativas legislativas populares ( ILP Regularización Ya).
✔ Presión institucional

📌 Esto marca un precedente importante.

¡¡¡Gracias a este esfuerzo colectivo, hoy la regularización es una realidad!!!

🇪🇸 Por otro lado, también hemos de reconocer que el gobierno de España a contracorriente de otros estados miembros de la UE reconoce la necesidad de regularizar a miles de personas migrantes que, de hecho y en la práctica forman parte de la sociedad española como un acto de Justicia Social y de reconocimiento de una plena integración.

⚖️ 👩‍⚖️ ¿QUÉ DEBES HACER AHORA

Tener calma, prudencia, no te desesperes.Cómo abogados analizaremos la norma para encuadrar cada situación.

En la misma forma, si decides contar con los servicios de las más de 150 Entidades Colaboradoras de Extranjería inscritas, que brindarán soporte legal gratuito ,ellos sabrán guiarte.

📍Formas de presentar la solicitud:

✅ Por la vía telemática que estará disponible de forma ininterrumpida las 24 horas del día, los 7 días y se iniciará desde 16 abril 2026.

✅ De forma presencial que será con cita previa.El plazo para solicitar la cita previa comenzará el 16 de abril aunque la atención en las oficinas se iniciará el lunes 20/04/2026.

📍Canales para pedir la cita previa:

1 ) De forma telemática.
2) Formulario
3) Teléfono 060

📍 Participaran en la recogida de las solicitudes: Las Oficinas de la seguridad social en horario de la tarde, las oficinas de Correos, y algunas oficinas de Extranjería que oportunamente mencionaremos.

¿Necesitas ayuda con tu solicitud?

Desde el despacho Machuca & Abogados, te acompañamos, preparamos toda la documentación necesaria para garantizar que el expediente sea viable y cumpla con los criterios establecidos en la norma y, tramitamos tu solicitud hasta obtener la Resolución favorable y el TIE.

📅 Acompañamiento durante todo el proceso.

📍 Oficina en Barcelona– Actuamos en toda España

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👉 Escríbe“REGULARIZACIÓN” por mensaje 📲 639 21 40 52

Abogada Maria Alicia Machuca Huaman









🚨 REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026: AVANCE CLAVE HOY 9 DE ABRIL 2026.  🇪🇸Hoy se produce un paso determinante y técnico...
10/04/2026

🚨 REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026: AVANCE CLAVE HOY 9 DE ABRIL 2026. 🇪🇸

Hoy se produce un paso determinante y técnico en el proceso de la Regularización Extraordinaria.

📌 El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones remitió oportunamente al Consejo de Estado el,

📄 Proyecto de Real Decreto que modifica el Reglamento de Extranjería asignando con Expediente nº 268/2026

👉 Este expediente ha sido incluido en la Orden del Día de la Comisión Permanente que se celebró hoy, jueves 9 de abril.

⚖️ ¿Qué significa esto realmente?

La Comisión Permanente del Consejo de Estado es el órgano que:
✔️ Emite el dictamen preceptivo previo a la aprobación normativa.

📌 Cuando un expediente es tratado en su orden del día:

➡️ Lo habitual es que el dictamen se emita en un plazo muy corto
➡️ Este paso es prácticamente la fase final antes de su aprobación formal.

📅 ¿Qué ocurre después?

Una vez emitido el dictamen:

➡️ El texto pasa al Consejo de Ministros para su aprobación.

➡️ Posteriormente se publica en el BOE para su entrada en vigor.

🔍 ¿Cuándo se puede publicar en el BOE?

⏳ Posibles fechas:

🗓️ Consejo de Ministros el 14 de abril
📢 Publicación en BOE el 15 de abril

🗓️ Consejo de Ministros el 21 de abril
📢 Publicación en BOE el 22 de abril

👉 Hemos de tener presente el momento en que el Consejo de Estado emita su dictamen.

🔴 PUNTO CRÍTICO AÚN EN DISCUSIÓN

Uno de los aspectos más sensibles del texto:

❓ Antecedentes penales.

