28/05/2026
La importancia de la motivación judicial en el Ecuador: una sentencia que todo abogado debe conocer
La Sentencia No. 1158-17-EP/21 de la Corte Constitucional del Ecuador constituye una de las decisiones más importantes para comprender qué significa realmente que una resolución judicial esté motivada. Su importancia no está únicamente en el caso concreto que resolvió, sino en la forma en que ordenó y aclaró la jurisprudencia sobre la garantía de la motivación, una garantía esencial del debido proceso y del derecho a la defensa.
Durante varios años, en el Ecuador se utilizó el conocido “test de motivación”, compuesto por los parámetros de razonabilidad, lógica y comprensibilidad. Sin embargo, la Corte Constitucional, en esta sentencia, se alejó expresamente de ese test. La razón principal fue que dicho método podía llevar a confundir la falta de motivación con cualquier error judicial. Es decir, se corría el riesgo de pensar que toda decisión incorrecta, toda mala interpretación de la ley o toda valoración discutible de la prueba implicaba automáticamente una vulneración de la garantía de la motivación.
La Corte aclara algo fundamental: la garantía constitucional de la motivación no exige que toda resolución sea perfecta, ni que el juez siempre tenga la mejor interpretación posible del Derecho o de los hechos. Lo que exige es que la decisión tenga una motivación suficiente. Esta diferencia es clave. Una resolución puede estar equivocada y, aun así, estar motivada. En cambio, una resolución vulnera la garantía de motivación cuando no permite comprender de manera mínima por qué se adoptó una decisión.
El punto central de la sentencia es que toda argumentación jurídica debe tener una estructura mínimamente completa. Esto significa que la autoridad debe enunciar las normas o principios jurídicos en los que se apoya y, además, debe explicar por qué esas normas son pertinentes frente a los hechos del caso. No basta citar artículos de la Constitución, leyes, doctrina o jurisprudencia. La motivación exige conectar esos fundamentos jurídicos con los hechos concretos que se están resolviendo.
En otras palabras, motivar no es llenar una resolución de citas. Motivar es explicar. Es mostrar el camino racional que lleva desde los hechos probados o considerados relevantes, hacia la norma aplicable y, finalmente, hacia la decisión adoptada. Cuando ese camino no aparece, la persona afectada no puede comprender adecuadamente la decisión ni ejercer de forma real su derecho a impugnarla.
La Corte también ordena los principales defectos que pueden afectar la motivación. Habla de inexistencia, cuando prácticamente no hay razones que sostengan la decisión. Habla de insuficiencia, cuando existen razones, pero estas no alcanzan para justificar de manera mínima lo resuelto. Y habla de apariencia, cuando la resolución parece motivada, pero en realidad contiene vicios que impiden considerarla como una verdadera justificación.
Dentro de la motivación aparente pueden existir varios problemas. La incoherencia ocurre cuando la decisión se contradice internamente. La inatinencia aparece cuando las razones expuestas no justifican realmente el punto que debía resolverse, aunque puedan sonar relacionadas con el tema. La incongruencia se presenta cuando el juez no responde a los argumentos relevantes de las partes o decide algo distinto a lo planteado. Y la incomprensibilidad ocurre cuando la motivación es tan confusa que impide entender las razones de la decisión.
Esta sentencia deja una enseñanza práctica muy importante para abogados y jueces: no basta decir que una resolución “no está motivada”. Es necesario identificar con precisión cuál es el defecto. No es lo mismo alegar que no existe motivación, que sostener que la motivación es insuficiente o que es aparente. Tampoco es correcto presentar cualquier desacuerdo con el juez como una vulneración de la garantía de motivación. Si el problema es que el juez aplicó mal una norma o valoró mal una prueba, puede existir un error jurídico o procesal, pero eso debe discutirse por la vía correspondiente.
Por eso, la Sentencia No. 1158-17-EP/21 es indispensable para el ejercicio profesional. Enseña a litigar con mayor precisión, a formular cargos constitucionales de manera seria y a exigir decisiones judiciales verdaderamente justificadas. También recuerda que la motivación no es una formalidad vacía, sino una garantía contra la arbitrariedad.
En un Estado constitucional, las decisiones judiciales no se legitiman solo porque provienen de un juez. Se legitiman porque explican sus razones. La ciudadanía tiene derecho a saber por qué se acepta o se rechaza una demanda, por qué se condena o se absuelve, por qué se concede o se niega una medida, y por qué una autoridad decide afectar derechos u obligaciones.
La motivación judicial es, en definitiva, una forma de respeto al ciudadano, al proceso y a la justicia. Una resolución motivada permite controlar el poder. Una resolución sin motivación suficiente abre la puerta a la arbitrariedad. Por eso, esta sentencia no debe ser conocida únicamente por abogados constitucionalistas, sino por todo profesional del Derecho que litigue, estudie o intervenga en procesos judiciales en el Ecuador.