👉 Se está valorando si será posible acreditarlos mediante:

📄 Declaración responsable

⚠️ Este punto puede ser determinante en el acceso a la regularización y deberá ser evaluado tras el dictamen.

💼 ¿Qué puedes hacer desde YA?

Aunque el texto no se haya publicado aún:

📂 Reúne pruebas de permanencia en España.
📑 Actualiza tu empadronamiento.
🧾 Organiza tu documentación personal.

👩‍⚖️ Busca asesoramiento para definir la estrategia
legal:

⚠️ IMPORTANTE
El procedimiento no será automático.

La diferencia entre obtener o no la autorización estará en cómo prepares tu expediente.

¿Necesitas ayuda con tu solicitud?

👩‍⚖️ Desde el despacho Machuca & Abogados, te acompañamos, preparamos toda la documentación necesaria para garantizar que el expediente sea viable y cumpla con los criterios establecidos.

Tramitamos tu solicitud hasta obtener la Resolución favorable y el TIE.

📅 Acompañamiento durante todo el proceso.

📞 Contáctanos +34 639 21 40 52

📍 Oficina en Barcelona– Actuamos en toda España.

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🤝 Abogada Maria Alicia Machuca Huaman

✨ La defensa de los derechos fundamentales no admite excepciones. La igualdad no es una opción: es un mandato constituci...
28/03/2026

✨ La defensa de los derechos fundamentales no admite excepciones. La igualdad no es una opción: es un mandato constitucional.✨

El pasado 26 de marzo, en el barrio de Villaverde (Madrid), se produjo la detención del joven migrante Serigne Mbaye —activista antirracista, exdiputado de Podemos y vecino de Madrid— junto a otras seis personas, en un contexto marcado por el uso de la violencia, tal y como reflejan los vídeos difundidos oportunamente.

Estas imágenes han generado una profunda preocupación social al evidenciar prácticas que no se corresponden con los principios de un Estado democrático de Derecho. La Constitución Española, en su artículo 14, consagra la igualdad ante la ley y prohíbe expresamente cualquier forma de discriminación por razón de nacimiento, raza, s**o, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Si bien las personas detenidas fueron puestas en libertad en la madrugada del 27 de marzo de 2026, los hechos denunciados no pueden ser ignorados ni minimizados.

Ante éste grave hecho, nos sumamos a las múltiples denuncias realizadas por diversas organizaciones, que señalan que este tipo de actuaciones no constituyen un hecho aislado, sino que responden a prácticas reiteradas vinculadas al perfil racial / étnico, es decir , son "redadas racistas", y hemos de nombrarlo : es "racismo institucional" , es "violencia institucional".

Se trata de hechos profundamente deleznables que, lejos de fortalecer nuestro sistema democrático, lo debilita, erosionando la confianza ciudadana en las instituciones y comprometiendo los valores fundamentales sobre los que se sustenta nuestro Estado de Derecho español.

La defensa de los derechos fundamentales no admite excepciones. La igualdad no es una opción: es un mandato constitucional.



Lo comparto.

🇪🇦 Abogada Maria Alicia Machuca Huaman
Reg. Colegiatura ICAB 49331

👥 En tiempos difíciles para la humanidad:Una historia de reencuentro familiar en Barcelona. ✨ Una madre que vuelve a abr...
26/03/2026

👥 En tiempos difíciles para la humanidad:Una historia de reencuentro familiar en Barcelona.

✨ Una madre que vuelve a abrazar a su hijo después de años 💙

👩‍👦 Nuestra clienta de nacionalidad boliviana y a quién logramos su nacionalidad española en 5 meses, ha logrado reunirse con su único hijo residente en Bolivia, gracias a la autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, tramitada en Barcelona.

📌 ¿Qué es esta residencia?

Es un permiso que permite a los familiares españoles vivir y trabajar en España 🇪🇸

👨‍👩‍👧‍👦 ¿A quién beneficia?

✔️ Hijos (Hasta los 26 años sin demostrar estar a cargo)
✔️ Padres o madres menos de 80 años de edad demostrar estar a cargo
✔️ Parejas (incluso no registradas, si se demuestra relación)
✔️ Otros familiares dependientes

📄 Documentación básica:

✔️ Pasaporte en vigor
✔️Prueba del vínculo familiar
✔️Certificado de antecedentes penales
✔️ Acreditar dependencia (si aplica)

📌 Toda la documentación debe presentarse en la Oficina de Extranjería correspondiente.

🚀 Beneficios principales:

💼 Trabajo automático (cuenta ajena o propia)
🏡 Residencia legal en España
🔄 Posibilidad de renovación hasta 5 años
👨‍👩‍👧‍👦 Posibilidad de reagrupar a otros familiares

❤️ El valor humano detrás del trámite.No es sólo un permiso…
Es:
✨ Reencuentros
✨ Nuevas oportunidades
✨ Familias unidas pese a la distancia

¿Necesitas ayuda para reagrupar a tus familiares?

💻📑Desde el despacho Machuca & Abogados, te acompañamos , tramitamos la solicitud y preparamos toda la documentación necesaria para garantizar que el expediente sea viable y cumpla con los criterios establecidos en el vigente Reglamento de Extranjería.

📅 Acompañamiento durante todo el proceso.

📞 Contáctanos +34 639 21 40 52

📍 Oficina en Barcelona– Actuamos en toda España.

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🇪🇦 Abogada Maria Alicia Machuca Huaman










📢 NOVEDADES SOBRE EL PROCESO DE REGULARIZACIÓN EN ESPAÑA 2026.⚠ ️ Atención a los últimos avances:Aún NO se ha aprobado e...
13/03/2026

📢 NOVEDADES SOBRE EL PROCESO DE REGULARIZACIÓN EN ESPAÑA 2026.

⚠ ️ Atención a los últimos avances:

Aún NO se ha aprobado el Real Decreto que regulará el nuevo proceso de regularización extraordinaria, pero se espera que se publique en el BOE a finales de marzo de 2026.

📅 Inicio previsto: principios de abril 2026.

📅 Fin del proceso: 30 de junio de 2026.

⏳ El plazo será limitado, por lo que preparar la documentación con tiempo será clave.

📝 ¿Cómo se podrán presentar las solicitudes?
Según información del servicio a la ciudadanía de CCOO (10/03/2026), habrá dos vías de presentación:

💻 📌 Vía telemática (principal):
Será la forma principal de presentación.

✔️ Si tienes certificado digital, podrás presentar la solicitud online.

✔️ Si NO tienes certificado digital, podrás hacerlo a través de:

Se ha regulado en la Orden ISM/164/2026 (BOE 5 de marzo) la creación del Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.
Comprende a :
🤝 organizaciones sindicales
🤝 ONG
🤝 colaboradores autorizados.

🏢 📌 Vía presencial:
Se menciona que también se podrán presentar solicitudes en:
📍 Oficinas de Seguridad Social
📍 Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
📍 Oficinas de Extranjería
📮 Además, se está estudiando un convenio de colaboración con Correos.

⚙️ El proceso tendrá 2 fases:

📂 1) Recogida de documentación y tramitación.

Atención:

🔺 Se ha previsto que el tiempo medio de recepción de documentación será de entre 15 y 20 minutos por persona.

🔺 Se entregarán las solicitudes en todas las provincias españolas en horario de 16:00 horas a 19:00 horas. Previo, hay que solicitar cita por la plataforma Mercurio.

📑 2) Resolución del expediente.

Atención:

🔺 Se prevé que la resolución será realizada exclusivamente por la Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la UTEX (Unidad de Tramitación de Extranjería).

🧏¿Tienes dudas?

📩 Consulta tu caso

📲 Escríbenos por mensaje al Whatsapp al +34 639 21 40 52

👉 Empieza a preparar tu solicitud desde ahora.

⚖️ En Machuca & Abogados podemos ayudarte:

✔️ Preparación completa del expediente
✔️ Revisión de documentos
✔️ Presentación de solicitudes
✔️ Seguimiento del procedimiento

👨‍⚖️ Especialistas en Derecho de Extranjería

🇪🇦Abogada Maria Alicia Machuca Huaman

Machuca & Abogados especialistas en extranjería y nacionalidad española.

🌐 Actuamos a nivel nacional








✨ ¡Seguimos sumando buenas noticias!✨En Machuca & Abogados nos alegra seguir compartiendo, otro caso favorable: hemos co...
07/03/2026

✨ ¡Seguimos sumando buenas noticias!✨

En Machuca & Abogados nos alegra seguir compartiendo, otro caso favorable: hemos conseguido la tarjeta de residencia de un familiar de ciudadano comunitario.

📂 En este caso, se trataba de una pareja no registrada en España siendo la solicitante de nacionalidad italiana 🇮🇹 que buscaba reagrupar a su pareja de nacionalidad argentina🇬🇹.

💻 Tras preparar correctamente el expediente y acreditar la relación estable, la solicitud ha sido resuelta favorablemente.

¡Agradecemos vuestra confianza!

👨‍👩‍👧‍👦 Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario: vive en España con tu familia.

La reagrupación familiar en régimen comunitario permite a los ciudadanos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza que residen en España traer a sus familiares .

👥 ¿A qué familiares puedes reagrupar?

Entre los familiares que pueden beneficiarse de este régimen se encuentran:

✔️ Cónyuge o pareja registrada.
✔️ Pareja estable no registrada (acreditando convivencia).
✔️ Hijos menores de 21 años o mayores dependientes.
✔️ Ascendientes (padres) que vivan a cargo del ciudadano comunitario.
✔️ En algunos casos también pueden incluirse otros familiares que dependan económicamente o convivan con el ciudadano comunitario.

📄 ¿Qué requisitos debes cumplir?

Para solicitar este permiso normalmente se debe acreditar:

📌 Vínculo familiar con el ciudadano comunitario.
📌 Que el ciudadano comunitario trabaje , estudie y disponga de medios económicos suficientes.
📌 Seguro médico privado o público en España.
📌 Empadronamiento y convivencia en el territorio español.

⚖️ Ventajas del régimen comunitario
✨ Permite vivir y trabajar legalmente en España
✨ Facilita la obtención de la tarjeta de residencia
✨ Favorece la unidad familiar.


📍Ha cambiado la norma comunitaria con el Reglamento de Extranjería vigente (Real Decreto 1155/2024 de 20 de mayo de 2025).

No, con la aprobación del actual Reglamento de Extranjería vigente no se altera el regimen comunitario regulado por el Real Decreto 240/2007.

📢 ¿Quieres traer a tu familia a España?
Cada caso requiere un análisis jurídico personalizado para evitar errores o posibles denegaciones.

👩‍⚖️ En Machuca & Abogados te ayudamos a tramitar tu reagrupación familiar en régimen comunitario en toda España.

📩 Escríbenos por mensaje privado o agenda una consulta y revisaremos tu caso.

📞 +34 639 21 40 52

🇪🇦 Abogada Maria Alicia Machuca Huaman








✨Atención ¿ Eres solicitante de Asilo y Protección Internacional ? Requisitos y claves para la Regularización Extraordin...
22/02/2026

✨Atención ¿ Eres solicitante de Asilo y Protección Internacional ? Requisitos y claves para la Regularización Extraordinaria 2026.✨

🙋🏽🙋Aún hay personas migrantes en España que desconocen la magnitud de este proceso de regularización extraordinaria. Es importante comentarlo o compartir la información que existen desde las páginas oficiales.
https://www.inclusion.gob.es/documents/20121/0/20260128+Preguntas+y+respuestas+REGULARIZACI%C3%93N.pdf/bf5f72f9-5b30-a0c4-834b-495118979b87?t=1769589290097
Preguntas y respuestas REGULARIZACIÓN

"Tener presente que el vigente Reglamento de Extranjería desde el 20/05/2025 no consideró computable para regularizarse "el tiempo de permanencia en España" que es la situación jurídica de los solicitantes de Asilo. Con ello, No se solucionó, sino se agravó la situación de los solicitantes de Asilo y Protección Internacional dejándolos en un limbo jurídico".


Dicho ello, ahora es el momento de regularizar la situación administrativa de los solicitantes de Asilo y Protección Internacional en España .

En este Post expondremos sobre el caso de los Solicitantes de Asilo y Protección Internacional:

🧏🏼 🙋🏽*Solicitantes de asilo y protección internacional*:

Acogerá la norma (aún en borrador / será oficial con la publicación en el BOE) a aquell@s personas que presentaron su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025.

IMPORTANTE: No se tiene presente si está pendiente de resolver o si fue denegada, siempre que se permanezca en el país.

📝 Otro aspecto importante:

Son también beneficiarios, los hijos menores, mayores con discapacidad y ascendientes; si los tiene la persona solicitante de Asilo y Protección Internacional.

📂 R𝐞𝐪𝐮𝐢𝐬𝐢𝐭𝐨𝐬 g𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚𝐥𝐞𝐬 o𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨𝐬:

Según el borrador oficial publicad, el solicitante de Asilo y Protección Internacional debe cumplir con lo siguiente:

✔️ Carencia de antecedentes penales: No tener antecedentes ni en España ni en los países donde haya residido en los últimos cinco años.

✔️ No representar una amenaza para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública.

✔️ No tener prohibida la entrada en España ni estar bajo un compromiso de "no retorno".

✔️ Tasas: Haber abonado la tasa administrativa correspondiente al trámite.

📑 𝐃𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 que se debe ir 𝐩𝐫𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚𝐫ando:

📍 Permanencia mínima: acreditar al menos 5 meses en España antes del 31/12/2025.

✔️ Resguardo de la citas, resguardo de la hoja blanca donde consta la manifestación de voluntad de solicitar el Asilo y Protección Internacional, el resguardo de la solicitud de Asilo y Protección Internacional, la Tarjeta Roja.

✔️ Certificado de empadronamiento, si lo tiene, sino lo tiene se establece que puede presentar otros documentos públicos o privados como:

✔️ Informes médicos o cartilla sanitaria.
✔️ Certificados de escolarización de hijos.
✔️ Documentación de ONGs o entidades sociales que acrediten el seguimiento.

📌 Certificado de antecedentes penales: Del país de origen y de residencia previa de 5 años.

‼️Nota importante: Si el certificado extranjero tarda más de un mes en llegar, el decreto permite presentar una declaración responsable o que la Administración lo consulte directamente.

🙋🏽Ventaja clave: trabajar legalmente.

🛠️ Según lo anunciado, la admisión a trámite permitiría trabajar de forma provisional en cualquier sector y lugar de España mientras se resuelve el expediente.

⌛ Inició: Primeras semanas de abril de 2026 y termina el 31 de junio de 2026.

⏳ El error que te deja fuera:

❌ Presentar fuera de plazo
❌ Presentar con pruebas débiles o inconexas
❌ No revisar antecedentes / documentos con tiempo.

¿Necesitas soporte legal, estamos aquí para ayudarte?

📲“Escríbenos al + 34 639 21 40 52

Despacho Machuca & Abogados

Abogada Maria Alicia Machuca Huaman

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¡Está confirmada la REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026!Ante innumerables consultas a nuestro despacho se ha preparado el...
31/01/2026

¡Está confirmada la REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026!

Ante innumerables consultas a nuestro despacho se ha preparado el siguiente post deseando sea de utilidad.

✔️ ¿Qué se ha aprobado, a quién puede afectar y cómo prepararse desde hoy?

El Consejo de Ministros del 27 de enero de 2026 ha dado luz verde al inicio de la tramitación de una regularización extraordinaria dirigida a personas extranjeras que ya se encuentran en España, con el objetivo de dotar de seguridad jurídica y facilitar la integración social y laboral.

➡️ 1) Punto importante: qué significa (y qué NO significa).

✔️ Sí significa: El 27 de enero de 2026 se aprobó en el Consejo de Ministros la regularización extraordinaria de personas migradas en España.
El texto a la fecha está sometido a Audiencia Pública para recibir aportaciones hasta el 6 de febrero de 2026.

✔️ No significa: que ya esté “automáticamente aprobada para solicitarla hoy”. El procedimiento está en fase de tramitación y puede incorporar ajustes antes de su aprobación definitiva.

➡️ 2) ¿A quién va dirigida?

Según lo informado oficialmente, la medida se orienta a:

✅ Personas extranjeras que estuvieran en España antes del 31/12/2025 y que puedan acreditar al menos 5 meses de permanencia continuada en España en el momento de presentar la solicitud. La permanencia podrá acreditarse con cualquier documento público, privado o una combinación de ambos.

✅ Solicitantes de protección internacional (asilo): bastará con acreditar que la solicitud se presentó antes del 31/12/2025.

✅ Hijos e hijas menores en España: se prevé su regularización simultánea, con una autorización de 5 años.

✅ Extranjeros en situación de vulnerabilidad: hay que demostrar una situación de vulnerabilidad. La mera irregularidad, será considerada vulnerabilidad.

🗣️📌 Requisito clave: no tener antecedentes penales ni suponer una amenaza para el orden público.

➡️ 3) ¿Qué autorización se obtendría?

✔️ Se prevé una autorización de residencia inicial de 1 año.
✔️ Esa autorización permitiría trabajar desde el primer día, en cualquier sector y en cualquier parte de España.
✔️ Transcurrido el año, la continuidad se articularía a través de las vías ordinarias del Reglamento de Extranjería.

➡️ 4) Plazos:

➡️ Se señala que el plazo de solicitud podría abrir a principios de abril de 2026 y extenderse hasta el 30 de junio de 2026.

➡️ Se ha indicado un objetivo de tramitación de máximo 3 meses, y que con la admisión a trámite (en un máximo de 15 días) se podría comenzar a trabajar.

➡️ 5) Cómo prepararse desde hoy (muy recomendable).
Si usted o un familiar cree que podría encajar, lo más eficaz es preparar pruebas y estrategia con antelación.

📝Por ejemplo:

☑️Documentación y evidencias útiles :
Pruebas de presencia y permanencia: empadronamiento, citas médicas, justificantes de envío-recepción, facturas, contratos de alquiler de piso o habitación, escolarización de menores, movimientos bancarios, etc.
☑️Pasaporte.
☑️Antecedentes Penales del país de origen y en España.

Y, sobre todo: analizar si esta vía es la mejor o si existen alternativas ordinarias (arraigos, autorizaciones por circunstancias específicas, etc.) que puedan resultar más convenientes según el caso.

🫂 Finalmente, nuestro reconocimiento al colectivo ¡Regularización Ya! que aglutina a más de un centenar de organizaciones de la sociedad civil, ha liderado una lucha que se ha concretado en una regularización extraordinaria ya aprobada en Consejo de Ministros.
Se recolectó más de 700.000 firmas, seis años de lucha y un cambio de estrategia para conseguir la regulación de migrantes.

⚖️ ¿En qué le podemos ayudar desde Machuca & Abogados?

🌐 En Machuca & Abogados (Extranjería y Nacionalidad) le ayudamos a:⬇️

📂 Valorar si cumple requisitos y si existe mejor estrategia según su situación real.
📂 Preparar un expediente sólido (pruebas de permanencia, antecedentes, familia, y coherencia documental).
📂 Evitar errores frecuentes y riesgos (por ejemplo: documentación insuficiente, inconsistencias de fechas, o presentar sin una estrategia clara).
📂 Acompañamiento integral hasta resolución.
📩 Si desea, puede escribirnos por mensaje privado y le indicamos cómo realizar una pre-evaluación inicial y qué documentos conviene ir reuniendo.

⚖️ Abogada Maria Alicia Machuca Huaman

☎️ Envié un WhatsApp y gustosos lo atenderemos:
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